Introducción
Control Aduanero
Según el Artículo 2 de la Decisión 574 del Régimen Andino sobre Control Aduanero (2003) se entenderá por Control Aduanero “el conjunto de medidas adoptadas por la administración aduanera con el objeto de asegurar el cumplimiento de la legislación aduanera o de cualesquiera otras disposiciones cuya aplicación o ejecución es de competencia o responsabilidad de las aduanas”.
El Control Aduanero podrá efectuarse previo al ingreso, durante la permanencia de las mercancías en la zona o con posterioridad a su salida. Los procedimientos que para el control establezca la administración aduanera, no constituirán obstáculo para el flujo de los procesos productivos de las actividades que se desarrollen en las ZEDE; y deberán ser simplificados para el ingreso y salida de mercancías en estos territorios. (COPCI, 2010)
Desarrollo
“El objetivo principal del control aduanero es fortalecer los procesos para evitar situaciones ilícitas dentro del territorio nacional, con la finalidad de salvaguardar la industria nacional, importadores y exportadores, así como también fomentar la competencia legal” (Montenegro, Caza, & Ruiz, 2019).
A continuación, se detalla el control según momento de ejecución, como se explica principalmente en la Decisión 574 de la CAN.
a) Control anterior
Fuente: (Garavito Castillo, 2017)
Elaborado por: Antonella Moreno
b) Control durante el despacho
Fuente: (Garavito Castillo, 2017)
Elaborado por: Antonella Moreno
c) Control Posterior
Fuente: (Garavito Castillo, 2017)
Elaborado por: Antonella Moreno
Conclusiones
El control aduanero es el conjunto de medidas que adoptan las administraciones aduaneras con la finalidad de supervisar todas las mercancías objeto de importación y exportación. Por tal razón es importante realizar el control según momento de ejecución, ya que en cada etapa de control se puede detectar y evitar posibles fraudes o irregularidades que contengan las mercancías.
En conclusión, cada una de las acciones que se llevan a cabo en las distintas fases de control tienen un propósito, tal es el caso del control anterior, en el cual se detecta a través de herramientas informáticas los posibles fraudes, así como también distinguir un operador de otro de acuerdo a su rango de movimiento FOB, entre otras acciones. Mientras que, en el control durante el despacho se puede someter la mercancía a inspección física (denominada comúnmente canal rojo) o a verificación documentaria (denominado por lo general canal naranja). Finalmente, en el control posterior la administración aduanera puede hacer un seguimiento a las mercancías cuando estas ya se encuentran en propiedad del dueño o consignatario, las acciones pueden ser de dos tipos: control documentario diferido y auditorías, adicionales a las inspecciones a usuarios de comercio exterior.
Recomendaciones
Para que el control anterior se realice de forma correcta es necesario utilizar excelentes herramientas informáticas para que los filtros colocados puedan detectar posibles fraudes, así como también es importante que las administraciones aduaneras realicen estudios que permitan identificar y segmentar debidamente a los importadores y exportadores.
Fuentes
- COPCI. (29 de diciembre de 2010). Obtenido de https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf
- Decisión 574 del Régimen Andino sobre Control Aduanero. (12 de diciembre de 2003). Obtenido de http://www.sice.oas.org/trade/junac/decisiones/dec574s.asp
- Garavito Castillo, J. A. (2017). Control Aduanero. julio: Bellido Ediciones E.I.R.L.
- Montenegro, P., Caza, E., & Ruiz, G. (10 de abril de 2019). Obtenido de file:///C:/Users/LAPTOP/Downloads/885-Texto%20del%20art%C3%ADculo-2815-1-10-20191227.pdf
Autor
Antonella Moreno Freire
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