CONSULTA DE LIQUIDACION ADUANERA DE TRIBUTOS

Las personas que se involucren en el trafico internacional de mercancías en el Ecuador contraen una Obligación Tributaria Aduanera según el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) menciona en el Art. 107 "La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador y al cumplimiento de los demás deberes formales". El Hecho Generador según el Art. 109 del COPCI establece que "El Hecho Generador de la obligación tributaria aduanera es el ingreso de mercancías extranjeras o la salida de mercancías del territorio aduanero bajo el control de la autoridad
aduanera competente...". 

El proceso aduanero de importación de mercancías inicia con la transmisión de la Declaración Aduanera de Importación (DAI) en el portal del ECUAPASS generando de forma automática la liquidación aduanera de tributos al comercio exterior, la cual muestra el valor a pagar por el concepto de Derechos Arancelarios, Impuestos, Tasas, Recargos Arancelarios, Intereses, Multas y otros según la mercancía a importar. A continuación se detalla cada concepto:

9242470291?profile=original

El proceso aduanero podrá continuar solo si se ha realizado el pago de la liquidación de esta manera se extingue la Obligación Tributaria Aduanera, en el Art 116 del COPCI nos menciona los plazos de pago de la liquidación "Los tributos al comercio exterior se pagarán en los siguientes plazos:
a) En la declaración aduanera de importación o exportación, dentro de los dos (2) días hábiles
siguientes a la autorización del pago..."; también menciona algo importante a recalcar "En caso de no pagarse los tributos dentro de los plazos previstos se generarán intereses, calculados desde la fecha de exigibilidad de la obligación aduanera...".

 ¿Dónde se pagan los tributos al comercio exterior?

En el Art 117. del COPCI establece que "La recaudación de valores, que por cualquier concepto, corresponda al  Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, se realizará a través de las instituciones del Sistema Financiero Nacional".

Cabe mencionar que la Aduana del Ecuador actualmente implementa un Plan de Mejora de Servicios con el fin de facilitar las actividades y mantenerse, en este caso, a la vanguardia de los canales de pago que permitan mejorar y facilitar el pago de las obligaciones tributarias. De esta manera, pone a disposición de todos los ciudadanos y operadores de comercio exterior el pago de liquidaciones aduaneras con tarjeta de crédito y débito VISA y MASTERCARD, tanto en pagos corrientes como diferidos. 

El SENAE ha habilitado dispositivos para cobros con tarjeta en los diferentes dependencias para que estos valores sean cobrados por el personal de atención al usuario del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, así como en las salas de arribo de aeropuertos internacionales y pasos fronterizos.

En la actualidad los dispositivos se encuentran distribuidos en los siguientes lugares:
– Puerto Marítimo
– Tulcán
– Puerto Bolívar
– Subdirección de Zona de Carga Aérea
– Plataforma Gubernamental
– Aeropuerto Tababela
– Aeropuerto José Joaquín de Olmedo
– Aeropuerto Esmeraldas
– Huaquillas

Es preciso señalar que este beneficio es para todo tipo de liquidación, beneficiando a los operadores de comercio exterior, viajeros aéreos y terrestres, compradores por Courier y todos aquellos que deban cumplir con el pago de liquidaciones aduaneras de diferentes tipos. Las liquidaciones aduaneras consideradas son aquellas que se encuentren en estado NO PAGADO o EMITIDA (SENAE, 2018).

Procedimiento para la Consulta de la Liquidación

9242471690?profile=original

Los criterios  de Búsqueda son:

  • Fecha de Liquidación: Se puede seleccionar el rango de consulta de los envíos electrónicos mediante los botones "Desde", "Hasta" o bajo los criterios "Hoy",
    "Semana", "Mes", "Año" o "Todo". 
  • Distrito Aduanero: por ejemplo 055 Quito
  • Número de Liquidación Ecuapass: Liquidación Aduanera a consultar
  • Número de Referencia: Número asociado de Liquidación
  • Estado de Liquidación:

          [A] No Pagado

          [C] Pagado

          [Z] Anulación de Liquidación 

          [D] Efectivizada con Garantía 

          [E] Garantizada

  • Tipo de Documento de Identificación:

          [001] RUC

          [002] Cédula de Identidad

          [003] Catastro

          [004] Pasaporte

          [005] Otros

  • Forma de Pago: Identificar si las liquidaciones fueron pagadas con tarjeta de crédito o débito.
  • Búsqueda de resultado a través de los siguientes criterios: 

          Número de Liquidación, Número de Referencia, Código de Contribuyente, Contribuyente, o Situación Legal.

 Una vez impresa la Liquidación se puede efectuar el pago. 

9241823056?profile=original

El pago se puede realizar en Bancos como: Banco del Austro, Banco Pichincha, Banco de Guayaquil, entre otros.

Conclusiones

La obligación tributaria aduanera entre el estado e importadores inicia con el hecho generador que es el ingreso de las mercancías al Ecuador, la obligación se extingue una vez efectuado el pago para continuar con el proceso aduanero.

La liquidación aduanera refleja en valor total a pagar por los tributos al comercio exterior, la cual se genera una vez transmitida la DAI.

Recomendaciones

Se recomienda a los operadores de comercio exterior pagar la liquidación aduanera dentro de los plazos establecidos por el COCPI para evitar pago por intereses y agilizar el proceso aduanero de importación.

Referencias

SENAE. (Febrero de 2018). Instructivo de Sistemas para la Consulta de Liquidación. Recuperado de: https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2018/08/senae-isie-2-2-073-v30267929001525898117.pdf

SENAE. (2018). Aduana mejora sus servicios y habilita pago con tarjetas de crédito y débito. Recuperado de: https://www.aduana.gob.ec/aduana-mejora-sus-servicios-y-habilita-pago-con-tarjetas-de-credito-y-debito/

Base Legal

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI)

 AUTOR: JHOANA GAVIN

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales