CÓMO CONSULTAR LA LIQUIDACIÓN ADUANERA EN ECUAPASS

INTRODUCCIÓN

De acuerdo al avance tecnológico y de telecomunicaciones se encuentran disponibles y de fácil acceso las operaciones de comercio exterior que realicemos para no depender directamente del agente de aduana (en ciertos parámetros) y conocer el estado del trámite, en el caso de los importadores y posterior a la declaración de la mercancía, se puede conocer  el monto de los tributos que se han generado, es por ello que el sistema ECUAPASS permite consultar la liquidación aduanera como OCE.

DESARROLLO

A continuación, presentaremos los pasos a seguir para la respectiva consulta de la liquidación aduanera generada en un trámite operativo.

  1. Ingresar al navegador de Internet a la dirección https://portal.aduana.gob.ec/  al portal externo.

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       3. En  el menú principal seleccionar “Trámites Operativos”, en el sub-menú “Integración de estado del              trámite” y hacer clic en “Formulario de solicitud categoría”.

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      4. En el detalle hacer clic en “Despacho Aduanero” y en el formulario de solicitud de categoría, en la                 sección “Importación” damos clic en “Consulta de Liquidación”

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      6. Se ingresa el código de contribuyente (número de cédula o RUC con la que fue realizada la                           declaración).

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      7. Seleccionamos el rango de fecha desde que fue realizada la declaración y hasta la fecha actual.

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      8. Se procede a completar los demás criterios de la declaración para la búsqueda, aparecerá en su                     pantalla los resultados obtenidos.

      9. Finalmente damos clic en "Consultar"

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RESUMEN

Con su usuario y contraseña en el sistema ECUAPASS puede tener acceso al estado de sus trámites y al seguimiento de los mismos.

CONCLUSIONES

En el sistema ECUAPASS existen ayudas o facilidades para que lo operadores de comercio exterior también puedan estar pendientes del estado de sus trámites con el fin de no caer en el incumplimiento de las obligaciones tributarias, se deben seguir pasos muy sencillos posterior a la declaración de la mercancía y a la asignación del aforo, se pueda proceder al pago de los tributos dentro de las 24 horas posteriores y agilitar el despacho de la misma.

RECOMENDACIONES

Se recomienda que el operador en comercio exterior siempre se mantenga al día con sus obligaciones tributarias pues de esta forma se evita modificar su perfil de riesgo y a la vez evitar contra tiempos con las entidades estatales que se encuentran interconectadas con el sistema ECUAPASS, sin dejar de lado que no se podrá proceder al desaduanamiento de la mercancía.

AUTOR

Carlos Cargua

 

FUENTE DE CONSULTA

http://www.aduana.gob.ec/files

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