Según boletin No 104-2013 emitido por SENAE el 27 de Marzo del 2013, se da ha conocer a los Operadores de Comercio Exterior, especificamente a consolidadoras y transportistas, que en casos que el Consignatario o Notificado del docuemnto de transporte sea una persona juridica (empresa) registrada en el SRI y por ende posea RUC, debe transmitirse especificamente en el campo "Identificador de documento" el tipo de documento "RUC", sólo en los casos en los que no se posea el mismo, se podrá escoger otro tipo de documento como: "Cédula, Pasaporte, otros"
El presente bolentin emitido por SENAE anula el boletin No.57 del 1 de marzo de 2013.
Comentario:
Esto ayudara a facilitar el proceso de carga de mercancias ya que al estar registrados en el SRI, la información del Consignatario (empresa) pasa directamente a la base de datos de SENAE ahorrando tiempo para la transmisión de los documentos de transporte.
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