Las Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), como un destino aduanero, en espacios delimitados del territorio nacional, para que se asienten nuevas inversiones, con los incentivos que se detallan en la normativa; los que estarán condicionados al cumplimiento de los objetivos específicos establecidos en este Art- 34 COPCI.
Las consideraciones que se deben tomar en cuenta para la salida de mercancías desde una instalación de Zonas Especiales de Desarrollo (ZEDE) con destino al exterior son:
a. El Administrador de la ZEDE debe transmitir la respectiva DAE (Tipo de despacho: 5-Autorización de Salida ZEDE), por medio de la opción Declaración de exportación, para lo cual debe considerarse lo establecido en el manual específico respectivo. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.
b. En los casos en que las mercancías deban ser movilizadas hacia una Zona Primaria para realizar el proceso de exportación, esta movilización no se debe realizar mediante una operación de traslado, sin embargo la responsabilidad sobre las mercancías corresponde a la ZEDE de origen de las mismas hasta el momento en que se finaliza el proceso de despacho de exportación.
c. El ingreso por exportación debe ser realizado por el administrador de la ZEDE en caso de exportaciones de mercancías que son embarcadas al medio de transporte con destino al exterior desde las instalaciones de la ZEDE o por el Depósito Temporal donde se realiza la exportación de las mercancías, a través de la opción Informe de ingreso de exportación-IIE. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.
d. Los controles en caso de canal del aforo físico se realizan en las instalaciones donde se encuentran ingresadas las mercancías.
e. Las mercancías deben ser registradas en el manifiesto de exportación del medio de transporte de salida.
RESUMEN
Las consideraciones para la salida de mercancías desde una instalación ZEDE con destino al exterior son:
a. El Administrador de la ZEDE debe transmitir la respectiva DAE (Tipo de despacho: 5-Autorización de Salida ZEDE), por medio de la opción Declaración de exportación
b. En los casos en que las mercancías deban ser movilizadas hacia una Zona Primaria para realizar el proceso de exportación, la responsabilidad sobre las mercancías corresponde a la ZEDE de origen de las mismas hasta el momento en que se finaliza el proceso de despacho de exportación.
c. El ingreso por exportación debe ser realizado por el administrador de la ZEDE en caso de exportaciones de mercancías que son embarcadas al medio de transporte con destino al exterior desde las instalaciones de la ZEDE o por el Depósito Temporal donde se realiza la exportación de las mercancías, a través de la opción Informe de ingreso de exportación-IIE.
d. Los controles en caso de canal del aforo físico se realizan en las instalaciones donde se encuentran ingresadas las mercancías.
e. Las mercancías deben ser registradas en el manifiesto de exportación del medio de transporte de salida.
PROCESO
RESUMEN
Las consideraciones que se deben tomar en cuenta para la salida de mercancías desde una instalación de Zonas Especiales de Desarrollo (ZEDE) con destino al exterior son:
a. El Administrador de la ZEDE debe transmitir la respectiva DAE (Tipo de despacho: 5-Autorización de Salida ZEDE), por medio de la opción Declaración de exportación, para lo cual debe considerarse lo establecido en el manual específico respectivo. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.
b. En los casos en que las mercancías deban ser movilizadas hacia una Zona Primaria para realizar el proceso de exportación, esta movilización no se debe realizar mediante una operación de traslado, sin embargo la responsabilidad sobre las mercancías corresponde a la ZEDE de origen de las mismas hasta el momento en que se finaliza el proceso de despacho de exportación.
c. El ingreso por exportación debe ser realizado por el administrador de la ZEDE en caso de exportaciones de mercancías que son embarcadas al medio de transporte con destino al exterior desde las instalaciones de la ZEDE o por el Depósito Temporal donde se realiza la exportación de las mercancías, a través de la opción Informe de ingreso de exportación-IIE. Esta transmisión también puede ser realizada desde el sistema del operador.
d. Los controles en caso de canal del aforo físico se realizan en las instalaciones donde se encuentran ingresadas las mercancías.
e. Las mercancías deben ser registradas en el manifiesto de exportación del medio de transporte de salida.
CONCLUSIÓN
El exportar desde una ZEDE conlleva una gran responsabilidad para el administrador
Las especificaciones para a exportación desde una ZEDE son puntuales y que deben ser cumplidas por el administrador de la misma.
RECOMENDACIÓN
Los administradores de ZEDE deben tener conocimiento de comercio exterior para la exportación de mercancías y leer el manual específico para la ZEDE
FUENTE
http://www.aduana.gob.ec/contents/nov/news_letters_view.jsp?anio=2013&codigo=159
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-MEE-2-3-020-V1.pdf
AUTOR
Lisseth Villón
Comentarios