LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS
CAPITULO III
DE LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS O CONSUMIDORES DE SERVICIOS ELECTRONICOS
Art. 48.- Consentimiento para aceptar mensajes de datos
Es importante mencionar que al otorgar o confirmar electrónicamente el consentimiento, el usuario o consumidor debe demostrar razonablemente que puede acceder a la información objeto de su consentimiento.
Si con posterioridad al consentimiento del consumidor o usuario existen cambios de cualquier tipo, incluidos cambios en equipos, programas o procedimientos, necesarios para mantener o acceder a registros o mensajes electrónicos, de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no sea capaz de acceder o retener un registro electrónico o mensaje de datos sobre los que hubiera otorgado su consentimiento, se le deberá proporcionar de forma clara, precisa y satisfactoria la información necesaria para realizar estos cambios, y se le informará sobre su derecho a retirar el consentimiento previamente otorgado sin la imposición de ninguna condición, costo alguno o consecuencias. En el caso de que estas modificaciones afecten los derechos del consumidor o usuario, se le deberán proporcionar los medios necesarios para evitarle perjuicios, hasta la terminación del contrato o acuerdo que motivó su consentimiento previo.
CONCLUSIONES
Es fundamental conocer que los usuarios o consumidores de servicios electrónicos cuentan con derechos que los protegen ante varias situaciones, uno de ellos se expresa en el artículo 48, donde se hace mención al consentimiento para aceptar mensajes de datos. Este artículo se refiere a que una vez que el consumidor o usuario ha expresado su consentimiento para aceptar registros electrónicos o mensajes de datos, debe ser informado sobre los equipos y programas que requiere para acceder a dichos registros o mensajes.
RECOMENDACIONES
Es importante tener en cuenta que en caso de que existan cambios de cualquier tipo, de forma que exista el riesgo de que el consumidor o usuario no sea capaz de acceder o retener un registro electrónico o mensaje de datos, se le deberá proporcionar información necesaria para realizar estos cambios y tendrá derecho a retirar el consentimiento previamente otorgado, sin costo alguno.
FUENTES
AUTOR
Katherinne Vanessa Guerra Velez.
Comentarios