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Introducción

Un herbicida es un producto químico o no que se utiliza para inhibir o interrumpir el desarrollo de plantas indeseadas, también conocidas como malas hierbas, en terrenos que han sido o van a ser cultivados.

Entre los problemas que las malas hierbas generan encontramos, entre otros, la reducción de la cosecha, provocada por la utilización de recursos, tales como espacio, luz, agua, dedicados a la misma, y que por su presencia deben compartir. También afectan a la recolección, dificultando o ralentizando la recogida de la cosecha además de un incremento de costes, ya que si no se tratan a tiempo es necesario combatirlas.

Descripción

Herbicida selectivo para ser aplicado en pre-emergencia o en emergencia temprana de malezas. Controla malezas de hoja ancha y gramíneas anuales en cultivos de maíz. Es un herbicida selectivo formulado como suspensión concentrada con base en el ingrediente activo atrazina con una concentración de 500 g/L.

Este ingrediente activo pertenece al grupo químico de las dinitrofenol - C15, según el HRAC. El ingrediente activo es un inhibidor de la fotosíntesis en el fotosistema II, mediante la inhibición del transporte de electrones hacia su sitio receptor.

  • Densidad (g/mL):080 - 1.160.
  • pH:0 - 8.5, en dispersión al 1%p/v.
  • Contenido de binapacril (g/L): 475 - 525.

Reglas Generales Interpretativas

  • Regla 1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
  • Regla 3a: La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deberán considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa.
  • Regla 6:La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas de la Partida

Este Capítulo no comprende:

  1. Los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los siguientes:
    • el grafito artificial (partida 38.01).
    • los insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en las formas o envases previstos en la partida 38.08.
    • Los productos extintores presentados como cargas para aparatos extintores o en granadas o bombas extintoras (partida 38.13).
    • Los materiales de referencia certificados especificados en la Nota 2 siguiente.
    • Los productos citados en las Notas 3 a) ó 3 c) siguientes.
  2. Las mezclas de productos químicos con sustancias alimenticias u otras que tengan valor nutritivo, de los tipos utilizados en la preparación de alimentos para consumo humano (partida 21.06, generalmente).
  3. Las escorias, cenizas y residuos (incluidos los lodos, excepto los lodos de depuración), que contengan metal, arsénico o sus mezclas y cumplan las condiciones de las Notas 3 a) ó 3 b) del Capítulo 26 (partida 26.20).
  4. Los medicamentos (partidas 30.03 ó 30.04).
  5. Los catalizadores agotados de los tipos utilizados para la extracción de metal común o para la fabricación de compuestos químicos a base de metal común (partida 26.20), los catalizadores agotados de los tipos utilizados principalmente para la recuperación de metal precioso (partida 71.12), así como los catalizadores constituidos por metales o aleaciones metálicas que se presenten, por ejemplo, en forma de polvo muy fino o de tela metálica (Secciones XIV o XV).

Nota Explicativa de Partida

38.08 INSECTICIDAS, RATICIDAS Y DEMAS ANTIRROEDORES, FUNGICIDAS, HERBICIDAS, INHIBIDORES DE GERMINACION Y REGULADORES DEL CRECIMIENTO DE LAS PLANTAS, DESINFECTANTES Y PRODUCTOS SIMILARES, PRESENTADOS EN FORMAS O EN ENVASES PARA LA VENTA AL POR MENOR, O COMO PREPARACIONES O ARTICULOS TALES COMO CINTAS, MECHAS Y VELAS, AZUFRADAS Y PAPELES MATAMOSCAS.

3808.93 – – Herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas.

Los herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas

Los herbicidas son productos químicos que se utilizan para regular el crecimiento de las plantas indeseadas o destruirlas. Algunos herbicidas se aplican por contacto en las partes o semillas en reposo de los vegetales, mientras que otros se aplican recubriendo completamente las hojas. Su acción puede ser selectiva (herbicidas específicos) o no selectiva (herbicidas que destruyen completamente la vegetación). El grupo comprende también los desfoliantes que son productos químicos destinados a provocar la caída prematura de las hojas de los vegetales.

Los productos inhibidores de germinación pueden aplicarse a las semillas, bulbos, tubérculos o al suelo, etc., para prevenir o retardar la germinación.

Los reguladores del crecimiento vegetal se destinan a modificar el proceso fisiológico de las plantas para acelerar o retardar el crecimiento, aumentar el rendimiento, mejorar la calidad o facilitar la recogida, etc. Las hormonas vegetales (fitohormonas) constituyen uno de los tipos de reguladores del crecimiento vegetal (por ejemplo, ácido giberélico). También se utilizan para estos fines productos químicos de síntesis.

Notas de Subpartida

Las subpartidas 3808.52 y 3808.59 comprenden únicamente los productos de la partida 38.08, que contengan una o más de las sustancias siguientes: ácido perfluorooctano sulfónico y sus sales; alaclor (ISO); aldicarb (ISO); aldrina (ISO); azinfosmetil (ISO); binapacril (ISO); canfecloro (ISO) (toxafeno); captafol (ISO); clordano (ISO); clordimeformo (ISO); clorobencilato (ISO); compuestos de mercurio; compuestos de tributilestaño; DDT (ISO) (clofenotano (DCI), 1,1,1-tricloro2,2-bis(p-clorofenil)etano); dibromuro de etileno (ISO) (1,2-dibromoetano); dicloruro de etileno (ISO) (1,2-dicloroetano); dieldrina (ISO, DCI); 4,6-dinitro-o-cresol (DNOC (ISO)) o sus sales; dinoseb (ISO), sus sales o sus ésteres; endosulfán (ISO); éteres penta- y octabromodifenílicos; fluoroacetamida (ISO); fluoruro de perfluorooctano sulfonilo; fosfamidón (ISO); heptacloro (ISO); hexaclorobenceno (ISO); 1,2,3,4,5,6-hexaclorociclohexano (HCH (ISO)), incluido el lindano (ISO, DCI); metamidofós (ISO); monocrotofós (ISO); oxirano (óxido de etileno); paratión (ISO); paratión-metilo (ISO) (metilparatión); pentaclorofenol (ISO), sus sales o sus ésteres; perfluorooctano sulfonamidas; 2,4,5-T (ISO) (ácido 2,4,5- triclorofenoxiacético), sus sales o sus ésteres.

La subpartida 3808.59 comprende también las preparaciones en polvo que contengan una mezcla de benomilo (ISO), de carbofurano (ISO) y de thiram (ISO).

Descripción Arancelaria

Sección:  VI PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

Capitulo: 38 Productos diversos de las industrias químicas.

Partida: 38.08 Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas,herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles matamoscas.

Subpartida: 

3808.59.00.31 - - - - Presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos

Requisitos Arancelarios y Paraarancelarios

Tributos Vigentes

  • Ad Valorem: 5%
  • Fodinfa: 0,05%
  • IVA: 12%

Medidas de Restricción y Prohibición

  • Presentación de un DCP, Permiso Zoosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera a la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario AGROCALIDAD previa al embarque.
  • Prohibición de ingreso al país proveniente de la República Popular Democrática de Corea.

Conclusión

Un herbicida es aquel que se utiliza para eliminar un tipo concreto de mala hierba, preservando el resto de cultivo sobre el que se aplica. Por ejemplo, para la maleza de hoja ancha (dicotiledóneas) o la de hoja estrecha (Cynodon, Cyperus, etc.). Esta distinción, depende de la concentración o dosis de uso, ya que un herbicida total puede convertirse en selectivo a bajas concentraciones y uno selectivo a dosis elevadas puede eliminar cualquier tipo de planta.

Por tal motivo podemos determinar junto con las reglas generales, que la posición arancelaria a la cual pertenece binapacril es 3808.59.00.31 - - - - Presentados en formas o en envases para la venta al por menor o en artículos.

Recomendaciones

Es necesario tener en consideración cuáles son las características de nuestro producto, cuales, con sus componentes, sus características y su uso, para una correcta clasificación, ya que esto nos permitirá tener una noción más clara de cómo determinar la posición arancelaria a la cual corresponde el producto del cual estemos realizando su clasificación arancelaria. De igual manera es importante clasificar correctamente los productos debido a que esto puede llegar a afectar directamente el costo del producto. Una clasificación inexacta puede generar aranceles incorrectos, sanciones comerciales, retrasos en la aduana y otros problemas relacionados con la regulación del comercio.

Por lo tanto, clasificar de manera correcta es fundamental para garantizar que los productos no incurran en multas o sanciones. Una clasificación precisa puede ayudar al importador o exportador a aprovechar los acuerdos comerciales preferenciales y otros beneficios arancelarios.

Webgrafía

AgroAvances. (s. f.). AgroAvances .:. Herbicidas, clasificación y uso. AgroAvances. https://agroavances.com/sabiasque-detalle.php?idSab=491

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.

 

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