Petos de escafandra de plomo para rayos X
chaleco de plomo el cual es un elemento indispensable destinado a la protección personal en radiodiagnóstico médico.
- Chaleco de goma plomada equivalente a 0,5 mm de Plomo.
- Forrado en tela sintética de fácil limpieza.
Reglas interpretativas
De acuerdo a la RGI 1 establece que: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).”
Según la Regla 1 de las Notas Interpretativas utilizamos los títulos de las secciones, capítulos o subcapítulo como indicativo para clasificar el producto en este caso nos basamos en la sección XV, ya que el Plomo es parte de metales comunes y Consecuentemente al revisar los capítulos tenemos el 78 como el más acertado “Plomo y sus manufacturas” y como partida ya que es un producto terminado va en la 78.06 “Las demás”.
NOTAS EXPLICATIVAS
78.06 - Las demás:
“Se clasifican aquí, especialmente: los tubos flexibles para envasar colores u otros productos; las tinas, depósitos, bidones y otros recipientes similares (para ácidos, productos radioactivos u otros productos químicos), sin dispositivos mecánicos o térmicos; los plomos para redes de pesca, para el lastre de escenografías, cortinas, etc.; las pesas para aparatos de relojería, los contrapesos de uso general; cuerdas y madejas de filamentos de plomo utilizadas para empacar o para conseguir la estanqueidad de los tubos; partes para estructuras de edificios; lastres para yates, petos de escafandras; …”
Regla General Interpretativa 6
De acuerdo a la RGI 6 establece que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.:”
Tras leer las notas explicativas de la Sexta Enmienda determinamos la subpartida
Posición arancelaria
7806.00.90.90 Las demás
Tributos arancelarios
Valor del tributo | ||
Código de tributo | Código de forma de aplicación de tributo | |
ADVALOREM | BASE IMPONIBLE | 0% |
FODINFA | BASE IMPONIBLE | 0,5% |
IVA | BASE IMPONIBLE | 12% |
Restricciones y Prohibiciones
La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte.
Conclusiones y recomendaciones
Para la clasificación de los petos de escafandras de plomo se debe tomar en cuenta las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, las consideraciones generales del capítulo, nota de Sección y partida correspondiente. En consecuencia, el producto se encuentra clasificado en la Sección XV Materiales comunes y manufacturas de estos metales, capítulo 78 Plomo y sus manufacturas, partida 78.06 Las demás manufacturas de Plomo 7806.00.90.90 Las demás. Respecto a los tributos al Comercio Exterior para este producto, son los siguientes: IVA: 12% Y FODINDA: 0.5% y ADVALOREM: 0%. Y restricción a la República de Corea del Norte.
Referencias:
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf%C2%A0
Importaciones ecuador. Notas explicativas. https://www.importacionesecuador.com.ec/notas-explicativas-del-sistema-armonizado/seccion-xi/capitulo-52/partida-5210#google_vignette
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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