¿Conocías a las Esponjas Vegetales?

¿Conocías a las Esponjas Vegetales?

Las luffas

INTRODUCCIÓN

Las luffas o esponjas vegetales pertenecen a la familia de las Cucurbitaceae o calabazas. Es también conocida como loofa o loofah.

En los últimos años existe una auténtica fiebre por la sostenibilidad, Por eso las esponjas luffa son el complemento ideal para sustituir las esponjas o cepillos exfoliantes que no son reciclables y además pueden desprender microplásticos en el agua. Dentro de sus beneficios están: Exfoliar la piel de manera natural, eliminan las células muertas, los poros se liberan, previenen la aparición de espinillas y puntos negros, estimulan la circulación, combaten la acumulación de grasa y, por lo tanto, la celulitis y previenen el vello enquistado.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA

Para determinar la clasificación arancelaria del producto es necesario la utilización de las siguientes Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria:

RGI N.º 1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los sub capítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo. Es decir, por el nombre textual de la partida arancelaria 46.02 y tomamos así mismo la nota explicativa que nos brinda VUENESA.

RGI N.º 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. En virtud de la citada regla interpretativa, se examinarán las subpartidas arancelarias y los niveles comprendidos dentro de la partida 46.02.

NOTAS EXPLICATIVAS DE CAPÍTULO 46

Además de las manufacturas de esponja vegetal (paste o “lufa”), este Capítulo comprende los artículos semimanufacturados (partida 46.01) y determinados artículos (partidas 46.01 y 46.02) obtenidos a partir de ciertas materias, que en este caso hablamos de la lufa.

En cambio en la nota explicativa de la partida 46.02 nos dice que salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida comprende: los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados, etc.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o cestería

Partida 46.02

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

Sub-Partida

4602.19.00.00 - - Los demás 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

ARANCEL ADVALOREM

30 %

ARANCEL ESPECÍFICO

-

FODINFA

0.5%

ICE

-

IVA

12%

DOCUMENTOS DE CONTROL

Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera (Agencia de Regulación y Control Fito y Zoosanitario, AGROCALIDAD )

CONCLUSIONES

En virtud del análisis merceológico y arancelario aplicado a la información técnica investigada, se concluye que, en aplicación de la Regla Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) 1 y 6, para la mercancía denominada comercialmente con el nombre de “Esponja Vegetal”, se clasifica dentro del Arancel del Ecuador (Sexta Enmienda), en la partida arancelaria 46.06, subpartida arancelaria “4602.19.00.00 - - Los demás”.

RECOMENDACIONES

Es importante que al momento de realizar esta clasificación arancelaria distinguir la materia constitutiva, pero en este caso no es solo necesario conocer la materia constitutiva de las mercancías, porque su clasificación depende de la función que realizan o de la utilización que tienen para así poder llegar a obtener la correcta subpartida arancelaria la cual nos permitirá obtener los gravámenes correctos.
REFERENCIAS

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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