Valijas de ratan 

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Introducción

Como ratán se denomina a las 600 especies de palmeras trepadoras que crecen en los bosques tropicales del sur de China, la India, Filipinas, Indonesia y África occidental con un tallo muy delgado y espinoso. Estas palmeras, las cuales tienen muchas similitudes con el bambú, llegan a alcanzar tallos de hasta 40 metros de largo. Más allá de este increíble porte, cuenta con una resistencia y flexibilidad que lo convierte en un material excelente para la elaboración de muebles de alta calidad y durabilidad, además de contar con los atributos necesarios para lograr un producto final estético y de diseños artesanales únicos y muy originales en muchos casos.

Podemos encontrar diferentes variedades de Rattan natural: Rattan Tahiti (Ideal para la elaboración de rejillas), Rattan Manille (usado normalmente para la mayoría de muebles en diversos tamaños), Rattan Sarawacks, Rattan Sampit y Rattan Pasir. Algunos usos alternativos del Rattan son para la elaboración de bastones o palos para diferentes tipos de artes marciales y también para la elaboración de una pelota entretejida que es muy famosa en el sudeste asiático, ya que en muchos países se juega a un deporte conocido con el nombre de Sapak Raga.

Notas explicativas

Salvo las exclusiones que figuran en las Consideraciones Generales de este Capítulo, esta partida comprende:

  1. los artículos obtenidos directamente en su forma a partir de materias trenzables;
  2. los artículos obtenidos a partir de los productos ya ensamblados de la partida 46.01, es decir, a partir de trenzas o de artículos similares o también de materias trenzables tejidas planas o paralelizadas. Sin embargo, esta partida no comprende los artículos terminados de la partida 46.01, a saber, las materias trenzables, las trenzas y los artículos similares de materias trenzables que tengan el carácter de artículos acabados por el hecho de estar tejidos o paralelizados, planos (por ejemplo, esteras, esterillas y cañizos): véase la Nota

Explicativa de la partida 46.01, apartado B) 2); y

  1. los artículos de paste o “lufa”, tales como estropajos y guantes de fricción, incluso forrados.

Se clasifican en esta partida principalmente:

  1. Las cestas (incluso con ruedas), los cestos y cuévanos de cualquier clase y para cualquier uso, incluidas las cestas para pescado o para frutas.
  2. Las banastas, canastas y envases similares de tablillas o cintas de madera entrelazadas. Sin embargo, estos artículos de tablillas o cintas de madera sin entrelazar se clasifican en la partida 44.15.
  3. Las maletas (valijas) y los baúles de viaje.
  4. Los capachos y bolsos de mano.
  5. Las nasas para pescados, jaulas para bogavantes y artículos similares; las jaulas para pájaros y las colmenas.
  6. Las bandejas, las cestas para servir el vino, sacudidores para limpiar alfombras y los artículos domésticos.
  7. Algunos motivos decorativos para modistas y demás ornamentos de fantasía que no constituyan artículos de la partida 67.02.

Notas de capitulo

  1. En este Capítulo, la expresión materia trenzable se refiere a materias en un estado o forma tales que puedan trenzarse, entrelazarse o trabajarse de modo análogo. Se consideran como tales, la paja, mimbre, sauce, bambú, ratán (roten), junco, caña, cintas de madera, tiras de otros vegetales (por ejemplo: tiras de corteza, hojas estrechas y rafia u otras tiras obtenidas de hojas anchas), fibras textiles naturales sin hilar, monofilamentos, tiras y formas similares de plástico y tiras de papel, pero no las tiras de cuero o piel preparados o de cuero regenerado, de fieltro o tela sin tejer, ni el cabello, crin, mechas e hilados de materia textil ni monofilamentos, tiras y formas similares del Capítulo 54.
  2. Este Capítulo no comprende:
  3. los revestimientos de paredes de la partida 48.14;
  4. los cordeles, cuerdas y cordajes, trenzados o no (partida 56.07).
  5. el calzado y los sombreros, demás tocados y sus partes, de los Capítulos 64 y 65;
  6. los vehículos y las cajas para vehículos, de cestería (Capítulo 87);
  7. los artículos del Capítulo 94 (por ejemplo: muebles, aparatos de alumbrado).
  8. En la partida 46.01 se consideran materia trenzable, trenzas y artículos similares de materia trenzable, paralelizados, los artículos constituidos por materia trenzable, trenzas o artículos similares de materia trenzable, yuxtapuestos formando napas por medio de ligaduras, aunque estas últimas sean de materia textil hilada.

Posición arancelaria

Sección IX

MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA.

Capítulo 46

Manufacturas de espartería o de cestería

Partida 4602

Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»).

Subpartida S.A.

4602.19.00.00

- - Los demás

Tributos

IVA

12%

Ad Valorem

30%

Fofinfa

0.5%

Conclusión

 En el proceso de este trabajo por medio del análisis del producto en investigación podemos concluir que las valijas de ratán están clasificadas en la sección IX madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería; capitulo 46 Manufacturas de espartería o de cestería; partida 4602 Artículos de cestería obtenidos directamente en su forma con materia trenzable o confeccionados con artículos de la partida 46.01; manufacturas de esponja vegetal (paste o «lufa»); Subpartida S.A. 4602.19.00.00 – Los demás.

Recomendación

Se establece como recomendación que para hacer una correcta clasificación arancelaria se debe identificar las características correctas del producto en estudio para importación ya que esto nos ayudaría a que la declaración sea clara y facilitaría la liberación de la mercancía de manera más eficiente, celeridad y con menos riesgo a errores en la declaración, además de que los tributos serán establecidos correctamente.

Bibliografía

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. Recuperado el 18 de diciembre de 2022, de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (vuenesa) notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. (s/f). Gov.co. Recuperado el 18 de diciembre de 2022, de https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

(S/f). Gob.ec. Recuperado el 18 de diciembre de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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