Clasificación Arancelaria de Línteres de Algodón 1404.20.00.00
INTRODUCCIÓN
Los línteres de algodón son las fibras cortas y finas que quedan en la semilla de algodón una vez finalizado el proceso de desmotado. El desmotado del algodón separa las fibras largas de algodón, que se utilizarán principalmente para hacer telas, de las semillas de algodón, que se utilizan para producir aceite de semilla de algodón y piensos para el ganado.
CLASIFICACIÓN
Reglas Interpretativas
En este caso, para la clasificación arancelaria del Extracto de Semillas de Guaraná, se deben aplicar las Reglas Generales de Interpretación 1 y 6 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancía.
Es así aplicando la primer regla de interpretación de la nomenclatura, la cual indica que “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas; es así que en el arancel nacional de importaciones vigente en la Sección II, CAPITULO 14, Partida 14.04, se encuentran clasificadas los “Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte.”
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
Nota de Capítulo
Notas Explicativas de Partida 14.04
Esta partida comprende el conjunto de productos vegetales que no estén especificados ni comprendidos en otra parte de la Nomenclatura. Se incluyen aquí:
A) Los línteres de algodón. Las semillas de algunas variedades de algodonero, después de haber separado las fibras de algodón por desmotado, permanecen recubiertas todavía con una fina pelusa formada por fibras muy cortas (de longitud generalmente inferior a 5 mm). Estas fibras, después de haberse separado de las semillas por la operación de desborrado, reciben el nombre de línteres de algodón.
Por lo tanto, en virtud de la información técnica recibida y en aplicación de la regla 1 de clasificación, a la mercancía le corresponde clasificarse en la partida 14.04. Esta partida posee la siguiente estructura arancelaria con la que se procederá a determinar la subpartida arancelaria, en aplicación de la regla 6:
14.04 Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte.
1404.20.00.00 – Línteres de algodón
Información Arancelaria
SECCIÓN II
Productos del Reino Vegetal
CAPÍTULO 14
Materias trenzables y demás productos de origen vegetal, no expresados ni comprendidos en otra parte
PARTIDA 14.04
Productos vegetales no expresados ni comprendidos en otra parte.
SUBPARTIDA 1404.20.00.00
Línteres de Algodón
Gravámenes Vigentes
Arancel Ad Valorem: 10%
Arancel Específico: $0
Fodinfa: 0.50%
IVA: 12%
Unidad Física: Kilogramo Bruto
Medidas de restricción y prohibición
Permiso Fitosanitario de Importación y Documento de Destinación Aduanera.
CONCLUSIÓN
Gracias a las reglas interpretativas y las notas de capítulo, y en virtud de las consideraciones, revisiones y análisis se determina que la mercancía denominada comercialmente como “Línteres de Algodón”, se clasifica dentro del Arancel Nacional de Importaciones Vigente, en la Sección II, Capitulo 14, partida 14.04, subpartida arancelaria - 1404.20.00.00 – Línteres de algodón.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda leer e interpretar detenidamente las notas explicativas ya que estas son las que nos van a guiar para así tener una clasificación certera. También seguir los pasos para una buena clasificación y saber muy bien las características del objeto que estamos clasificando.
REFERENCIAS
SENAE. (s.f.). Aduana Ecuador https://www.aduana.gob.ec/arancel-nacional/
RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
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