1. ANTECEDENTES:
- Mercancía: Agua Pesada
Se describen a continuación los detalles del “Agua pesada” con la finalidad de clasificarlo correctamente en una subpartida arancelaria, y de esta manera conocer los tributos aduaneros, restricciones y prohibiciones.
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:
Es la denominación formal del óxido de deuterio, formada con átomos de deuterio (hidrógeno pesado). En la que los dos átomos del protio (isótopo más abundante del hidrógeno), son sustituidos por dos de deuterio (un isótopo pesado del hidrógeno).
Se utiliza como moderador y refrigerante en los reactores nucleares y en laboratorios y centros de investigación. El agua pesada absorbe unas 70 veces menos neutrones que el agua común y esta propiedad la hace ideal como agente moderador en ciertos reactores nucleares.
CARACTERÍSTICAS DEL PRODUCTO:
- El agua pesada es un 11% más densa que el agua ligera.
- Estado: Sólido
- El agua pesada tiene un peso molecular de aproximadamente 20 g mol y el agua ligera tiene aproximadamente 18 g mol
- El hielo flota en agua ligera, pero no en agua pesada.
2. ANÁLISIS ARANCELARIO DE LA MERCANCÍA
Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:
RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes
Se aplica la clasificación por Regla General Interpretativa 1.
De esta forma, la partida que se toma en consideración es:
28.45 Isótopos, excepto los de la partida 28.44; sus compuestos inorgánicos u orgánicos, aunque no sean de constitución química definida.
RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida analizando las notas explicativas para su correcta clasificación.
2845.10.00.00 - Agua pesada (óxido de deuterio)
NOTAS EXPLICATIVAS:
Para la definición del término “isótopos”, hay que remitirse al apartado I de la Nota Explicativa de la partida 28.44.
Se clasifican en esta partida, los isótopos estables, es decir, los que no presentan el fenómeno de la radiactividad y sus compuestos inorgánicos u orgánicos, aunque no sean de constitución química definida.
Entre los isótopos y sus compuestos comprendidos en esta partida, se pueden citar:
1) el hidrógeno pesado o deuterio, que ha podido separarse del hidrógeno normal que lo contiene en una proporción de 1/6,500, aproximadamente;
2) el agua pesada, que es el óxido de deuterio. Se encuentra en el agua ordinaria en una proporción aproximada de 1/6,500. Se obtiene generalmente como subproducto de la electrólisis del agua. El agua pesada se utiliza como fuente de deuterio y se emplea en los reactores nucleares como moderador de los neutrones que realizan la fisión de los átomos de uranio;
3) los demás compuestos procedentes del deuterio, tales como el acetileno pesado, el metano pesado, el ácido acético pesado y la parafina pesada;
4) los isótopos de litio (llamados litio 6 o 7) y sus compuestos;
5) el isótopo del carbono, llamado carbono 13, y sus compuestos.
N.E. Pág 245-Tomo I, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado
SECCIÓN | V - Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas |
CAPÍTULO | 28 - Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos |
PARTIDA | 28.45 Isótopos, excepto los de la partida 28.44; sus compuestos inorgánicos u orgánicos, aunque no sean de constitución química definida. |
SUBPARTIDA | 2845.10.00.00 - Agua pesada (óxido de deuterio) |
TRIBUTOS ADUANEROS:
AD VALOREM | 0% |
IVA | 12% |
FODINFA | 0.5% |
ICE | 0% |
RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:
Restricciones | Tipo: Documento de Control Previo |
Documento: Autorización de Importación de Emisores de Radiación Ionizante - Fuentes Abiertas" | |
Autorizante: Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables. | |
Prohibiciones | La República Popular Democrática de Corea, Corea del Norte. |
CONCLUSIONES:
- Dado el análisis realizado se puede concluir que, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, a la mercancía denominada “Agua pesada”, óxido de deuterio; se debe clasificar en la subpartida 2845.10.00.00 - Agua pesada (óxido de deuterio)
- El agua pesada está formada con átomos de deuterio y es utilizado como moderador y refrigerante en los reactores nucleares, por lo tanto se acoge a las notas explicativas de la partida 28.45 en cuanto al agua pesada, que se obtiene como subproducto de la electrólisis del agua.
RECOMENDACIONES:
- Es importante guiarse tanto de las notas de sección, como de las notas explicativas para clasificar correctamente la mercancía y de esta forma conocer los tributos arancelarios, prohibiciones y restricciones, antes de importar cualquier producto.
REFERENCIAS:
Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. file:///E:/Descargas/Notas%20Explicativas%20I%20Sistema%20Armonizado.pdf
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Zarza, F. (s.f.). IAGUA. ¿Qué es el agua pesada?. https://www.iagua.es/respuestas/que-es-agua-pesada
Comentarios