Descripción
Los tejidos de borrilla o también denominada seda rustica es un tejido que se hace con las fibras cortas que quedan después del peinado y cardado de la seda, por lo que no brilla igual que otros tejidos del mismo material. Tiene un parecido al algodón, pero con mucha más suavidad en contacto con la piel. La bourette puede confundirse con seda no refinada por su textura algo áspera, basta y granulosa debido al enredo de fibras. Si bien en la primera es muy difícil aplicar la pintura, la bourette ha sido desengomada y blanqueada permitiendo la absorción de los tintes. Este tipo de tejido es fácil de pintar ya que tiende a absorber bien la pintura.
Reglas Generales Interpretativas
Regla 1.- Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
Regla 6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Sección
X I - MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
Capítulo
50- Seda
Clasificación Arancelaria
Código: Designación de Mercancía
Partida:
50.07- Tejidos de seda o de desperdicios de seda.
Subpartida:
5007.10.00.00- Tejidos de borrilla
Notas Explicativas
El apartado I-C de las Consideraciones Generales de la Sección XI precisa lo que debe entenderse por tejido. Esta partida comprende estos tejidos fabricados con hilados de seda, de borrilla de seda o de otros desperdicios de seda. Entre ellos, se pueden citar:
1) Los “habutaï, shantungs, tussors” y otros tejidos de Extremo Oriente.
2) Los crespones (crepés).
3) Los tejidos transparentes de los tipos de las muselinas, granadinas, voiles, etc.
4) Los tejidos tupidos, tales como tafetanes, fayas, moarés, damascos, etc.
Gravámenes Vigentes
AD VALOREM: 20 %
FODINFA: 0,5 %
IVA: 12 %
No posee documentos de control previo (Medidas Paraarancelarias)
Conclusión
Los tejidos de Borrilla, al cumplir con todas las especificaciones expuestas en las notas explicativas de la partida, y su complemento con las reglas interpretativas podemos concluir que se clasifica en la partida 50.07- Tejidos de seda o de desperdicios de seda, con su subpartida 5007.10.00.00- Tejidos de borrilla
Fuente
SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel, recuperado de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Resolución No 020-2017 Comité de Comercio Exterior, recuperado de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
CAN. (2007). VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA) recuperado de http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf
ALADI, REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DEL SISTEMA ARMONIZADO recuperado de https://www2.aladi.org/naladisa02/Reglas.pdf
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