¿Conoces la clasificación arancelaria TEJIDOS DE LANA Y PELO FINO CARDADO de alpaca o de llama? Te lo explicamos

Descripción del producto

Artículo: TEJIDOS DE LANA Y PELO FINO CARDADO de alpaca o de llama.

La lana de alpaca es una fibra natural, lujosa y suave, que proviene del vellón de las alpacas. Esta fibra destaca por su ligereza, calidez y propiedades térmicas y de transpirabilidad superiores a otras lanas.

Esta lana, generalmente lavada a fondo, se ha desmotado mecánicamente utilizando una parte de la línea de producción (cardado y peinado) destinada a la fabricación de cintas de lana peinada utilizadas en el hilado de la lana peinada.

A la salida de la peinadora, la cinta continua se estira y se rompe en fragmentos esponjosos e irregulares que se acondicionan en balas. El producto así obtenido consiste en fibras cortas adecuadas para el hilado según el método de la lana cardada pero inadecuadas para el hilado de la lana peinada. Antes de la hilatura, se debe cardar nuevamente. Su aspecto es el de la lana esponjosa lavada a fondo sin residuos vegetales visibles.

Regla General Interpretativa

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

Junto con la determinación de las Reglas Generales Interpretativas necesarias para una correcta clasificación arancelaria, debemos leer las notas explicativas de secciones, capítulos y notas de subpartidas que contempla la nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Mediante lo anterior mencionado, dentro de las notas de subpartida, específicamente la nota tres que nos reenmarca constituidos por hilados jaspeados o mezclados y nota de capítulo literal b) pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera.

Clasificación arancelaria

Sección XI: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

 Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin.

 Partida: 51.11 Tejidos de lana cardada o pelo fino cardado.

 Subpartida: 5111.11.40.00 - - - De alpaca o de llama

Información arancelaria

Código de tributo

Valor de tributo

AD VALOREM

20%

FODINFA

0,5%

IVA

12%

*El Arancel Específico es un tributo que se calcula por unidad de medida

Medidas de restricción y prohibición

No tiene restricciones ni prohibiciones

Código de Régimen

Importación a consumo

Conclusiones

En la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la Primera Regla General Interpretativa establece que la clasificación es determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo; de este modo la mercancía encuentra su encuadre clasificatorio en la SECCIÓN XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS, capítulo 51 el cual contiene lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin, donde la partida 51.11 abarca tejidos de lana cardada o pelo fino cardado. Mediante la Sexta Regla General Interpretativa que sitúa a la clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida y está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas, así como, "mutatis mutandis"; comparando subpartidas de un mismo nivel y mediante la nota de subpartida y la nota del capítulo se determina que la partida arancelaria es 5111.11.40.00 - - - De alpaca o de llama

Recomendaciones

Para empezar una buena clasificación arancelaria, se debe estudiar al producto en su presentación comercial e ir describiendo las características que posee para determinar su razón de ser.

Es recomendable analizar las notas de sección, capítulo y partidas para encontrar un encuadre clasificatorio correcto, asimismo, no se debe olvidar las notas explicativas que ayudan a determinar la clasificación arancelaria correcta para cada producto. De mismo modo, es imprescindible el uso de las Reglas Generales Interpretativas.

Referencias

http://https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

http://http://https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

http://https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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