Compensaciones con notas de crédito en Ecuapass

Existen ocasiones en las que un Operador de Comercio Exterior (OCE) puede hacerse acreedor de notas de crédito que pueden ser utilizadas para devengar una o varias obligaciones tributarias con el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. En este sentido, se entiende como nota de crédito al comprobante que una institución pública autorizada, otorga a su cliente, con el fin de informar la acreditación en su cuenta de un valor determinado.

Según el SENAE, la emisión de una nota de crédito, puede realizarse en un plazo no mayor a 60 días de acuerdo a lo establecido en el artículo 308 del código tributario. Adicional, según lo establecido en el artículo 114 del Reglamento del COPCI, se tiene 5 días para hacer alguna rectificación de tributos.

Las compensaciones, a través de una nota de crédito, pueden efectuarse de forma total o parcial. Para ello, debemos ingresar con nuestro ID usuario y contraseña al portal ECUAPASS, accedemos al menú Servicios Informativos, sub-menú 2.8 Nota de Crédito y seleccionamos la opción 2.8.6 Aplicación/uso de nota de crédito.

 

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Se nos desplegará una ventana conformada por tres apartados. El primero corresponde a los campos de consulta. En éste se debe ingresar la fecha de emisión de la liquidación (sobre la cual el importador desearía aplicar la nota de crédito), fecha de vencimiento del plazo de pago y número de liquidación. Adicional, es recomendable seleccionar el campo consulta de aquellos casos que necesitan ser compensados, de modo que se nos despliegue el resultado de liquidaciones pendientes de pago. Una vez terminado, es indispensable dar clic en el botón Consultar.

El segundo apartado correspondiente al resultado de la búsqueda, y está compuesto por:

  • Número de liquidación
  • Clasificación de liquidaciones: liquidación de tributos, multas, tasas, intereses, etc.
  • Fecha de emisión de la liquidación
  • Fecha de vencimiento del plazo de pago
  • Valor: monto por el cual se emitió la liquidación
  • Estado de la liquidación: pagado o no pagado

En caso que el beneficiario no tenga saldo en la cuenta de notas de crédito emitidas por el SENAE, éste puede hacer uso de aquellas emitidas por el SRI, si las tuviera, las cuales se visualizarán junto al campo estado de la liquidación.

Una vez identificadas aquellas notas de crédito que desean ser compensadas, el OCE debe seleccionarlas dando clic en la casilla situada a la izquierda de cada liquidación.

El tercer campo está orientado a la compensación de una nota de crédito. En éste se visualiza el valor total de las notas de crédito emitidas a favor del contribuyente, el valor de las garantías (en caso que alguna nota de crédito haya sido usada como garantía), el valor total de la nota de crédito que puede ser usada (diferencia entre los dos valores antes mencionados), valor total de los contenidos seleccionados (liquidaciones seleccionadas en el apartado de resultados), y el saldo de la nota de crédito.

El último paso a seguir es dar clic en el botón Aplicar para ejecutar la compensación. De estar seguro de hacerlo, se debe dar clic en el botón sí, de lo contrario presionamos el botón no.

De este modo, un importador puede compensar sus obligaciones tributarias con el SENAE mediante el uso de notas de créditos a su favor. Esta información se encuentra descrita en el instructivo para el uso del sistema aplicación/uso de nota de crédito, desarrollado y publicado por el SENAE. Cabe recalcar que la aplicación de esta compensación estará sujeta a lo dispuesto por la Autoridad Aduanera y a lo establecido en la normativa vigente.

Fuente:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2013). Instructivo para el uso del sistema aplicación/uso de nota de crédito. Recuperado de: https://docplayer.es/16357672-Instructivo-para-el-uso-del-sistema-aplicacion-uso-de-nota-de-credito-ecuapass-64nr-de-la-aduana-senae-isee-2-7-011-v1.html?_gl=1*1h6c2ws*_ga*dWZSRGVTclVRN1lFWnNkbzJXZDF4bTJqaVZjX1JDdWxzMWFXU2xhOGtieHoxZmU5czNUSGx1amk0YnVDTzlfeQ

Autor: Jean Pierre Codena

 

 

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