Proceso De Una Importacion
PASOS PARA UNA IMPORTACION
* CONTACTAR EL PROVEEDOR
* PEDIR COTIZACION AL PROVEEDOR
* EL IMPORTADOR EMITE LA ORDEN DE COMPRA O PEDIDO
* EL PROVEEDOR ENVIA FACTURA PROFORMA
• ESTABLECER FLETE
• PUERTO DE EMBARQUE
• PUERTO DE DESTINO
• TIPO DE EMBALAJE
• PESO BRUTO
• PESO NETO

 TRAMITAR PERMISO DE IMPORTACIÓN
 DIRIGIR AL BANCO CARTA SOLICITANDO APERTURA DE CARTA DE CRÉDITO
 EL PROVEEDOR COORDINA DESPACHO
 PROVEEDOR ENVIA AL CLIENTE DOCUMENTACIÓN VIA COURIER: FACTURAORIGINAL, BL, CERTIFICADO DE ORIGEN Y CERTIFICADO SANITARIO.
 EMPRESA RECIBE NOTIFICACIÓN DEL DESPACHO
 ALERTA AL AGENTE ADUANAL PARA COMENZAR PREPARATIVOS
LLEGADA DE LA MERCANCIA
 LINEA DE TRANSPORTE NOTIFICA LLEGADA DE LA CARGA AL CLIENTE
LOCALIZACIÓN Y RELOCALIZACIÓN DE LA CARGA
 CONFRONTACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LA MERCANCIA
 AGENTE ADUANAL ENVIA AL ALMACEN
 DETERMINACION DEL TIPO DE ACUERDO, CALCULO DE ARANCELES
 AGENTE ADUANAL REALIZA VALORACIÓN Y TRANSMITE
 AGENTE DE ADUANA RETIRA DE ALMACEN Y DESPACHA CARGA AL CLIENTE
 PASE DE SALIDA ZONA PRIMARIA

Si el valor de la mercancía importada a consumo es de US$ 4.000 o más, el importador tendrá que solicitar y realizar la inspección en origen, a través de una las empresas Verificadoras Internacionales (S.G.S., Cotecna, Bureau Veritas, I.T.S.,Baltic Control) autorizadas por la aduana.
- Si el valor FOB de la mercadería excede los US$ 4.000, requiere el visto bueno de los Bancos Corresponsales en el Ecuador, autorizados por la aduana, previo al embarque

¿Consideraciones Importantes?

• Si usted va a recibir un paquete, tenga en cuenta que éste podrá pagar impuestos, o no, dependiendo del tipo de producto y de la categoría en la que se clasifique. Los posibles impuestos a pagar incluyen: Ad-Valorem (arancel cobrado a las mercancías), I.V.A. (Impuesto al Valor Agregado), I.C.E. (Impuesto a Consumos Especiales), Fodinfa (Fondo de Desarrollo para la Infancia), Salvaguardia**.

• La naturaleza del Régimen Particular o de Excepción Courier, incluye formalidades simplificadas y despacho ágil, siempre que la carga arribe cumpliendo con los requisitos establecidos y en condiciones normales que avalen este tratamiento.

• No se podrán realizar envíos de paquetes o bultos mediante Correos Rápidos o Courier, que contengan dinero en efectivo o mercancías que estén prohibidas por la legislación ecuatoriana. Resolución Nº. 182 del Consejo de Comercio Exterior e Inversiones (COMEXI), www.comexi.gov.ec, link: Resoluciones.

• Todos los envíos realizados que constituyan muestras sin valor comercial, deberán venir claramente identificados como tales en la guía aérea o guía courier, factura y producto.

• Las mercancías no aptas para el consumo humano, serán destruidas bajo supervisión del Distrito Aduanero.

• Para las categorías C, D, E y F; es imprescindible la presentación de la Factura Comercial. En caso de no tenerla, será necesaria una Declaración de Valor suscrita por el remitente.

• Para las categorías C y D, en el caso de que las mercancías excedan las limitaciones de peso y valor, éstas deberán pagar todos los tributos y cumplir con todas las formalidades correspondientes a una importación común.

• Se permite el envío por courier de ropa y calzado usado que no exceda de 4 kilos (8.8 libras) y cuatrocientos dólares americanos, (US$ 400,00) precio FOB. Resolución Nº. 452 del COMEXI. Sin embargo PARA LOS ENVIOS DE SUS MERCANCÍAS POR ENCOMIENDAS POSTALES Y PAQUETES EMS (CORREOS DEL ECUADOR), en el caso de las Categorías C, E y F las encomiendas postales no podrán sobrepasar los límites de pesos qua establece el Art. 12 del Convenio Postal Universal y que se indica a continuación:

• Los envíos prioritarios y no prioritarios, las cartas, las tarjetas postales, los
Impresos y los pequeños paquetes de hasta 2 kilogramos.
• Los cecogramas de hasta 7 kilogramos.
• Las sacas especiales que contienen diarios, publicaciones periódicas, libros,
documentos impresos similares, consignados a la dirección de! mismo destinatario
y con el mismo destino, denominadas «sacas M, Hasta 30 kilogramos.

Legislación: RES. 09-2010-R1 de la Corporación Aduanera Ecuatoriana
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