INTRODUCCIÓN

Previa a una solicitud de los Agentes de Aduana e Importadores), quienes por sus actividades logísticas solicitan desaduanamiento directo en las importaciones relacionadas al literal a) del Art. 94 del Reglamento al Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

DESARROLLO

  • Medicinas y alimentos que requieran de condiciones ambientales especiales para su conservación o mantenimiento
  • Vacunas para uso humano o animal, solas o con sus dispositivos de aplicación
  • Semen congelado para inseminación artificial
  • Animales vivos
  • Plantas y esquejes vivos y mercancías perecibles
  • Huevos fértiles
  • Explosivos, municiones y materiales inflamables, etc.

Industrias que paran de producir por falta de una pieza la cual es importada de urgencia y se pone una garantía

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RESUMEN

Medicinas y alimentos que requieran de condiciones ambientales especiales para su conservación o mantenimiento

Cuando se verifique las condiciones especiales para su conservación y mantenimiento en las mercancías arribadas, de manera que logre la utilización de dicha figura aduanera.

De llegarse a verificar que las condiciones en que arriba la carga no afecta a su conservación ni mantenimiento, o cuenta con los equipos necesarios para mantenerla y conservarla en condiciones apropiadas al arribar la mercancía, dicha solicitud no será procedente.

 Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, conscientes de la necesidad dinámica de logística en las importaciones de estos productos y otros.

CONCLUSIONES

La aduana ofrece como alternativa la utilización del Despacho Anticipado en la presentación de las declaraciones aduaneras; lo cual permite transmitir la declaración previa a la llegada del medio de transporte, reduciendo el tiempo total de despacho

El desaduanamiento Directo se da por que varios productos son de consumo mediato  o son de emergencia o empecibles o  tienen un caso de urgentes.

RECOMENDACIONES

El importador puede realizar el pago de los tributos aduaneros mediante Pago Garantizado, cumpliendo los parámetros establecidos por el SENAE.

El SENAE recomienda la utilización de estas modalidades de despacho y pago, respectivamente, a fin de que los operadores de comercio exterior, accedan a los beneficios que ambas figuras les ofrecen.

Elaborado por

EDWIN CAIZA

FUENTE

(http://www.aduana.gob.ec/news/pago_garantizado.action)

(http://www.aduana.gob.ec/news/despacho_anticipado.action).

http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-3-010-V1.pdf

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