Introducción
Lo primero que tenemos que analizar para clasificar a un determinado producto es toda su composición y hasta los usos que se le pueden dar. Es dentro de este análisis donde recurrimos a las diferentes bases que permitirán clasificar de una manera correcta un producto en particular estos pueden ser el arancel nacional, las Notas explicativas del Arancel, las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado, entre otros.
Producto a clasificar: OXIGENACIÓN POR MEMBRANA EXTRACORPÓREA (ECMO)
Definición: Proporciona apoyo cardíaco y respiratorio prolongado al eliminar la sangre del cuerpo de la persona y eliminar artificialmente el dióxido de carbono y oxigenar los glóbulos rojos. Es una técnica extracorpórea para proporcionar soporte cardíaco y respiratorio a pacientes cuyos pulmones y corazón están gravemente dañados y no pueden desarrollar su función normal. La canulación inicial de un paciente que va a recibir el tratamiento con ECMO es realizada por un cirujano o un anestesista; y un perfusionista o especialista en el tratamiento ECMO es el encargado del mantenimiento del paciente. Se requiere una atención constante las 24 horas del día durante el tratamiento con ECMO.
REGLA GENERAL INTERPRETATIVA
REGLA 3: Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:
- b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;
DEFINICION NOTAS EXPLICATIVAS pág. (732)
Esta partida comprende un conjunto, especialmente amplio, de instrumentos y aparatos de cualquier materia (incluidos los de metal precioso), caracterizados esencialmente por el hecho de que su uso normal exige, en la casi totalidad de los casos, la intervención de un profesional (médico, cirujano, dentista, veterinario, comadrona, etc.), ya se trate de diagnosticar, prevenir o tratar una enfermedad, de operar, etc. Se clasifican también aquí los instrumentos y aparatos para los trabajos de anatomía o de disección, para autopsias y, en determinadas condiciones, los instrumentos y aparatos para talleres de prótesis dental (véase el apartado II siguiente).
Notas Legales de SECCION o Notas Legales de CAPITULO o de PARTIDA
SECCION: XVIII CAPITULO: 90
Sección
INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN, INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRURGÍCOS; APARATOS DE RELOJERÍA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS
Capítulo
Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión, instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
POSICION ARANCELARIA
PARTIDA: 90.18
Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos
electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.
SUBPARTIDA: 9018.90.10.00
- - Electromédicos
RESTRICCION ARANCELARIA Y NO ARANCELARIA NACIONAL
Observación en el ECUAPASS a fecha de hoy 18/07/2021
Matriz
NOTA: Este producto no contempla un porcentaje de Arancel Ad Valorem para la importación es decir es del 0%. A su vez se deberá pagar el 12% que corresponde al IVA
Conclusiones
Es muy importante a la hora de clasificar tener presente todos los documentos bases que permitirán tener una visión más clara del producto en sí. Cabe mencionar que al analizar la naturaleza de este producto o cualquier otro no solo basta con la composición sino también con el uso que se le da para así determinar en qué capítulo o sección se encuentra nuestra mercancía.
Recomendaciones
Se recomienda al lector que no solo basta con el arancel nacional para recurrir a la determinación de un producto sino valerse de las notas interpretativas ya sea de capítulos o secciones para así comprender la magnitud o alcance de nuestro objeto para así evitar sanciones o contratiempos por una mala clasificación.
Fuente:
- Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. Obtenido de pudeleco.com: http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
- http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp
- Notas interpretativas Sexta Enmienda
Autor: Samuel Cantos
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