¿Cómo clasificar uno de los productos químicos más usados en la industria del gas?

Cloruro de Carbonilo

DESCRIPCIÓN

Combinación de cloro y óxido de carbono (COCl2). Es un gas muy tóxico. El cloruro de carbonilo, a la temperatura de 12 °C, es un gas incoloro comprimido en forma de particulas licuadas de carbón, de olor sofocante, producto del cloro sobre el óxido de carbono luego llevar a cabo una asociación con el carbón vegetal. Se condensa a baja temperatura, se disuelve poco en el agua fría, pero es muy soluble en el ácido acético glacial y en varios disolventes orgánicos, en este caso se presenta licuado en pequeñas particulas de carbón.

APLICACIONES INDUSTRIALES

  • El fosgeno es un intermediario en la fabricación de importantes compuestos químicos industriales, como los isocianatos, carbamatos, carbonatos orgánicos y las resinas, plaguicidas y colorantes que de ellos se derivan.
  • Se utilizó como gas de guerra.
  • Las exposiciones a este gas pueden darse también por descomposición de otros productos industriales corrientes, tales como diclorometano, tetracloruro de carbono y tricloroetileno, especialmente si concurre radiación ultravioleta.

APLICACIÓN DE REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para una correcta clasificación del Cloruruo de Carbonilo se aplicarán las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado que correspondan al caso:

REGLA GENERAL 1

“LOS TÍTULOS DE LAS SECCIONES, DE LOS CAPÍTULOS O DE LOS SUBCAPÍTULOS SÓLO TIENEN UN VALOR INDICATIVO, YA QUE LA CLASIFICACIÓN ESTÁ DETERMINADA LEGALMENTE POR LOS TEXTOS DE LAS PARTIDAS Y DE LAS NOTAS DE SECCIÓN O DE CAPÍTULO, Y SI NO SON CONTRARIAS A LOS TEXTOS DE DICHAS PARTIDAS Y NOTAS”.

REGLA GENERAL 6

“LA CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS EN LAS SUBPARTIDAS DE UNA MISMA PARTIDA ESTÁ DETERMINADA LEGALMENTE POR LOS TEXTOS DE ESTAS SUBPARTIDAS Y DE LAS NOTAS DE SUBPARTIDA, ASÍ COMO MUTATIS MUTANDIS, POR LAS REGLAS ANTERIORES, BIEN ENTENDIDO QUE SÓLO PUEDEN COMPARARSE SUBPARTIDAS DEL MISMO NIVEL. A EFECTO DE ESTA REGLA, TAMBIÉN SE APLICAN LAS NOTAS DE SECCIÓN Y DE CAPÍTULO, SALVO DISPOSICIÓN EN CONTRARIO”.

NOTAS EXPLICATIVAS

SUBCAPITULO III DERIVADOS HALOGENADOS, OXIHALOGENADOS O SULFURADOS DE LOS ELEMENTOS NO METALICOS

28.12 HALOGENUROS Y OXIHALOGENUROS DE LOS ELEMENTOS NO METALICOS.

  1. – OXICLORUROS DE ELEMENTOS NO METALICOS

5) Oxidicloruro de carbono (cloruro de carbonilo o fosgeno) (COCl2).

                        - Cloruros y oxicloruros:

2812.11.00.00 - - Dicloruro de carbonilo (fosgeno)

2812.12.00.00 - - Oxicloruro de fósforo   

2812.13.00.00 - - Tricloruro de fósforo

2812.14.00.00 - - Pentacloruro de fósforo

2812.15.00.00 - - Monocloruro de azufre

2812.16.00.00 - - Dicloruro de azufre

2812.17.00.00 - - Cloruro de tionilo

2812.19.          - - Los demás:

2812.19.10.00 - - - Tricloruro de arsénico

2812.19.90.00 - - - Los demás

2812.90.00.00 - Los demás

El oxidicloruro de carbono se obtiene por la acción del cloro sobre el óxido de carbono en presencia de negro animal o de carbón vegetal o por la acción de óleum sobre el tetracloruro de carbono. Es un producto incoloro, líquido por debajo de 8 °C y gaseoso a temperaturas superiores; se presenta comprimido o licuado en gruesos recipientes de acero. Disuelto en toluol o benzol, se clasifica en la partida 38.24. Lacrimógeno y muy tóxico, es un clorurante muy utilizado, por otra parte, en síntesis orgánica, principalmente para la obtención de cloruros de ácido, derivados aminados, auramina (cetona de Michler), productos intermedios en la industria de colorantes orgánicos, etc.

POSICIÓN ARANCELARIA 

Sección

Capítulo

Partida

Subpartida

VI

28

28.12

2812.11.00.00

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos

Halogenuros y oxihalogenuros de los elementos no metálicos.

- - Dicloruro de carbonilo (fosgeno)

 

MEDIDAS ARANCELARIAS APLICADAS A LA MERCANCÍA:

UNIDAD DE MEDIDA:  KG BRUTO

TRIBUTOS FIJOS DE LA MERCANCÍA:

  •     AD VALOREM:0%
  •     IVA: 12%
  •     FODINFA: 0,5%  

MEDIDAS PARA-ARANCELARIAS APLICADAS A LA MERCANCÍA:

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES

Esta mercancía no posee ningún tipo de restricción, sin embargo, se prohíbe la importación y exportación desde y hacia la República de Corea del Norte.

CONCLUSIÓN

El dicloruro de carbonilo, también conocido como fosgeno, es un compuesto químico con la fórmula COCl2. Se compone de un átomo de carbono, un átomo de oxígeno y dos átomos de cloro. Es un gas tóxico, incoloro y de olor penetrante que fue ampliamente utilizado como agente químico durante la Primera Guerra Mundial. Su toxicidad proviene de su capacidad para reaccionar con los líquidos del cuerpo, como el agua, para formar ácido clorhídrico y ácido carbónico, lo que puede causar daño en los tejidos.

Se concluye que, la clasificación de la mercancía “Cloruro de Carbonilo”, al estar sujeta a la Regla General Interpretativa 1 y 6 para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria, tomando en cuenta las notas de capítulo, las notas explicativas de la partida, y según las características y propiedades de la misma, se la debe clasificar en la:

Sección VI: PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

Capítulo 28: Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos

Partida 28.12: Halogenuros y oxihalogenuros de los elementos no metálicos.

Subpartida 2812.11.00.00: - - Dicloruro de carbonilo (fosgeno)

RECOMENDACIONES 

Considerar que la composición física del cloruro de carbonilo es determinante para su clasificación arancelaria, ya que según las notas explicativas de la partida 28.12  cuando el producto se presenta “Disuelto en toluol o benzol, se clasifica en la partida 38.24”

FUENTES

Comunidad Andina de Naciones. (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf 

Resolución No. 002-2023. (2023). Séptima Enmienda del Arancel Nacional de Importaciones.  https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2023/03/Resolucio%CC%81n-002-2023.pdf  

INSHT. (2020). DOCUMENTACIÓN TOXICOLÓGICA PARA EL ESTABLECIMIENTO DEL LÍMITE DE EXPOSICIÓN PROFESIONAL DEL CLORURO DE CARBONILO. Obtenido de: https://www.insst.es/documents/94886/290254/DLEP%2034.pdf/bc083aba-9b6f-43bb-bdb4-6d44c3a27dbd?version=1.0&t=1528396280667

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