Cómo clasificar el Dipropilenglicol

Cómo clasificar el Dipropilenglicol

INFORMACIÓN GENERAL

Nombre del Producto: Dipropilenglicol

El Dipropilenglicol es un líquido prácticamente incoloro, ligeramente viscoso, de olor ligero, soluble en agua, de baja volatilidad e higroscopía y de escasa toxicidad. De igual modo, es humectante, disolvente plastificante y espesante.

Usado como intermediario en la fabricación de resinas poliéster, polietilentereftalato y polioles para poliuretano. Se usa también en la obtención de resinas suaves a partir de su esterificación con ácidos resínicos. Además, es utilizado como agente laminante y adhesivos, en la fabricación de lacas. Así mismo, se emplea como vehículo para las esencias y concentrados de perfumes, disolvente para formulaciones insecticidas y de uso en agricultura. El Dipropilenglicol también se aplica en la elaboración de líquidos de frenos y es solvente en los procesos de extracción del petróleo y en el secado de gas natural.

CONSIDERACIONES GENERALES

NOTAS

  1. Salvo disposición en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente:
  2. a) los compuestos orgánicos de constitución química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas;
  3. b) las mezclas de isómeros de un mismo compuesto orgánico (aunque contengan impurezas), excepto las mezclas de isómeros de los hidrocarburos acíclicos saturados o sin saturar (distintos de los estereoisómeros) (Capítulo 27);
  4. c) los productos de las partidas 29.36 a 29.39, los éteres, acetales y ésteres de azúcares y sus sales, de la partida 29.40, y los productos de la partida 29.41, aunque no sean de constitución química definida;
  5. d) las disoluciones acuosas de los productos de los apartados a), b) o c) anteriores;
  6. e) las demás disoluciones de los productos de los apartados a), b) o c) anteriores, siempre que constituyan un modo de acondicionamiento usual e indispensable, exclusivamente motivado por razones de seguridad o necesidades del transporte y que el disolvente no haga al producto más apto para usos determinados que para uso general;
  7. f) los productos de los apartados a), b), c), d) o e) anteriores, con adición de un estabilizante (incluido un antiaglomerante) indispensable para su conservación o transporte;
  8. g) los productos de los apartados a), b), c), d), e) o f) anteriores, con adición de una sustancia antipolvo, un colorante o un odorante para facilitar su identificación o por razones de seguridad, siempre que estas adiciones no hagan al producto más apto para usos determinados que para uso general;
  9. h) los productos siguientes, normalizados, para la producción de colorantes azoicos: sales de diazonio, copulantes utilizados para estas sales y aminas diazotables y sus sales.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS (RGI)

Regla General Interpretativa #1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN

VI

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

CAPÍTULO

29

PRODUCTOS QUÍMICOS ORGÁNICOS

PARTIDA

29.09

FLÚOR, CLORO, BROMO Y YODO

SUBPARTIDA

2909.49.11

DIPROPILENGLICOL

RESTRICCIONES

  • Prohibición de importación y exportación en todos los regímenes aduaneros en la República Popular Democrática de Corea.
  • Referente a requisitos previo de importación para otros países, no requiere la presentación de ningún documento.

TRIBUTOS 

SALVAGUARDIA         

0%

AEC                               

0%

FODINFA                    

0%

ADVALOREM               

0%

ICE                                

0%

IVA                                

0%

 

CONCLUSIONES

  • Realizar una correcta clasificación arancelaria es importante puesto que ayuda a conocer los tributos que debe pagar el producto, así como para conocer las regulaciones que debe seguir el mismo.
  • Se llega a la conclusión que los botiquines de primeros auxilios se clasifican mediante la Regla Interpretativa 1 y se acoge al pago de tributos.

RECOMENDACIONES

  • Tener en cuenta que la información proporcionada sea la correcta para evitar cualquier inconveniente en la clasificación de la mercancía.
  • ECUAPASS es una herramienta indispensable para la correcta clasificación arancelaria, por ende, es importante saber utilizarla.

WEBGRAFÍA

https://www.cabeza.com/es/reglas-generales-clasificacion-arancelaria-de-mercancias/

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf (ARANCEL): https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA

ARMONIZADO (VUENESA) - NOTAS EXPLICATIVAS DE LA CUARTA ENMIENDA

DEL SISTEMA ARMONIZADO:

file:///C:/Users/CRYSTHEL%202021/Downloads/Notas_explicativas_pdf.pdf

SENAE: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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