¿CÓMO CLASIFICAR EL ABONO PARA TUS PLANTAS?

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DESCRIPCIÓN:

Este abono es el más completo, contiene los 3 microelementos (nitrógeno, fósforo y potasio) que ayudan a corregir las deficiencias del suelo, junto con un pequeño porcentaje de magnesio produciendo plantas sanas, robustas y resistentes con flores bonitas y frutas sanas.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN VI – PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

CAPÍTULO 31 ABONOS

PARTIDA: 31.05 Abonos minerales o químicos, con dos o tres de los elementos fertilizantes: nitrógeno, fosforo y potasio; los demás abonos; productos de este capítulo en tabletas o formas similares o en envases de un peso bruto inferior o igual a 10 kg.

SUBPARTIDA: 3105.90.90.00 Los demás.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS:

1)Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas). 

6)La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS EXPLICATIVAS:

C) Los demás abonos (excepto los de constitución química definida presentados aisladamente) y en especial:

  1. Las mezclas de sustancias fertilizantes (es decir, las que contienen nitrógeno, fósforo o potasio) con sustancias no fertilizantes: por ejemplo, azufre. Muchas de estas mezclas que contienen nitrógeno o fósforo se clasifican en las partidas 31.02 o 31.03 (véanse las Notas explicativas de estas partidas), pero las demás se clasifican en esta partida.

INFORMACIÓN ARANCELARIA:

  • AD VALOREM: 0%
  • FONDINFA: 0.5%
  • IVA: 12%
  • ICE: 0%

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES:

Tipo: Presentación de Requisito

Requisito: DCP

Descripción: Autorización de importación de fertilizantes y enmiendas de suelo, de uso agrícola

Base Legal: Resolución N°020-2017 el pleno del Comex

 

CONCLUSIÓN:

Dado el análisis realizado anteriormente, para la clasificación arancelaria del Abono Completo se aplico la Regla General Interpretativa 1 y 6, el cual se clasifica en la subpartida 3105.90.90.00 Los demás. Teniendo como medidas arancelarias el FONDINFA del 0.5% e IVA del 12%, con una restricción de una presentación de requisito, según lo establecido en la Resolución N°020-2017 el pleno del Comex.

RECOMENDACIÓN:

Para la importación de abonos se debe tener en cuenta los documentos requeridos que se establecen en el Manual Técnico para el registro y control de fertilizantes, enmiendas de suelo y productos afines de uso agrícola.

 

REFERENCIAS:

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura y Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. Ministerio de Comercio Exterior.

Comunidad Andina. (2007). Versión Única en Español de la Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA).

SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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