DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:

Las bañeras de acero inoxidable para perros son instalaciones diseñadas específicamente para facilitar el proceso de baño y cuidado de los animales domésticos. Estas bañeras están fabricadas con acero inoxidable, un material duradero, resistente a la corrosión y fácil de limpiar, lo que las convierte en una opción ideal para entornos húmedos como las áreas de aseo para mascotas.

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¿QUÉ CRITERIOS ARANCELARIOS SE APLICAN?

Reglas generales interpretativas

La clasificación arancelaria de las mercancías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Para poder saber cuáles son las reglas a aplicar hay que saber cuál es la composición de la mercancía a clasificar y además, conocer el arancel del Ecuador para analizar a qué capítulo corresponde el producto.
Las bañeras de acero para perro, son de fundición de hierro o acero inoxidable, por lo que se procede a hacer la clasificación arancelaria del producto tomando en cuenta las siguientes reglas interpretativas que a su vez se aplicarán:  

Regla General Interpretativa 1

De acuerdo a la RGI 1 establece que: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

  1. Según la nota 7 de la sección XV: Salvo disposición en contrario en un texto de partida, las manufacturas de metal común, o consideradas como tales, que comprendan varios metales comunes, se clasifican con las manufacturas del metal que predomine en peso sobre cada uno de los demás.

Regla General Interpretativa 6

La RGI 6 establece que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.:”

El producto se clasifica dentro de:

Sección XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales.

Capítulo 73

Manufacturas de fundición, hierro o acero.

Partida 73.24          

Artículos de higiene o tocador, y sus partes, de fundición, hierro o acero.

NOTAS DE SECCIÓN

En la Nota 3. De la Sección XV, encontramos que: En la Nomenclatura, se entiende por metal(es) común(es) : la fundición, hierro y acero, el cobre, níquel, aluminio, plomo(…)

De acuerdo con la Nota 6 de esta Sección, cualquier referencia a un metal en los Capítulos 72 a 76 y 78 a 81 o en otras partes de la Nomenclatura alcanza también, salvo disposición en contrario (en especial para los aceros aleados), a las aleaciones con ese metal.

NOTAS DE CAPÍTULO

  1. En este Capítulo, se entiende por fundición el producto obtenido por moldeo que no responda a la composición química del acero definido en la Nota 1 d) del Capítulo 72, en el que el hierro predomine en peso sobre cada uno de los demás elementos.

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota explicativa de la partida 73.24

Las disposiciones de las Notas Explicativas de la partida 73.24 mencionan que esta partida comprende un gran número de artículos no expresados ni comprendidos de una manera más específica en otras partidas de la Nomenclatura y que se utilizan para la higiene o el aseo.

Estos artículos pueden ser de fundición, hierro o acero, en chapa, fleje, alambre, enrejados o telas de hierro o acero y obtenerse por cualquier procedimiento (moldeado, forjado, estampado, embutido, etc); pueden tener asas, tapaderas y otros accesorios de otras materias o estar constituidos parcialmente por otras materias, siempre que conserven el carácter de objetos de fundición, hierro o acero

POSICIÓN ARANCELARIA:

Sección XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales.

Capítulo 73

Manufacturas de fundición, hierro o acero.

Partida 73.24

Subpartida 7324.21.00.00

Artículos de higiene o tocador, y sus partes, de fundición, hierro o acero.

-- De fundición, incluso esmaltadas
                                                                                         

TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA

Arancel Ad-valorem

15%

Arancel Específico

0.00$

Fodinfa

IVA

ICE

0.5%

12%

0%

Medidas de restricción y autorización

Actualmente se puede encontrar las siguientes restricciones a esta subpartida:

Código de Régimen

Tipo de restricción

Requisito

Todos los regímenes (República Popular democrática de Corea)

Prohibición

Documentos de control previo de importación

 CONCLUSIÓN:

Los radiadores para calefacción central, de calentamiento no eléctrico,y sus partes, de fundición, acero son hechos en su totalidad de acero y para su correcta clasificación arancelaria se debe tomar en cuenta las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, las consideraciones generales del capítulo, nota de Sección y partida correspondiente. En consecuencia, el producto en cuestión se encuentra clasificado en la Sección XV: Materiales comunes y manufacturas de estos metales, Capítulo 73 Manufacturas de fundición, hierro o acero., Partida 73.24 Artículos de higiene o tocador, y sus partes, de fundición, hierro o acero,Subpartida 7324.21.00.00 -- De fundición, incluso esmaltadas. Respecto a los tributos para este producto, son los siguientes: Ad Valorem: 15%, IVA: 12% Y FODINDA: 0.5%, por último el producto no requiere ninguna licencia para su importación ni tampoco ningún documento de control previo, unicamente tiene la prohibición de importación de Corea del Norte.

RECOMENDACIÓN:

Siempre que se pretenda realizar una importación de cualquier clase de mercancías es importante acudir a un profesional en materia aduanera, de comercio exterior y/o de clasificación arancelaria, esto para verificar si las mismas requieren alguna clase de licencia, si tiene alguna prohibición para su ingreso al país y para conocer sus tasas arancelarias, por otra parte, se debe usar todas las herramientas disponibles en tema de clasificación arancelaria para determinar una correcta subpartida y posteriormente hacer una correcta declaración, esto puede evitar demoras o inclusive multas de parte de la autoridad aduanera ecuatoriana (SENAE).

REFERENCIAS:

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina. file:///F:/COMERCIO%20EXTERIOR/4%20SEMESTRE/T%C3%89CNICA%20ADUANERA%20II/3CER%20PARCIAL/Notas%20explicativas%20Sistema%20Armonizado%20de%20Clasificaci%C3%B3n%20Arancelaria.pdf

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/<

 

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