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Introducción

Los platos de plástico son un básico que no puede faltar a la hora de sentarte a la mesa y, en concreto los platos de plástico reutilizables duros serán los aliados perfectos para servir de manera elegante, práctica y sostenible tus preparaciones.

Durante los últimos años, el interés de los consumidores y de algunos negocios de la industria alimentaria en buscar alternativas amigables con el medio ambiente, han llevado a la implementación de opciones mucho más sostenibles como los vasos de plástico reutilizables. Actualmente, en Alemania ya se está implementando un sistema de vasos reutilizables para el café y otras bebidas para llevar.

Descripción

Plato de Plástico desechable Llano fabricado en Polipropileno de Ø220mm

Aplicaciones:

Plato desechable llano apto para servir cualquier tipo de plato. Además, estos platos de plástico tienen la propiedad que son irrompibles. También conocido como plato de plástico desechable o plato de plástico de Polipropileno. Platos de plástico comúnmente utilizados para servir ensaladas, carnes y pescados.

  • Color: Blanco
  • Material: Polipropileno (PP)
  • Medidas:
    • Diámetro: Ø220mm
  • Microondas: Aptos para calentar en microondas y para lavavajillas.
  • Presentación: Plato Llano de plástico de Ø220mm en Bolsa de 25 unidades.

Reglas Generales Interpretativas

  • Regla 1:Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.
  • Regla 4: Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas anteriores se clasifican en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía.
  • Regla 6:La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas de la Partida

Este Capítulo no comprende:

  • Las preparaciones lubricantes de las partidas 27.10 ó 34.0.
  • Las ceras de las partidas 27.12 ó 34.04.
  • Los compuestos orgánicos aislados de constitución química definida (Capítulo 29).
  • La heparina y sus sales (partida 30.01).
  • Las disoluciones (excepto los colodiones) en disolventes orgánicos volátiles de los productos citados en los textos de las partidas 39.01 a 39.13, cuando la proporción del disolvente sea superior al 50% del peso de la disolución (partida 32.08); las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12.
  • Los agentes de superficie orgánicos y las preparaciones de la partida 34.02.
  • Las gomas fundidas y las gomas éster (partida 38.06).
  • Los aditivos preparados para aceites minerales (incluida la gasolina) o para otros líquidos utilizados con los mismos fines que los aceites minerales (partida 38.11).
  • Los líquidos hidráulicos preparados a base de poliglicoles, de siliconas o de los demás polímeros del Capítulo 39 (partida 38.19).
  • Los reactivos de diagnóstico o de laboratorio sobre soporte de plástico (partida 38.22).
  • El caucho sintético, tal como se define en el Capítulo 40, y las manufacturas de caucho sintético.
  • Los artículos de talabartería o de guarnicionería (partida 42.01), los baúles, maletas (valijas), maletines, bolsos de mano (carteras) y demás continentes de la partida 42.02.
  • Las manufacturas de espartería o cestería, del Capítulo 46; los revestimientos de paredes de la partida 48.14.
  • Los productos de la Sección XI (materias textiles y sus manufacturas).
  • Los artículos de la Sección XII (por ejemplo: calzado y partes de calzado, sombreros, demás tocados, y sus partes, paraguas, sombrillas, bastones, látigos, fustas, y sus partes).

Nota Explicativa de Partida

39.24 VAJILLA Y DEMAS ARTICULOS DE USO DOMESTICO Y ARTICULOS DE HIGIENE O DE TOCADOR, DE PLASTICO.

 3924.10 – Vajilla y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina.

 3924.90 – Los demás. Los herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas

Esta partida comprende los siguientes artículos de plástico:

  1. Entre las vajillas y artículos similares para servicio de mesa: servicios de té y de café, platos, soperas, ensaladeras, fuentes y bandejas de todas clases, cafeteras, teteras, jarros, azucareros, tazas, salseras, rabaneras, compoteras, fruteros, paneras, mantequeras, aceiteras, saleros, mostaceros, hueveras, salvamanteles, posacuchillos, servilleteros, cuchillos, tenedores y cucharas.
  2. Entre los utensilios de uso doméstico: escudillas, cántaros de cocina, potes para confituras, grasas, salazones, etc., tarros para leche, botes de cocina (para harina, especias, etc.), embudos, cucharones, recipientes graduados para cocina, rodillos para pasta o usleros.
  3. Entre otros artículos de uso doméstico: ceniceros, botellas de agua caliente, cerilleros, cubos de basura, regaderas, cajas para alimentos, cortinas, manteles, fundas protectoras de muebles.
  4. Finalmente, como artículos de higiene o de tocador, aunque no sean de uso doméstico: accesorios de tocador (aguamaniles, palanganas, etc.), piletas para ducha, cubos de tocador, bacines y orinales, incluso de cama (chatas o tiorbas), escupideras, irrigadores, lavaojos; jaboneras; tetinas para biberones y dediles; esponjeras, portacepillos de dientes, distribuidores de papel higiénico, toalleros y artículos similares que guarnecen los cuartos de baño, tocadores o cocinas, siempre que no estén diseñados para su fijación permanente en la pared. Sin embargo, se excluyen (partida 39.25) estos mismos artículos cuando estén diseñados para su fijación permanente en paredes u otras partes de construcción (por ejemplo, mediante tornillos, clavos, pernos u otra forma de adhesión).

Descripción Arancelaria

Sección:  VII PLÁSTICO Y SUS MANUFACTURAS; CAUCHO Y SUS MANUFACTURAS

Capitulo: 39 Plástico y sus manufacturas.

Partida: 39.24 Vajilla y artículos de cocina o de uso doméstico y artículos de higiene o tocador, de plástico.

Subpartida: 

3924.10.90.00 - - Las demás

Requisitos Arancelarios y Paraarancelarios

Tributos Vigentes

  • Ad Valorem: 20%
  • Fodinfa: 0,05%
  • IVA: 12%

Medidas de Restricción y Prohibición

  • Prohibición de ingreso al país proveniente de la República Popular Democrática de Corea.

Conclusiones

Las vajillas de plástico duro presentan nuevas funciones como el uso seguro en el microondas, prácticos diseños y eficiencia en el uso en el hogar. La industria de los vasos y enseres de plástico constantemente investiga nuevos procesos para proveer al usuario de una vajilla perfecta por su practicidad, seguridad y diseño vanguardista, pero a la hora de elegir un vaso o una vajilla plástica lo mejor es hacerlo en base al uso que se le va a dar. Estos utensilios suponen una alternativa frente a los productos tradicionales de cristal y porcelana que están presentes en la gran mayoría de nuestros hogares. Es cierto que estos productos son más duraderos y resistentes, pero también son más caros, menos flexibles y más pesados.

Por tal motivo podemos determinar junto con las reglas generales, que la posición arancelaria a la cual pertenece vajilla de plástico duro es 3924.10.90.00 - - Las demás

Recomendaciones

Es necesario tener en consideración cuáles son las características de nuestro producto, cuales, con sus componentes, sus características y su uso, para una correcta clasificación, ya que esto nos permitirá tener una noción más clara de cómo determinar la posición arancelaria a la cual corresponde el producto del cual estemos realizando su clasificación arancelaria. De igual manera es importante clasificar correctamente los productos debido a que esto puede llegar a afectar directamente el costo del producto. Una clasificación inexacta puede generar aranceles incorrectos, sanciones comerciales, retrasos en la aduana y otros problemas relacionados con la regulación del comercio.

Por lo tanto, clasificar de manera correcta es fundamental para garantizar que los productos no incurran en multas o sanciones. Una clasificación precisa puede ayudar al importador o exportador a aprovechar los acuerdos comerciales preferenciales y otros beneficios arancelarios.

Webgrafía

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

RESOLUCIÓN No. 010-2021 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nómina de Productos sujetos a controles previos a la Importación.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.

 

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