COMEX NORMA PROCEDIMIENTO PARA IMPORTACIÓN DE MERCADERÍAS

El Comité de Comercio Exterior (Comex) expidió una nueva resolución mediante la cual dispone que a las personas naturales y jurídicas que importen mercancías no se les exija el Registro de Importador cuando la importación realizada no exceda las 5 unidades y su valor no sea mayor a los 3 000 dólares por declaración.


La resolución número 8, adoptada por el Comex el pasado 2 de mayo, incluye a aquellas importaciones que acompañen a los viajeros o ingresen al país a través de correos nacionales o couriers.

El Ministerio de Industrias y Productividad, MIPRO, emplea el registro de los importadores de vehículos y de otras mercancías como un requisito de carácter obligatorio, conforme a la resolución adoptada por el Comité de Comercio Exterior (Comex), el pasado 1 de abril.

Estas disposiciones, según el acuerdo número 8, regirán independientemente de las fechas de embarque o nacionalización.

Además dispone al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) que de forma trimestral realice una evaluación sobre la aplicación de esta medida y presente un informe en el Comex.

También establece que las importaciones realizadas por el Estado o sus instituciones, sea por cuenta propia o a través de personas naturales o jurídicas, obtendrán el Registro de Importadores, una vez que presenten al Ministerio de Industrias y Productividad los contratos y documentos que justifiquen adecuadamente dichas importaciones.

La anterior resolución (la número 5, expedida el 15 de abril) señalaba que toda persona jurídica que requiera importar bienes clasificados en 72 subpartidas arancelarias deberá acreditar ante el MIPRO importaciones históricas e inscribirse de manera obligatoria en el Registro de Importadores.

Según la nueva normativa, las personas naturales que realicen importaciones para el Estado, no requerirán cumplir con lo establecido, excepto para el caso de las subpartidas relativas a vehículos.

Para el Registro de Importadores, la persona jurídica deberá indicar además el Registro Único de Contribuyentes (RUC), el nombre o razón social y la subpartida arancelaria de importación utilizando el formato electrónico del sistema de información empresarial del Ministerio de Industrias, a través del portal web www.mipro.gob.ec.

Integrantes: Verónica Arias

                      Cristina Suárez

 

 

Fuente:   El Comercio (Negocios)

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