Clasifiquemos los Cascos de Seguridad

Clasifiquemos los Cascos de Seguridad

CASCOS DE SEGURIDAD

6506.10.00.00 – Cascos de seguridad

Introducción

El Nuevo Casco de seguridad H-700 de 3M, está diseñado para proveer protección, balance y confort al mismo tiempo que provee protección de pequeños objetos que puedan caer, golpeando la parte superior del casco.

El casco de seguridad H-700 está fabricado en polietileno moldeado de alta densidad lo cual le permite una alta resistencia para la protección de impactos.

Posee ranuras para utilizar accesorios (protección ocular, facial y/o auditiva), fabricado en polietileno de alta densidad para una máxima protección. Resistente a la lluvia, con suspensión de nylon tejido con almohadilla de protección acolchada y reemplazable. Además, posee un diseño compacto y liviano con visera corta para una mejor visibilidad hacia arriba. Su peso es de 345 g., y su tamaño aproximado es de 54 a 62 cm.

Reglas de Clasificación

Regla General Interpretativa #1

La clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y Notas de Sección o de Capítulo, además, que los títulos de las secciones, de los Capítulos o Subcapítulos únicamente tienen un valor indicativo.

Regla General Interpretativa 6

La clasificación ha sido determinada por el texto dentro de las notas de la subpartida. Al estar incluidas dentro de las demás, sus notas explicativas determinan a la mercancía.

Notas Explicativas

Esta partida incluye todos los sombreros y tocados no comprendidos en las partidas precedentes del presente Capítulo, ni en los Capítulos 63, 68 o 95. Comprende principalmente los cascos de seguridad (por ejemplo: los utilizados para la práctica de deportes, los cascos para militares, bomberos, motociclistas, así como los cascos para mineros u obreros de la construcción), estén o no provistos de burletes protectores e incluso de micrófonos o auriculares, en determinados cascos.

Esta partida comprende igualmente:

  • Los tocados de caucho o de plástico: gorros de baño, capuchas, etc.
  • Los tocados de piel o de cuero natural, artificial o regenerado.
  • Los tocados de peletería natural o artificial.
  • Los tocados de plumas o de flores artificiales.
  • Los cascos de metal.

Notas del Capítulo 65

  1. Este Capítulo no comprende:
    1. Los sombreros y demás tocados usados de la partida 63.09;
    2. Los sombreros y demás tocados de amianto (asbesto);
    3. Los sombreros y demás tocados que tengan el carácter de juguetes, tales como los sombreros para muñeca y los artículos para fiesta.
  2. La partida 65.02 no comprende los cascos o formas confeccionados por costura, excepto lo que se obtienen por unión de tiras simplemente cosidas en espiral.

Posición Arancelaria

Sección

XII - CALZADO, SOMBREROS Y DEMÁS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LÁTIGOS, FUSTAS, Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLO

Capítulo

65 – Sombreros, demás tocados, y sus partes

Partida

65.06 – Los demás sombreros y tocados, incluso guarnecidos.

Sub-Partida

6506.10.00.00 – Cascos de seguridad

Información Arancelaria

  • SALVAGUARDIA: 0,0%
  • ANTIDUMPING: 0,0%
  • IVA: 12%
  • AD VALOREM: 30%
  • FODINFA: 0,5%
  • UNIDAD FÍSICA: Unidades

Información Para - arancelaria

  • PROHIBICIÓN: Salida o Ingreso a la República de Corea de la mercancía.

Conclusiones

Se concluye que debido al análisis merceológico y arancelario aplicado y en aplicación a las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) 1 y 6, la mercancía se clasifica dentro del Arancel del Ecuador (Sexta Enmienda), en la partida arancelaria 65.06, subpartida arancelaria “6506.10.00.00 – Cascos de seguridad.”.

Recomendaciones

Con la finalidad de clasificar de manera correcta una mercancía se debe tomar en cuenta su descripción, características y valores; así mismo, se debe contrastar y verificar la información recolectada con el Arancel de Importaciones y sus respectivas notas explicativas, para su mayor facilidad al momento de clasificar.

Fuentes

Comité de Comercio Exterior. (n.d.). REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACION DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMUN - NANDINA. Gob.Ec. Retrieved October 30, 2022, from https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/ARANCEL_FINAL_1_DE_ENERO_R93.pdf

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunida Andina.

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales