CLASIFICIACION DE TUBO DE COBRE REFINADO

CLASIFICIACION DE TUBO DE COBRE REFINADO

 

Descripción del Producto

El tubo de cobre refinado es un tipo de tubería fabricada con cobre que ha sido procesado y purificado para eliminar impurezas y obtener un material de alta calidad. El cobre refinado es conocido por su excelente conductividad térmica y eléctrica, lo que lo convierte en un material muy utilizado en diversas aplicaciones industriales y domésticas.

El cobre es un metal que se caracteriza por su brillo y su tonalidad rojiza. Es uno de los metales que más se utilizan, debido a su gran capacidad para conducir  electricidad, que permite que sea utilizado en la fabricación de piezas electrónicas y eléctricas, y en la producción de cables. Asimismo, el cobre es un material maleable y dúctil que nunca pierde sus propiedades mecánicas.

Usos y función

El cobre es uno de los mejores conductores eléctricos conocidos. Por lo tanto, los tubos de cobre refinado también se emplean en la industria eléctrica para la fabricación de cables, conectores y otros componentes que requieren una excelente conductividad eléctrica.

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de las mercaderías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Para poder saber cuáles son las reglas para aplicar hay que saber cuál es la composición de la mercancía a clasificar y además de ello conocer el arancel del ecuador y analizar si la mercancía a clasificar puede estar contenida en uno o varios capítulos.

 

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

 

Según el apartado I) de la nota explicativa: La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos, y con el fin de determinar la partida arancelaria, se considera la aplicación de la Regla General Interpretativa 1 , ya que el artículo tiene un valor indicativo ya que su Clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección.

Por lo que se considerará la partida 74.11 Tubos de Cobre.


Una vez determinada la partida se considerará la siguiente regla para determinar la subpartida arancelaria a 10 dígitos

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

En consecuencia, si en el marco de una misma partida, pueden tomarse en consideración, de acuerdo con la Regla 3 a), dos o más subpartidas con un guion, debe apreciarse la especificidad de cada una de estas subpartidas con un guion en relación con un artículo determinado en función exclusivamente de su propio texto. Cuando ya se ha hecho la elección de la subpartida con un guion más específica y está subdividida, entonces, y sólo entonces, interviene el considerar el texto de las subpartidas a dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.

De esta forma, la subpartida que se toma en consideración es:

7411.10.00.00  -  De Cobre Refinado.



NOTAS EXPLICATIVAS:

Nota de Capítulo

  1. h) Tubos

Los productos con un solo hueco cerrado, de sección transversal constante en toda su longitud, en forma de círculo, óvalo, cuadrado, rectángulo, triángulo equilátero o polígono regular convexo, enrollados o sin enrollar y cuyas paredes sean de espesor constante. También se consideran tubos, los productos de sección transversal en forma de cuadrado, rectángulo, triángulo equilátero o polígono regular convexo, que tengan las aristas redondeadas en toda su longitud, siempre que las secciones transversales interior y exterior tengan la misma forma, la misma disposición y el mismo centro. Los tubos que tengan las secciones transversales citadas anteriormente pueden estar pulidos, revestidos, curvados, roscados, taladrados, estrechados o abocardados, tener forma cónica o estar provistos de bridas, collarines o anillos.

Nota Explicativa de la partida 74.11

Los tubos se definen en la Nota 1 h) de este Capítulo.

La mayor parte de los tubos de cobre no tienen soldadura, pero en algunos casos pueden obtenerse soldando los bordes de tiras o por otros métodos. Los tubos sin soldadura se obtienen generalmente por perforado y extrusión de un tocho para obtener un esbozo que se lamina o estira a través de una matriz de las dimensiones deseadas. En algunos casos, los tubos pueden extruirse ya a la dimensión final sin estirado.

Los tubos de cobre tienen numerosas aplicaciones en la industria (principalmente en la fabricación de aparatos para cocer, calentar, enfriar, destilar, rectificar o evaporar) y se utilizan en la industria de la construcción para las conducciones de aprovisionamiento de agua o de gas para uso doméstico o general. Los tubos de condensadores de aleaciones de cobre se utilizan ampliamente en los barcos e instalaciones hidráulicas por su elevada resistencia a la corrosión, especialmente a la corrosión marina.

Se excluyen de esta partida:}

  1. a) Los perfiles huecos, incluidos los tubos de aletas obtenidos por extrusión (partida 74.07). b) Los accesorios de tubería (partida 74.12).
  2. c) Los tubos con aletas aplicadas, por ejemplo, por soldadura (partida 74.19, generalmente). d) Los tubos flexibles (partida 83.07). 
  3. e) Los tubos transformados en manufacturas identificables clasificadas en otros Capítulos, principalmente los órganos de máquinas (Sección XVI). 

 

N.E. Pág. 833-834  -Tomo II, Sexta Enmienda del Sistema Armonizado

 

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

 

  • SECCIÓN: XV: Metales comunes y manufacturas de estos metales 
  • CAPÍTULO 74: Cobre y sus manufacturas
  • PARTIDA 74.11 : Tubos de Cobre 
  • SUBPARTIDA:  7411.10.00.00  - De cobre Refinado 



TRIBUTOS ADUANEROS

AD VALOREM

0% 

IVA

12%

FODINFA

0.5%

NOTA: Su forma de aplicación es a base imponible.

 

RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES (MEDIDAS PARA-ARANCELARIAS)

  • RESTRICCIONES: No aplica
  • PROHIBICIÓN: República Popular Democrática de Corea del Norte

CONCLUSIÓN

En virtud del análisis y la composición de un tubo de cobre refinado   , se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que se clasifica en la subpartida 7411.10.00.00 , cuenta con un arancel ad valorem del 0 %, y esta información es de gran importancia para el importador ya que puede analizar la cantidad que vaya importar, aquí también se incluyen los impuestos como es el IVA y al FODINFA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y para su correcta clasificación se empleó las notas explicativas de sección y de capítulo.

RECOMENDACIONES

Es importante revisar y verificar la información del producto, para que se realice un proceso adecuado clasificación arancelaria del producto puesto que con una buena clasificación se evite posibles multas y la agilización de los procesos aduaneros. También es necesario consultar en el arancel del ecuador, para poder consultar con rapidez y facilidad los tributos fijos a pagar correspondientes a cada producto con su subpartida, así como también sus restricciones y prohibiciones, siempre tomando en cuenta la vigencia de las resoluciones.

Referencias

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Arancel del Ecuador, Pag. 270-271. (Ecuador, 2017)

SENAE browser. Adm. De nomenclatura y características de mercancías. Fecha de recuperación: 13-11-2022: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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