CLASIFICASIÓN VAGONES CISTERNA

VAGONES CISTERNATank_cars_2011_G01.jpg?profile=RESIZE_180x180

Descripción del producto

Los vagones cisterna son vagones ferroviarios diseñados para el transporte de líquidos, gases licuados, y productos que fluyen libremente. Consisten en un depósito cilíndrico montado sobre un bastidor con ruedas, acoplado a una locomotora.

Características principales:

- Tanque o depósito cilíndrico: fabricado en acero al carbono de alta resistencia, con espesores de 15mm a 20mm. Diámetros de 2 a 3.5 metros y longitudes de 10 a 15 metros. Capacidad de 20,000 a 60,000 litros.

- Recubrimientos internos: utilizan pinturas epóxicas, cauchos sintéticos o aleaciones especiales de zinc/aluminio para resistir corrosión y productos químicos. Se aplican sobre superficies previamente granalladas.

- Aislamiento térmico: se emplean espumas rígidas de poliuretano inyectadas entre el tanque y una cubierta exterior. Reduce la transferencia de calor y mantiene la temperatura del contenido.

- Sistemas de carga/descarga: incluyen mangueras, válvulas, conexiones de brida, brazos articulados de carga. Las válvulas son operadas neumáticamente y cuentan con seguros contra aperturas accidentales.

- Equipos de seguridad: válvulas de alivio de presión, discos de ruptura, detectores de gases, alarmas sonoras y visuales. Controlados remotamente desde la locomotora.

- Bogies y suspensión: utilizan sistemas de resortes y amortiguadores hidráulicos para suavizar movimientos. Transmiten las cargas al chasis principal. Frenos neumáticos en cada rueda.

- Conexiones eléctricas: cables a lo largo del tren para sistema de iluminación, controles, válvulas motorizadas. Se alimentan desde la locomotora.

Reglas generales interpretativas, notas explicativas y clasificación arancelaria

Los Principios Generales de Interpretación del Sistema Armonizado son fundamentos clave que guían la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el fin de establecer la categoría arancelaria correspondiente a nivel de partida.

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

Analizando el capítulo 86, Nota 1 (f) indica que este capítulo comprende los vagones y vagones cisterna para el transporte sobre carriles o rieles.

La nota explicativa de la partida 8606 menciona que los vagones cisterna están diseñados para transportar líquidos, gases liquefactos, pastas y otros productos que fluyen libremente.

Clasificación Arancelaria

Sección

Sección XVII MATERIAL DE TRANSPORTE

Capítulo 86

Vehículos y material para vías férreas o similares, y sus partes; aparatos mecánicos (incluso electromecánicos) de señalización para vías de comunicación.

Partida

 8606: Vagones para transporte de mercancías sobre carriles (rieles).

Subpartida

 8606.10.00: Vagones cisterna y similares

 Tributos Aduaneros

 Los principales tributos aduaneros que se aplican a la importación de vagones cisterna en Ecuador son:

 - Arancel ad valorem: Es un impuesto que se aplica sobre el valor CIF (Costo, Seguro y Flete) de la mercancía importada. Para los vagones cisterna la tasa arancelaria es del 20%.

 - Impuesto al Valor Agregado (IVA): Es el 12% sobre la base imponible, que incluye el valor CIF + arancel + impuestos.

 - Ad Valorem por el Fondo de Desarrollo para la Infancia (FODINFA): Es el 0.5% adicional al arancel, aplicable a la importación de vehículos.

 - Incremento Impuesto a los Consumos Especiales (ICE): 0%

 -Arancel Externo Común (AEC): 0%.

- ICE ADVALOREM: 0%.

 -ANTIDUMPING: Es el 0%.

 -Porcentaje Techo Consolidado SAFP: Es el 0%.

 -SALVAGUARDIA: Es el 0%.

 El importador debe considerar estos costos adicionales al valor del producto.

 De acuerdo con la legislación aduanera de Ecuador, las principales prohibiciones y restricciones para la importación de vagones cisterna son:

 Prohibiciones:

Prohibiciones en la República de Corea del Norte

 Restricciones:

No tiene restricciones.

 Conclusión:

En conclusión, los vagones cisterna son bienes de capital sujetos a rigurosas normas técnicas y de seguridad, por lo que su importación requiere una planificación meticulosa, el importador debe asegurarse que el vagón cisterna cumpla con todas estas prohibiciones y restricciones impuestas por la Aduana del Ecuador antes de proceder con una importación. La correcta clasificación arancelaria en las subpartidas 8606.10.00 es fundamental para aplicar el arancel ad-Valorem del 20% correspondiente.

 Recomendación:

El importador debe verificar previamente el cumplimiento de las dimensiones, materiales, dispositivos de seguridad, y demás regulaciones técnicas obligatorias para estos vehículos ferroviarios. Además, es esencial contratar una agencia de aduanas o un despachante de confianza para gestionar permisos, licencias, inspecciones y el proceso de nacionalización ante las autoridades competentes.

 Referencias

 

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales