12373688275?profile=RESIZE_710x

 

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:

 

La lana de cachemira, extraída de las cabras de la región de Cachemira en India, Pakistán, China y Mongolia, destaca por su excepcional suavidad y delicadeza. Este lujoso material es conocido por su ligereza, proporcionando una calidez envolvente sin añadir volumen a las prendas. Su capacidad de aislamiento térmico convierte a la cachemira en una opción preferida para prendas de invierno, brindando confort y elegancia.

Aunque es delicada, con el cuidado adecuado, la cachemira puede ser duradera y resistente. Su asociación con la alta calidad y el estilo refinado la hace popular para suéteres, chales y accesorios de moda. A pesar de su renombre, la cachemira a menudo se asocia con un costo más elevado, reflejo de su proceso de obtención y las características únicas que la distinguen. Con el creciente enfoque en la sostenibilidad, los consumidores también buscan marcas que respalden prácticas éticas en la producción de cachemira.

 

Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

 

REGLA 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo.

 

REGLA 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

El producto se clasifica dentro de:

 

Sección XI

Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 51

Lana y pelo fino y ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida 51.05

Lana y pelo fino u ordinario, cardados o peinados (incluida la lana peinada a granel)

Subpartida 5103.31.00.00

De cabra de Cachemira

 

NOTAS EXPLICATIVAS

 

51.05 LANA Y PELO FINO U ORDINARIO, CARDADOS O PEINADOS (INCLUIDA LA “LANA PEINADA A GRANEL”). El cardado, que se realiza por medio de máquinas denominadas cardas, tiene por objeto desenredar las fibras, ponerlas en sentido más o menos paralelo y quitarles completamente o en su mayor parte, las impurezas que pueden todavía retener, sobre todo las vegetales. Las fibras se presentan entonces en forma de velos (napas) o cintas. Si se desea obtener productos cardados, los velos se dividen longitudinalmente en varias secciones, que se arrollan sobre sí mismas en forma de mechas para aumentar la cohesión de las fibras y facilitar la transformación en hilados. Estas mechas se colocan entonces en bobinas y pueden utilizarse directamente, en esta forma, en la hilatura.

NOTAS DE CAPÍTULO

En la Nomenclatura se entiende por:

  1. lana, la fibra natural que recubre los ovinos;
  2. pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora («mohair»), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera;
  3. pelo ordinario, el pelo de los animales no citados anteriormente, excepto el pelo y las cerdas de cepillería (partida05.02) y la crin (partida 05.11).

 

 

TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA

 

Arancel Ad-Valorem

0%

FODINFA

IVA

0.5%

12%

Medidas de restricción y prohibición

 

Código de requisito: Presentación de documentos de control previo.

Código de Régimen: Admisión temporal para perfeccionamiento activo

Tipo de restricción: Presentación de requisito – Agencia de regulación y control fito y zoosanitario - Agrocalidad

 

 

CONCLUSIÓN

La clasificación arancelaria de la lana de cachemira ha sido un paso crucial para establecer una estructura coherente en el comercio internacional de esta fibra preciosa. La precisión en la clasificación proporciona una base robusta para la aplicación de tarifas y normativas aduaneras, promoviendo la transparencia y la equidad en las transacciones comerciales. Este proceso brinda claridad y seguridad a los actores comerciales, facilitando un entorno propicio para el intercambio eficiente de la lana de cachemira en el mercado global.

 

RECOMENDACIÓN:

Para asegurar un aprovechamiento óptimo de este recurso textil, se recomienda a los participantes en el comercio de la lana de cachemira que estén atentos a las actualizaciones y revisiones en las clasificaciones arancelarias pertinentes. Es crucial mantenerse informado sobre las normativas vigentes para garantizar el cumplimiento y evitar posibles inconvenientes en las transacciones. Además, se alienta a las partes interesadas a abogar por prácticas sostenibles y éticas en la producción y comercio de la lana de cachemira. Este enfoque contribuirá no solo a preservar la calidad de la fibra, sino también al bienestar de las comunidades productoras, promoviendo así un comercio justo y sostenible en la industria de la cachemira.

 

Referencias:

 

RESOLUCIÓN No. 020-2023 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales