CLASIFICACION DE FREGADERO DE ACERO INOXIDABLE

CLASIFICACION DE FREGADERO DE ACERO INOXIDABLE

Descripción del Producto

Un fregadero de acero inoxidable es un componente esencial en la mayoría de las cocinas modernas. Se trata de un lavabo diseñado específicamente para lavar platos, utensilios de cocina y alimentos, así como para la limpieza general. Está construido con acero inoxidable, un material muy apreciado por sus características duraderas y resistentes.

 

Usos y función

Estos fregaderos se utilizan comúnmente en cocinas comerciales o zonas de lavado en espacios donde se manipulan los alimentos debido a su capacidad para soportar el uso intensivo y las altas temperaturas asociadas con la preparación de alimentos

 

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de las mercaderías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Para poder saber cuáles son las reglas para aplicar hay que saber cuál es la composición de la mercancía a clasificar y además de ello conocer el arancel del ecuador y analizar si la mercancía a clasificar puede estar contenida en uno o varios capítulos.

 

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

 

 A fin de determinar la partida arancelaria, se considera la aplicación de la Regla General Interpretativa 1 , ya que el artículo tiene un valor indicativo ya que su Clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas De sección

 

Por lo que se considerará la partida 73.24 , Artículos de higiene o tocador, y sus partes, de fundición, hierro o acero.

 

Una vez determinada la partida se considerará la siguiente regla para determinar la subpartida arancelaria a 10 dígitos

 

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

 

Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida

 

De esta forma, la subpartida que se toma en consideración es:

7324.10.00.00  -  - Fregaderos (piletas de lavar) y lavabos, de acero inoxidable

 

NOTAS EXPLICATIVAS:

 Esta partida comprende un gran número de artículos no expresados ni comprendidos de una manera más específica en otras partidas de la Nomenclatura y que se utilizan para la higiene o el aseo.

 Estos artículos pueden ser de fundición, hierro o acero, en chapa, fleje, alambre, enrejados o telas de hierro o acero y obtenerse por cualquier procedimiento (moldeado, forjado, estampado, embutido, etc); pueden tener asas, tapaderas y otros accesorios de otras materias o estar constituidos parcialmente por otras materias, siempre que conserven el carácter de objetos de fundición, hierro o acero.

 Entre estos artículos se pueden citar: las bañeras, bidés, baños de asiento, lavapiés, fregaderos, lavabos, fuentes, lavamanos, cubetas, jaboneras, esponjeras, pilas para duchas, irrigadores y lavativas, cubos higiénicos, orinales, cuñas y chatas, inodoros, cisternas, incluso con mecanismo, escupideras o portarrollos de papel higiénico. }

Se excluyen de esta partida:

  1. a) Los bidones, cajas y recipientes similares, de la partida 73.10.
  2. b) Los pequeños armarios de farmacia o de tocador para colgar y demás muebles del Capítulo 94

N.E. Pág. 825  -Tomo II, Sexta Enmienda del Sistema Armonizado

 

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

 

  • SECCIÓN: XV: Metales comunes y manufacturas de estos metales 
  • CAPÍTULO 73: Manufacturas de fundición, hierro o acero 
  • PARTIDA 73.24: Artículos de higiene o tocador, y sus partes, de fundición, hierro o acero
  • SUBPARTIDA:  7324.10.00.00  - Fregaderos (piletas de lavar) y lavabos, de acero inoxidable  

 

TRIBUTOS ADUANEROS

AD VALOREM

15% 

IVA

12%

FODINFA

0.5%

NOTA: Su forma de aplicación es a base imponible.



RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES (MEDIDAS PARA-ARANCELARIAS)

  • RESTRICCIONES: No aplica
  • PROHIBICIÓN: República Popular Democrática de Corea del Norte.

CONCLUSIÓN

 

En virtud del análisis y la composición del fregadero de acero inoxidable  , se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que se clasifica en la subpartida 7324.10.00.00 , cuenta con un arancel ad valorem del 15 %, y esta información es de gran importancia para el importador ya que puede analizar la cantidad que vaya importar, aquí también se incluyen los impuestos como es el IVA y al FODINFA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y para su correcta clasificación se empleó las notas explicativas de sección y de capítulo.

 

RECOMENDACIONES

Es importante revisar y verificar la información del producto, para que se realice un proceso adecuado clasificación arancelaria del producto puesto que con una buena clasificación se evite posibles multas y la agilización de los procesos aduaneros. También es necesario consultar en el arancel del ecuador, para poder consultar con rapidez y facilidad los tributos fijos a pagar correspondientes a cada producto con su subpartida, así como también sus restricciones y prohibiciones, siempre tomando en cuenta la vigencia de las resoluciones.

Referencias

 

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Arancel del Ecuador, Pag. 270-271. (Ecuador, 2017)

SENAE browser. Adm. De nomenclatura y características de mercancías. Fecha de recuperación: 13-11-2022: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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