- INTRODUCCIÓN
La horma es una pieza de madera que imita las dimensiones y perfil de un pie humano. En sentido originario, horma de zapatero indica el molde donde se monta la cara del zapato, para coserla manualmente a la suela de cuero; dicho cometido es actual, propio de los zapatos a medida, donde los operarios trabajan con la horma del cliente.
Se elaboran y comercializan por pares (de acuerdo a las tallas requeridas), ya que son diferentes las correspondientes al pie derecho y al izquierdo.
- REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA
Para determinar la clasificación arancelaria del producto es necesario la utilización de las siguiente Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicara siempre.
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.
RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.
- NOTAS EXPLICATIVAS
6) Las hormas de madera para la fabricación de calzado, así como los ensanchadores y tensores de madera para conservar la forma del calzado o agrandarlo.
- POSICIÓN ARANCELARIA
Sección
SECCIÓN IX MADERA, CARBÓN VEGETAL Y MANUFACTURAS DE MADERA; CORCHO Y SUS MANUFACTURAS; MANUFACTURAS DE ESPARTERÍA O CESTERÍA
Capítulo
44 Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera
Partida
44.17 HERRAMIENTAS, MONTURAS Y MANGOS DE HERRAMIENTAS, MONTURAS Y MANGOS DE CEPILLOS, BROCHAS O ESCOBAS, DE MADERA; HORMAS, ENSANCHADORES Y TENSORES PARA EL CALZADO, DE MADERA.
Sub-Partida
4417.00.90.00 - Los demás
- INFORMACIÓN ARANCELARIA
Arancel Advalorem 15%
Arancel Específico $0.00
Fodinfa 0.50%
I.V.A.12%
I.C.E.0%
Unidad Físicas: Número de Unidades
- CONCLUSIONES
En virtud del análisis merceológico y arancelario aplicado a la información técnica investigada, e concluye que, en aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) 1 y 6, para la mercancía denominada comercialmente con el nombre de “TENSORES DE MADERA PARA CALZADO”, se clasifica dentro del Arancel del Ecuador, en la partida arancelaria 44.17 subpartida arancelaria “4417.00.90.00”.
Tomar muy en cuenta las preferencias que se tiene con diferentes países enfocados en diferentes tratados incluidos CAN, MERCOSUR, donde presentando certificados de origen pertinentes se accede a liberación de aranceles.
- REFERENCIAS
SENAE. (s/f). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Gob.Ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
(S/f). Gob.ec. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
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