CLASIFICACIÓN ARANCELARIA – PAPER TAPE ROLL

Es una cinta adhesiva de papel con adhesivo de caucho natural. Se utiliza mucho en trabajos de decoración, bricolaje y pintura, con un nivel de protección alto en superficies. No deja restos cuando se retira de la superficie en la que está pegada y se adapta a cualquier material.

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 REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que,

  1. La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

  1. Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

En consecuencia, si en el marco de una misma partida, pueden tomarse en consideración, de acuerdo con la Regla 3 a), dos o más subpartidas con un guion, debe apreciarse la especificidad de cada una de estas subpartidas con un guion en relación con un artículo determinado en función exclusivamente de su propio texto. Cuando ya se ha hecho la elección de la subpartida con un guion más específica y está subdividida, entonces, y sólo entonces, interviene el considerar el texto de las subpartidas a dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.

 

DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS

Nota Explicativa de la partida 4811

El papel y cartón sólo se clasifican en esta partida si se presentan en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, cualquiera que sea su tamaño. Si se presentan cortados de otra forma, se clasifican en una de las partidas posteriores de este Capítulo (por ejemplo, partida 48.23). Salvo lo dispuesto anteriormente y las exclusiones recogidas en el texto de la partida y al final de esta Nota explicativa, están comprendidos aquí los productos siguientes presentados en bobinas (rollos) o en hojas:

  1. El papel y cartón para la fabricación de envases para bebidas y otros productos alimenticios, con textos e ilustraciones impresos relativos a las mercancías que va a contener, recubiertos en las dos caras de una fina capa transparente de plástico, incluso forrados con una lámina metálica (en la cara que constituirá la parte interior del envase), están también clasificados en esta partida. Estos productos pueden estar plegados y marcados previamente para facilitar el corte en el momento de la fabricación de envases individuales

POSICIÓN ARANCELARIA

  • Partida: Papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, estucados, recubiertos, impregnados o revestidos, coloreados o decorados en la superficie o impresos, en bobinas (rollos) o en hojas de forma cuadrada o rectangular, de cualquier tamaño, excepto los productos de los tipos descritos en el texto de las partidas 48.03, 48.09 ó 48.10.
  • Subpartida: 4811594000 - - - - Para aislamiento eléctrico

 MEDIDAS ARANCELARIAS

Código  de Tributo

Valor del Tributo

Fecha de Inicio de Vigencia

FODINFA

0.5

01/Sept/2017

IVA

12

Arancel Advalorem

5

Fuente: SENAE (2017)

 MEDIDAS PARARANCELARIAS

Código  de Régimen

Tipo de Restricción

Código de Requisito

Código de País de Origen

Fecha de Vigencia

Importación a consumo

Prohibición

DCP

República Corea, Popular Democrática

09/Feb/2018

Fuente: SENAE (2018)

 

CONCLUSIÓN

Los residuos de cervecería se lo han clasificado en la subpartida 4811.59.40.00, la misma que mantiene un advalorem del 5%, IVA y FODINFA, además tiene una medida de restricción y prohibición con requisito de DCP para Corea del Norte. Se utilizaron las Reglas generales interpretativas 1 y 6, ya que el nombre del producto se lo puede encontrar en el título y subtitulo de la partida y subpartida, respectivamente.

 

 FUENTES

 

 Autor: María de los Angeles Romero

 

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