Clasificación Arancelaria - Papel Filtro

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Descripción del producto

El papel filtro se utiliza para realizar procesos de separación de elementos sólidos en las sustancias. Este es circular y está hecho de derivados de celulosa, al igual que el resto de los papeles o telas. Siendo esta una membrana hallada en las células vegetales; el papel suele elaborarse a partir de la celulosa que se extrae de la madera.

La filtración es un proceso en el que se separa elementos sólidos de un líquido; los mismos pueden ser grandes o difícilmente perceptible. El papel filtro está hecho de tal forma que sea resistente a las sustancias, es decir, no se va a deshacer como ocurre con otros tipos de papeles ante un líquido. Por lo cual, el papel necesita ser lo suficientemente resistente para soportar el traspaso del líquido a través de él; reteniendo elementos sólidos pero permitiendo que la sustancia lo atraviese.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaría del producto antes mencionado se lo determina en base a las siguientes Reglas Interpretativas: 

  • Regla de Interpretación Arancelaria 1: los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, conforme lo determinado en la Regla 2.  
  • Regla de Interpretación Arancelaria 6: la clasificación de mercancía en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Posición arancelaria

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Notas de capítulo

  1. En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2.
  2. Este Capítulo no comprende:
  • los artículos del Capítulo 30;
  • las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;
  • los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33);
  • el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida 34.05);
  • el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04;
  • el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22);
  • el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de este último sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39);
  • los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo: artículos de viaje);
  • los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería);
  • los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI);
  • los artículos de los Capítulos 64 ó 65;
  • los abrasivos aplicados sobre papel o cartón (partida 68.05) y la mica aplicada sobre papel o cartón (partida 68.14); por el contrario, el papel o cartón revestidos de polvo de mica se clasifican en este Capítulo;
  • las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente Secciones XIV o XV);
  • los artículos de la partida 92.09;
  • los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
  • los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: botones, compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés).

       3. Salvo lo dispuesto en la Nota 7, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de               acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, así como el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, coloreados o jaspeados en la masa por cualquier procedimiento.                     Salvo lo dispuesto en la partida 48.03, estas partidas no se aplican al papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que hayan sido tratados de otro modo.

       4. Salvo disposición en contrario en los textos de partida, el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que puedan clasificarse en dos o más de las partidas 48.01 a 48.11, se clasifican en la que, de entre             ellas, figure en la Nomenclatura en último lugar por orden de numeración.

       5. En las partidas 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que se presenten en una de las formas siguientes:

  • tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o
  • hojas en forma cuadrada o rectangular en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar.

Notas explicativas

Esta partida comprende el papel y cartón sin estucar ni recubrir fabricado mecánicamente, en bobinas (rollos) u hojas, con excepción de los artículos comprendidos en las partidas 48.01 a 48.04. Sin embargo, se excluyen ciertos papeles, cartones especiales o artículos especiales (partidas 48.06 a 48.08 y partidas 48.12 a 48.16), así como el papel y cartón sometido a tratamientos distintos de los autorizados por la Nota 3. Por ejemplo, el papel o cartón recubierto o impregnado de las partidas 48.09 a 48.11.

Entre los papeles y cartones de esta partida, se pueden citar:

  • El papel semiquímico para acanalar definido en la Nota de subpartida 3 de este Capítulo.
  • El papel y cartón multicapas que se obtiene comprimiendo en húmedo dos o más capas de pasta de las que, una por lo menos, tiene características diferentes de las otras. Estas diferencias pueden proceder de la naturaleza de la pasta (por ejemplo, pasta de fibras recicladas) o del procedimiento de obtención (por ejemplo, pasta mecánica, pasta química), o, para pastas de la misma naturaleza y obtenidos por los mismos procedimientos, del grado de elaboración de la pasta (por ejemplo, cruda, blanqueada o coloreada).
  • El papel sulfito para envolver definido en la Nota 6 de subpartida de este Capítulo. El término “fibras de madera” en este punto no comprende las fibras de bambú.
  • El papel y cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té).
  • El papel y cartón fieltro.
  • El papel secante.

Subpartida 4805.40

El papel y el cartón filtro son productos porosos, exentos de fibras de madera obtenidos por procedimiento mecánico o semiquímico, sin encolar, destinados a retener las partículas sólidas contenidas en líquidos o gases. Se obtienen a partir de pasta de trapos o de pasta química o de una mezcla de estas pastas y también pueden contener fibras sintéticas o fibras de vidrio. La dimensión de los poros está determinada por la de las partículas que deben quedar retenidas. Se pueden citar principalmente los papeles y cartones filtro para la fabricación de saquitos (o bolsas) de té, de filtros de café, de filtros para automóviles así como los papeles y cartones para filtros de análisis, que no deben ser ni ácidos ni alcalinos y deben tener un bajo contenido de cenizas.

Información arancelaria

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Información pararancelaria

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Conclusión

El Capítulo 48 engloba a todo lo relacionado con el papel y el cartón; hay que recordar que estos provienen de derivados de celulosas; este capítulo comprende el papel y de igual manera incluye al cartón sin tener en cuenta el espesor o el peso.

Recomendación 

Para la correcta clasificación en el capítulo 48 se necesita especificar correctamente cuál es el material y la forma con la que se produce el producto; puesto a que existe subpartidas donde nombran las mismas mercancías pero con diferente forma o composición y un error en la clasificación no nos dejaría saber acertadamente los tributos a pagar.

Fuente

Papel de Filtro. Materiales de Laboratorio. https://materialeslaboratorio.com/papel-de-filtro/

Reglas de Interpretación Arancelaria NANDINA. 6 de Enero de 2023. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglasdeinterpretacion-arancelaria-nandina/

Resolución – Comex – 020 – 2017 Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Consulta de Arancel Nacional del Ecuador. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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