CLASIFICACIÓN ARANCELARIA NAVAJAS DE AFEITAR

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA NAVAJAS DE AFEITAR

Una navaja de afeitar es una navaja de filo agudísimo, hecha de acero muy templado, que sirve para afeitar la barba. Se le llama también navaja barbera o simplemente barbera. Una navaja de afeitar manejada con destreza sobre un rostro humedecido y enjabonado deja la piel lisa y libre de vello. En 2021, las entidades federativas con más ventas internacionales en Navajas y Máquinas de Afeitar y sus Hojas (Incluidos los Esbozos en Fleje) fueron Estado de México (US$366M), Sonora (US$144M), Baja California (US$22.1M), Ciudad de México (US$538k) y Nuevo León (US$297k).

REGLA GENERAL INTERPRETATIVA

REGLA 1

Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

La Regla 1 comienza pues, disponiendo que los títulos sólo tienen un valor indicativo. Por tanto, de ellos no puede deducirse ninguna consecuencia jurídica para la clasificación

Esto supone que lo que determina la clasificación de la mercancía es el texto de las partidas y de las notas de sección o capítulo y, si fuera necesario (y no son contrarias a estos textos), las demás reglas (2, 3, 4 y 5). Los títulos, en cambio, sólo son informativos, pero no tienen consecuencia jurídica respecto a la clasificación de la mercancía como se mencionó anteriormente. 

 

REGLA 6

La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  1. por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guión (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

En consecuencia, si en el marco de una misma partida, pueden tomarse en consideración, de acuerdo con la Regla 3 a), dos o más subpartidas con un guión, debe apreciarse la especificidad de cada una de estas subpartidas con un guión en relación con un artículo determinado en función exclusivamente de su propio texto. Cuando ya se ha hecho la elección de la subpartida con un guión más específica y está subdividida, entonces, y sólo entonces, interviene el considerar el texto de las subpartidas a dos guiones para determinar cuál de ellas debe mantenerse finalmente.

DEFINICIÓN DE NOTAS EXPLICATIVAS

NOTA EXPLICATIVA PARTIDA 8212

Esta partida comprende:

 1) Las navajas de afeitar, incluidas las hojas, aunque estén sin terminar, así como los mangos de metal común.

2) Las maquinillas de afeitar, así como las partes de metal común y las hojas, incluso sin terminar. 3) Las maquinillas de afeitar de plástico presentadas con las hojas.

 Se clasifican aquí igualmente las afeitadoras mecánicas accionadas a mano, que funcionan como las eléctricas, así como sus hojas, cuchillas, peines, contrapeines y cabezas. Con los términos esbozos en fleje, también comprendidos aquí, se designan los flejes de acero de longitud indeterminada, perforados, incluso templados, para la fabricación de cuchillas u hojas de afeitar, así como los flejes en los que está ya trazada a intervalos regulares la forma de las hojas, que se separan con una ligera presión.

 Se excluyen de esta partida:

  1. a) Las maquinillas de afeitar de plástico, presentadas sin las hojas (partida 39.24).
  2. b) Las máquinas de afeitar eléctricas, así como las cabezas, peines, contrapeines, hojas y cuchillas de estas mismas máquinas (partida 85.10)

MEDIDAS ARANCELARIAS

CÓDIGO TRIBUTARIO

VALOR TRIBUTARIO

FECHA

FODINFA

0.5%

1 DE SEPTIEMBRE DE 2017

IVA

12%

ADVALOREM

30%

 

MEDIDAS PARARANCELARIAS

CÓDIGO DE RÉGIMEN

TIPO DE RESTRICCIÓN

CÓDIGO DE REQUISITO

FECHA DE INICIO DE VIGENCIA

IMPORTACIÓN A CONSUMO

PROHIBICIÓN

DCP

09/02/2018

 

EXPORTACIONES

 

Según el grafico podemos observar que el principal exportador de este producto es Polonia seguido de México, durante los últimos años estos dos países se han encargado de comercializar este producto alrededor del mundo siendo los más aceptados por la buena calidad que ambos poseen

IMPORTACIONES

Fué el producto número 1184to más comercializado en el mundo, siendo comercializado por un total de $2,16MM. El principal país importador es China seguido de Estados Unidos es muy fácil determinar las razones por las cuales estos dos países importan grandes cantidades de este producto pues el numero de su población es alto. Ademas en el país asiático lo importante siempre es lucir bien

CONCLUSIÓN

Al ser productos de uso diario es muy fácil determinar porque razones ocupan un buen lugar en la tabla de exportaciones, a su vez es muy importante saber que este valor podrá variar dependiendo de la demanda que tenga este producto en los diferentes países.

RECOMENDACIÓN

Al existir varios tipos de afeitadoras tanto eléctricas como manuales es muy importante conocerlas muy bien al momento de desear clasificarlas pues al cometer un error de estos podríamos terminar pagando más aranceleres o incluso interrumpiendo la adecuada importación de nuestro producto.

REFERENCIAS

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

https://datamexico.org/es/profile/product/knives-and-razors-and-blades-including-blanks-in-strips

https://www.veritradecorp.com/es/Mexico/importaciones-y-exportaciones/navajas-y-maquinas-de-afeitar/821210

https://www.trademap.org/tradestat/Country_SelProduct_TS.aspx?nvpm=3%7c%7c%7c%7c%7c8212%7c%7c%7c4%7c1%7c1%7c2%7c2%7c1%7c2%7c1%7c%7c1

 

 

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