CLASIFICACIÓN ARANCELARIA MARIMBA

Marimba

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Descripción del producto

La marimba es un instrumento musical de percusión de la familia de los idiófonos, es decir, produce sonido al ser golpeado directamente con baquetas o mazos. Se compone de una serie de barras de madera colocadas horizontalmente sobre un marco, que pueden ser de madera o metal, y están afinadas para producir notas musicales específicas.

La marimba tiene su origen en África, pero es más conocida por su presencia en la música tradicional de América Central, especialmente en países como Guatemala y México, donde es considerada un símbolo cultural. Es un instrumento muy versátil que se puede encontrar en una variedad de géneros musicales, desde música folclórica y tradicional hasta jazz, música clásica y contemporánea.

Los intérpretes de marimba usan mazos o baquetas para golpear las barras y producir sonidos. Cada barra está afinada a una nota específica, y las marimbas suelen tener un rango de aproximadamente cuatro a cinco octavas. Al tocar, el músico puede crear melodías, acordes y patrones rítmicos complejos.

Además de las barras de madera, la marimba también tiene tubos resonadores debajo de cada barra, los cuales amplifican y enriquecen el sonido. La combinación de las barras afinadas y los resonadores produce un sonido distintivo y cálido que es apreciado en todo el mundo.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para clasificar la partida de  este producto se debe tomar en cuenta las siguientes normas de las Reglas Generales del Sistema Armonizado en la cual nos guiará en la clasificación arancelaria dentro de la nomenclatura arancelaria. Con la finalidad de mantener un criterio uniforme en la interpretación sobre el Sistema Armonizado evitando distintas codificaciones para una sola mercancía.

Aplicamos  la regla 1 en la cual nos ayudará a determinar por los textos de Partidas y por las Notas de Sección o de Capitulo.

REGA 1.-  Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes:

 

Aplicando la regla 1, nos indica que el marimba se debe clasificar en:

  1. Sección XVIII: Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.
  2. Capítulo 92: Instrumentos musicales; sus partes y accesorios.
  3. Subpartida 00.00.00: Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).

 

Al utilizar la RG1 tenemos una idea más clara de dónde se encuentra el producto, ahora bien con la siguiente norma, podemos determinar la subpartida de la marimba . Ahora bien después de conocer a detalle donde se encuentra el producto en el capítulo 92 en la subpartida 9206.00.00.00, debemos encontrar la subpartida en donde se encuentre la marimba, para lo cual utilizamos la regla 6 que nos permite hacer una referencia a las subpartidas de una misma partida y las notas de las subpartidas como mutatis mutandis.

REGLA 6.- La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. a efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.

 

Los textos y las Notas de subpartida de una misma partida determinan legalmente la clasificación de la mercancía en una subpartida determinada. Para lo cual la marimba clasifica en:

9206.00.00.00

Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas).

 

 

NOTAS EXPLICATIVAS

Se entenderá por instrumentos musicales de percusión aquellos en los que se golpea, con palillos, baquetas o dispositivos análogos, o simplemente con la mano. comúnmente se denominan instrumentos de batería. Los principales instrumentos de este tipo son: A) Los instrumentos de membrana o parche, tales como: 1) Los tamboriles. 2) Los tambores, cajas, bombos, etc., que son cajas cilíndricas de madera o de metal recubiertas en sus dos bases por una piel apergaminada (parche) que se golpea mediante uno o dos palillos o baquetas de madera o una maza de madera recubierta con cuero. 3) Los timbales, cajas semiesféricas de cobre que, generalmente, se apoyan sobre el suelo y son de dimensiones variables, cajas cuya abertura está recubierta con una piel curtida y afinada según una nota determinada sobre la que el ejecutante golpea con una maza o con palillos. 4) Los panderos y las panderetas, constituidos por un aro recubierto con piel y al que se adaptan cascabeles o láminas de cobre que se hacen sonar agitando el instrumento de diversas maneras y golpeándolo con la palma de la mano, o bien, con los dedos o incluso, algunas veces, con los puños o con el codo. 5) Los tam-tams. B) Los demás instrumentos de percusión, tales como: 1) Los platillos, especie de platos circulares que se hacen vibrar generalmente golpeándolos o frotándolos uno con otro o, incluso, golpeando uno de ellos con un mazo. 2) Los gongos (gongos chinos, etc.), compuestos por un plato metálico sobre el que se golpea generalmente con un mazo forrado con piel o fieltro. 3) Los triángulos, varillas de acero dobladas en forma de triángulo equilátero que vibran mediante otra varilla de hierro. 4) Los chinescos con cascabeles y campanillas que suenan cuando se agita el astil de la armadura que los soporta. 5) Las castañuelas, instrumentos formados por dos piezas pequeñas, de madera, de hueso o de marfil, cóncavas en forma de valva, que se sujetan a los dedos o a un mango o empuñadura y se hacen sonar entrechocándolas. 6) Los xilófonos, compuestos por láminas o placas de madera de distinta longitud montadas sobre dos soportes y que se golpean con baquetas. 7) Los metalófonos, especie de xilófonos en los que las láminas de madera se han reemplazado por láminas de metal: de acero o de duraluminio (los xilófonos y los metalófonos suelen llevar, bajo la mesa soporte de las láminas, tubos metálicos de resonancia). También están aquí comprendidos los aparatos similares con láminas de vidrio (tímpanos). 8) Las celestas y similares, utilizadas como instrumentos de batería para sustituir los carillones clásicos y que se presentan en forma de un pequeño piano con pedal y sordinas, tienen como órgano sonoro una gruesa lámina de acero especial que vibra por percusión con un macillo mecánico accionado por las teclas. 9) Las campanas y juegos de campanas, así como los carillones de tubos (serie de tubos colgados de un bastidor, que se golpean con la mano o con un macillo) para orquestas de jazz. 10) Las maracas y similares, instrumentos en forma de esferas huecas o de tubos que producen sonido al agitarlas. 11) Los claves, que consisten en un par de cilindros de madera dura. 12) Los flexátonos, instrumentos formados por una placa metálica, un mango y dos esferas de madera colocadas en cada extremo de la placa a la que hacen vibrar cuando se agita el instrumento, obteniéndose la nota adecuada al curvar la placa más o menos con el dedo pulgar. Algunos de los anteriores instrumentos se suelen combinar de forma que el mismo ejecutante pueda tocar varios a la vez; esto sucede en las orquestas de jazz, donde el bombo accionado en este caso mediante una maza movida por un pedal, está equipado principalmente con platillos, con un gongo, con una caja de resonancia de madera con campanillas o formando xilófono, etc. Los carillones para edificios públicos susceptibles de ejecutar aires musicales permanecen comprendidos en esta partida. Los instrumentos musicales de percusión electrónicos corresponden a la partida 92.07. Se excluyen, además, de esta partida: a) Las campanas, campanillas, timbres, cascabeles, gongos de mesa y carillones de puertas que no sean instrumentos musicales en el sentido de esta partida (partidas 83.06 u 85 31). b) Los carillones y demás piezas de sonería para aparatos de relojería (partida 91.14).

Tributos Aduaneros

Arancel Advalorem

20%

FODINFA

0.5%

IVA

12%

 

Restricciones y Prohibiciones

  • Es de prohibida importación en la República Democrática de Corea
  • Restricciones: Ninguno
  • Requisito: Ninguno
  • Código de régimen: Importación a consumo

 

Conclusiones

En conclusión podemos decir que al aplicar la regla general interpretativa 1 y 6 pudimos clasificar el aceite en la sección XVIII Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medicoquirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos en el Capítulo 92  Instrumentos musicales; sus partes y accesorios en la subpartida  9206.00.00.00 Instrumentos musicales de percusión (por ejemplo: tambores, cajas, xilófonos, platillos, castañuelas, maracas). Para lo cual pudimos llevar a la subpartida señalada con la nota explicativa ya que nos permitió establecer en qué parte de las diferentes secciones, capítulos, subcapítulos, partidas y subpartidas se pudo clasificar la determinada mercancía.

 

Recomendaciones

  • Se recomienda utilizar adecuadamente las normas de las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado de acuerdo a la descripción y uso de la mercancía para darle un correcto manejo de secciones, capítulos y partidas.
  • Dada la complejidad de la nomenclatura arancelaria en virtud a la cantidad masiva de mercancías se recomienda utilizar las notas explicativas ya que permite establecer la identificación y clasificación correcta de las mercancías a clasificar.

Referencias 

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador]. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/ 

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