CLASIFICACIÓN ARANCELARIA – LANA ESQUILADA

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Descripción general:

Artículo: Lana esquilada (sucia)

Se conoce como lana a una fibra animal típica de ciertos animales caprinos (como la oveja) y camélidos (como la llama, la vicuña y la alpaca), obtenidos mediante un proceso llamado esquila. Dicha fibra es empleada en la industria textil como materia prima en la elaboración de prendas de diverso tipo.

En sus distintas versiones, la lana es una fibra gruesa y elástica, que retiene muy bien el calor ya que se trata de un aislante térmico. Por ende, protege del frío tanto a los animales de los que proviene, como a los usuarios de la ropa confeccionada con ella.

La lana está compuesta mayormente por una proteína animal llamada queratina, la misma que en otras condiciones permite la formación de las uñas, pezuñas, plumas, pelo y cuernos en los animales y en el ser humano.

Es una macromolécula insoluble, resistente, que es segregada por células epidérmicas del animal, y por lo general está recubierta de sustancias cerosas y lipídicas como la lanolina.

 

Regla General Interpretativa

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas).

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que,

La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:

Por subpartidas del mismo nivel, bien las subpartidas de un guion (nivel 1), bien las subpartidas con dos guiones (nivel 2).

 

Clasificación arancelaria

Sección XI: ATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida: 51.01 Lana sin cardar ni peinar.

Subpartida: 5101.11.00.00 - - Lana esquilada

 

Medidas arancelarias

Código de tributo

Valor de tributo

AD VALOREM

0%

FODINFA

0,5%

IVA

12%

*El Arancel Específico es un tributo que se calcula por unidad de medida.

 

  

Referencias

Google. (s.f.). Lana. Obtenido de Google: https://thumbs.dreamstime.com/b/lanas-esquiladas-88280858.jpg

Máxima Uriarte, J. (10 de marzo de 2020). LANA. Obtenido de Características: https://www.caracteristicas.co/lana/

Resolución N° 020-2017. (2017).

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