CLASIFICACIÓN ARANCELARIA- JABÓN

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA- JABÓN

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DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

Los jabones orgánicos son aquellos que están fabricados con productos y estratos 100% naturales, los beneficios que este jabón ofrece a la piel da un valor agregado. A parte de fabricarse a base de estos elementos garantizan que estos ingredientes provienen de prácticas agrícolas orgánicas, es decir que no se utilizan elementos químicos para el crecimiento de estos productos.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

RGI N°1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Según el apartado I) de la nota explicativa, señala que,

  • La Nomenclatura presenta en forma sistemática las mercancías que son objeto de comercio internacional. Agrupa estas mercancías en Secciones, Capítulos y Subcapítulos, con títulos tan concisos como ha sido posible, indicando la clase o naturaleza de los productos que en ellos se incluyen. Pero, en muchos casos, ha sido materialmente imposible englobarlos todos o enumerarlos completamente en dichos títulos, a causa de la diversidad y número de los artículos.

RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartida y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartida del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  • Según el inciso a), del apartado II) de la nota explicativa, señala que:
  • Por subpartida del mismo nivel, bien las subpartida de un guion (nivel 1), bien las subpartida con dos guiones (nivel 2).

SECCIÓN VI

PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

NOTAS EXPLICATIVAS CAPITULO 34

Nota 2. En la partida 34.01, el término jabón sólo se aplica al soluble en agua. El jabón y demás productos de esta partida pueden llevar añadidas otras sustancias (por ejemplo: desinfectantes, polvos abrasivos, cargas, productos medicamentosos). Sin embargo, los que contengan abrasivos sólo se clasifican en esta partida si se presentan en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas. Si se presentan en otras formas, se clasifican en la partida 34.05 como pastas y polvos para fregar y preparaciones similares.

NOTA EXPLICATIVA PARTIDA 34.01

  1. JABÓN
  • El jabón de tocador, que suele estar coloreado o perfumado y que comprende: el jabón ligero o flotante para el baño y el jabón desodorante, así como el de glicerina, el de afeitar, el medicinal y algunos jabones desinfectantes o abrasivos mencionados más adelante.
  1. d) El jabón medicinal, que contiene sustancias medicamentosas tales como ácido bórico, ácido salicílico, azufre o sulfonamidas.

 

PARTIDA ARANCELARIA

  • CAPÍTULO 34. Jabón, agentes de superficie orgánicos, preparaciones para lavar, preparaciones lubricantes, ceras artificiales, ceras preparadas, productos de limpieza, velas y artículos similares, pastas para modelar, «ceras para odontología» y preparaciones para odontología a base de yeso fráguale.
  • PARTIDA 3401. Jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos usados como jabón, en barras, panes, trozos o piezas troqueladas o moldeadas, aunque contengan jabón; productos y preparaciones orgánicos tensoactivos para el lavado de la piel, líquidos o en crema, acondicionados para la venta al por menor, aunque contengan jabón; papel, guata, fieltro y tela sin tejer, impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes.
  • SUBPARTIDA 11.00.00- De tocador (incluso los medicinales)

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

  • AD VALOREN: 20%
  • FODINFA: 0,5%
  • IVA: 12%

INFORMACIÓN PARA-ARANCELARIA

  • Restricciones y prohibiciones:

Tipo: Prohibición

Prohibida importación a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte). Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

  • Art 1, de la Resolución Nº 116 del COMEX. - En la nómina de productos sujetos a controles previos de importación e incluye el “Certificado de Reconocimiento” se encuentra la subpartida 3401.11.00.00: - - De tocador (incluso los medicinales)

 

CONCLUSIONES

Los jabones orgánicos son aquellos que están fabricados con productos y estratos 100% naturales, los beneficios que este jabón ofrece a la piel da un valor agregado. Ha sido clasificadas en la subpartida arancelaria 3401.11.00.00 la misma que tiene un FODINFA de 0,5%, IVA del 12%, y ADVALOREN del 20%. Prohibida importación a la República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte). Resolución 2397(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.

RECOMENDACIONES

Para realizar una clasificación arancelaria de manera correcta es fundamental tener una adecuada descripción de la mercancía y recolectar de manera precisa información del Arancel de Importaciones junto con sus respectivas Notas Explicativas.

 

FUENTES

SENAE. (2022). Adm. de nomenclatura y características de mercancías. Aduana.gob.ec. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Estrategia aduanera. (2019, November 4). Reglas generales para la interpretación de la nomenclatura del sistema armonizado - Estrategia Aduanera. Estrategia Aduanera. https://www.estrategiaaduanera.mx/reglas-generales-para-la-interpretacion-de-la-nomenclatura-del-sistema-armonizado/

 

Autor: Xiomara Gómez

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