CLASIFICACIÓN ARANCELARIA- HOJAS DE NÍQUEL SIN ALEAR

Descripción del Producto

Las hojas de níquel sin alear, también conocidas como láminas de níquel puro, son láminas metálicas compuestas únicamente de níquel, sin la adición de otros elementos de aleación. Estas láminas se obtienen mediante procesos de laminación y conformado que transforman el níquel en una fina lámina de espesor uniforme.

El níquel sin aleaciones presenta características destacadas, como una excelente resistencia a la corrosión y una alta conductividad eléctrica y térmica. Además, es un metal maleable y dúctil, lo que facilita su conformado en láminas delgadas sin perder sus propiedades esenciales.

Usos y función

Se utilizan en diversas aplicaciones industriales y tecnológicas. Por ejemplo, en la industria química, se emplean en la fabricación de equipos de procesamiento de productos químicos que requieren resistencia a la corrosión. También se utilizan en la industria electrónica, particularmente en la producción de baterías recargables y en la fabricación de componentes para dispositivos electrónicos.

Además, las hojas de níquel sin alear son utilizadas en la producción de joyería y en aplicaciones decorativas debido a su brillo y apariencia atractiva. Asimismo, se emplean en la fabricación de utensilios de cocina, como recipientes y bandejas, debido a su resistencia a la corrosión y su capacidad de contacto seguro con alimentos.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

La clasificación arancelaria de las mercaderías se rige por los principios contenidos en las Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado. Para poder saber cuales son las reglas para aplicar hay que saber cuál es la composición de la mercancía a clasificar y además de ello conocer el arancel del ecuador y analizar si la mercancía a clasificar puede estar contenida en uno o varios capítulos.

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

 A fin de determinar la partida arancelaria, se considera la aplicación de la Regla

 

General Interpretativa 1 , ya que el artículo tiene un valor indicativo ya que suclasificación esta determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección

  • Se considerará la partida 75.06 , Chapas, hojas y tiras, de níquel

Una vez determinada la partida se considerará la siguiente regla para determinar la subpartida arancelaria a 10 dígitos

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida.

De esta forma, la subpartida que se toma en consideración es:

  • 7506.10.00.00  -  De niquel sin alear



NOTAS DE SUBPARTIDA 

  1. En este capitulo se entiende 
  1. Niquel sin alear

el metal con un contenido total de níquel y de cobalto superior o igual al 99 % en peso, siempre que:

  1.  el contenido de cobalto sea inferior o igual al 1,5 % en peso, y
  2. el contenido de cualquier otro elemento sea inferior o igual a los límites que figuran en el cuadro siguiente:12126840079?profile=RESIZE_584x

NOTAS EXPLICATIVAS:

Esta partida comprende las chapas, tiras y hojas, de níquel definidas en la Nota 1 d) de este Capítulo, así como las hojas delgadas de níquel. Estos productos son análogos a los artículos de cobre descritos en las Notas Explicativas de las partidas 74.09 y 74.10. 

Las chapas y hojas de níquel se utilizan para el chapado (por soldadura y laminación) del hierro o del acero, así como para la construcción de aparatos destinados en especial a la industria química. Se excluyen de esta partida los enrejados de una sola pieza, ejecutados con una chapa o tira hendida y desplegada (partida 75.08).

 

N.E. Pág. 839 -Tomo II, Sexta Enmienda del Sistema Armonizado



CLASIFICACION ARANCELARIA

  • SECCIÓN: XVI: Metales comunes y manufacturas de estos metales 
  • CAPÍTULO 75: Níquel  y sus manufacturas 
  • PARTIDA 76.15: Chapas, hojas y tiras, de níquel.
  • SUBPARTIDA: 7506.10.00.00  -  De niquel sin alear

 

TRIBUTOS ADUANEROS

AD VALOREM

0%

IVA

12%

FONDINFA

0.5%

NOTA: Su forma de aplicación es a base imponible.



RESTRICCIONES Y PROHIBICIONES (MEDIDAS PARA-ARANCELARIAS)

  • RESTRICCIONES: No aplica
  • PROHIBICIÓN: República Popular Democrática de Corea del Norte.

CONCLUSIÓN

En virtud del análisis y la composición hojas de níquel sin alear , se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que se clasifica en la subpartida 7506.10.00.00, cuenta con un arancel ad valorem del 0 %, y esta información es de gran importancia para el importador ya que puede analizar la cantidad que vaya importar, aquí también se incluyen los impuestos como es el IVA y al FODINFA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y para su correcta clasificación se empleó las notas explicativas de sección y de capítulo.

RECOMENDACIONES

Es importante revisar y verificar la información del producto, para que se realice un proceso adecuado clasificación arancelaria del producto puesto que con una buena clasificación se evite posibles multas y la agilización de los procesos aduaneros. También es necesario consultar en el arancel del ecuador, para poder consultar con rapidez y facilidad los tributos fijos a pagar correspondientes a cada producto con su subpartida, así como también sus restricciones y prohibiciones, siempre tomando en cuenta la vigencia de las resoluciones.

REFERENCIAS

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Arancel del Ecuador, Pag. 270-271. (Ecuador, 2017)

SENAE browser. Adm. De nomenclatura y características de mercancías. Fecha de recuperación: 13-11-2022: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

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