Clasificación arancelaria - Fieltro

Fieltro
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  1. Descripción de la mercancía

Fieltro grueso de tamaño grande, 17,7 in x 36 in, de lana no tejida, fácil de presionar.

El fieltro es un textil no tejido, en forma de lámina, cuya característica principal es que para fabricarlo no se teje, es decir, que no surge del cruce entre trama y urdimbre, como ocurre con las telas. A menudo, presenta un revestimiento que le proporciona ciertas propiedades como impermeabilidad y resistencia al desgarro, entre otros. También puede teñirse mediante colorantes.

El fieltro se obtiene comúnmente a partir de fibras de lana, pelo de animales o incluso a partir de mezclas de estas fibras o pelos con otras fibras naturales (por ejemplo, fibras vegetales o crin) o con fibras sintéticas o artificiales.

Según las características, el fieltro se utiliza en sombrerería, para prendas de vestir, fabricación de calzado o de suelas de calzado, artículos de tapicería, artículos técnicos, objetos de fantasía, macillos de pianos, como materia aislante del sonido o del calor, etc.

  1. Reglas de clasificación

Regla 1: Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes.

Regla 2b: La Regla 2 b) afecta a las materias mezcladas o asociadas con otras materias y a las manufacturas constituidas por dos o más materias. Las partidas a las que se refiere son las que mencionan una materia determinada, por ejemplo, la partida 05.07, marfil, y las que se refieren a manufacturas de una materia determinada. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

Regla 3b: Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartida de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartida y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartida del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

  1. Notas de capítulo

Nota 3, página 201: Las partidas 56.02 y 56.03 comprenden respectivamente el fieltro y la tela sin tejer, impregnados, recubiertos, revestidos o estratificados con plástico o caucho, cualquiera que sea la naturaleza de estas materias (compacta o celular).

  1. Notas explicativas

La nota de la partida 56.02 explica que: El fieltro se obtiene superponiendo varias capas de velos de fibras textiles procedentes habitualmente de las cardas o formados por soplado o aspiración, mojando después en caliente (generalmente con vapor de agua o agua jabonosa caliente) las capas superpuestas, a la vez que se someten a presiones enérgicas por frotación o batido. Las fibras textiles se entrelazan de esta manera y el fieltro obtenido se presenta en placas de espesor uniforme, mucho más compacto y difícil de disgregar que la guata (…)  El fieltro se obtiene comúnmente a partir de fibras de lana, pelo de animales o incluso a partir de mezclas de estas fibras o pelos con otras fibras naturales (por ejemplo, fibras vegetales o crin) o con fibras sintéticas o artificiales.

  1. Sección

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar con el título de la sección que el hilo de coser se clasificará en la Sección XI: Materiales textiles y sus manufacturas.

  1. Capítulo

De acuerdo a la primera regla de clasificación, podemos determinar que el hilo de coser se clasificará en el capítulo 56: Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería

Es importante reconocer el carácter esencial del producto, ya que aunque el fieltro sea hecho de lana, no es importante para considerar el capítulo o partida de clasificación, solo se lo considera como el material del cual está hecho, siendo lo primordial el fieltro en sí (regla 2b y 3b).

  1. Partida

Debido a la primera regla de clasificación arancelaria y a la nota de capítulo número 3, el fieltro grueso de tamaño grande, 17,7 in x 36 in, de lana no tejida, se clasificará en la partida 56.02: Fieltro, incluso impregnado, recubierto, revestido o estratificado.

  1. Subpartida

Haciendo uso de la regla 6 se determina que el fieltro grueso de tamaño grande, 17,7 in x 36 in, de lana no tejida, se clasificará en la subpartida 5602.21.00.00 – – De lana o pelo fino.

  1. Información arancelaria

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Nota. Elaboración propia, información del ECUAPASS

Información para – arancelaria

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Nota. Elaboración propia, información del ECUAPASS

  1. Conclusiones

Fieltro grueso de tamaño grande, 17,7 in x 36 in, de lana no tejida, fácil de presionar, se clasificará en la subpartida 5602.21.00.00 – – De lana o pelo fino, de la partida 56.02: Fieltro, incluso impregnado, recubierto, revestido o estratificado. Además, como tributos al comercio exterior, en caso de una importación, deberá pagar un 15% de arancel advalorem, 0,5% de FODINFA y el 12% del IVA.

  1. Recomendaciones

Lo más importante que se debe saber para poder clasificar de manera correcta un fieltra es conocer el material del que está hecho y saber si es un fieltro punzonado u obtenido mediante costura por cadeneta. El significado de estas técnicas se puede consultar en las notas explicativas de la partida 56.02.

  1. Referencias

Producción. (2017). Nomenclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador. Recuperado de: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Versión única en español de las notas explicativas del sistema armonizado (VUENESA). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

ECUAPASS

AUTOR: Pamela Monserrat Lasso Velásquez

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