CLASIFICACIÓN ARANCELARIA - ETIQUETAS DE PAPEL IMPRESAS

12158987281?profile=RESIZE_400xDescripción del producto

Las empresas que se dedican a la producción requieren utilizar etiquetas para la identificación de sus productos; las etiquetas no solo son un componente de los productos, sino que es un sello de identidad de la marca para que los clientes puedan identificarlos, además que brindan información fundamental sobre el producto.

Los materiales que utilizan las etiquetas pueden ser de papel, metalizadas y de aluminio o de materiales sintéticos. En el caso del papel existe una amplia gama de papeles que pueden ser utilizados, por lo general se usan en grandes gramajes para garantizar su resistencia. Los más comunes son el papel mate, el couché, el térmico mate o con brillo en una o dos caras y el estucado, aunque este material no es recomendable en caso de los productos que están expuestos a altos niveles de humedad o serán expuestos a la intemperie, puesto que el papel se degrada rápidamente en ciertas condiciones, aunque puede ser cubierto con una capa sintética de polímero para aumentas su durabilidad.

Reglas de clasificación

La clasificación arancelaría del producto antes mencionado se lo determina en base a las siguientes Reglas Interpretativas:

  • Regla de Interpretación Arancelaria 1: los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, conforme lo determinado en la Regla 2.
  • Regla de Interpretación Arancelaria 6: la clasificación de mercancía en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Posición arancelaria

12158987862?profile=RESIZE_400xNotas de capítulo

  1. En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m2.
  2. Este Capítulo no comprende:
  • los artículos del Capítulo 30;
  • las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;
  • los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33);
  • el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida 34.05);
  • el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04;
  • el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22);
  • el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de este último sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39);
  • los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo: artículos de viaje);
  • los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería);
  • los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI);
  • los artículos de los Capítulos 64 ó 65;
  • los abrasivos aplicados sobre papel o cartón (partida 68.05) y la mica aplicada sobre papel o cartón (partida 68.14);
  • por el contrario, el papel o cartón revestidos de polvo de mica se clasifican en este Capítulo;
  • las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente Secciones XIV o XV);
  • los artículos de la partida 92.09;
  • los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos);
  • los artículos del Capítulo 96 (por ejemplo: botones, compresas y tampones higiénicos, pañales para bebés).
  • El papel, cartón, guata de celulosa y las manufacturas de estas materias, con impresiones o ilustraciones que no sean accesorias en relación con su utilización principal se clasifican en el Capítulo 49, excepto los artículos de las partidas 48.14 y 48.21.

Notas explicativas

Esta partida engloba todas las variedades de etiquetas de papel o cartón destinadas a fijarlas a un objeto para indicar la naturaleza, la identidad, el poseedor, el destino, el precio, etc., tanto las concebidas para pegarse (etiquetas engomadas o autoadhesivas) como las que se fijan por otros medios, por ejemplo, por medio de cordones.

Las etiquetas pueden llevar indicaciones impresas o ilustraciones, cualquiera que sea su importancia, estar engomadas, tener ataduras, ganchos u otros dispositivos de fijación o bien estar reforzadas con metal u otras materias. Pueden estar perforadas y presentarse en hojas o reunidas en cuadernos. Están excluidas las pegatinas impresas, destinadas a utilizarse con fines publicitarios o de simple decoración, por ejemplo, las “pegatinas humorísticas” y las “pegatinas para ventanas” (partida 49.11).

Se excluyen de esta partida las etiquetas que consistan en una lámina bastante fuerte de metal común revestida en una o las dos caras con una hoja delgada de papel, impreso o sin imprimir (partidas 73.26, 76.16, 79.07, etc., u 83.10, según los casos).

Nota Explicativa de Subpartida

Subpartida 4821.10: esta subpartida comprende todas las etiquetas impresas, cualquiera que sea la significación o la importancia de la impresión. Así, las etiquetas impresas con líneas o que presenten sólo una orla, o ilustradas simplemente con pequeños motivos u otros símbolos, se consideran “impresas” en el sentido de esta subpartida.

Información arancelaria12158987890?profile=RESIZE_400x

Información pararancelaria

La subpartida 4821.10.00.00no tiene restricciones; y sus prohibiciones son solo para la República de Corea.

Conclusión

Según lo analizado anteriormente, se concluye que las etiquetas sirven para poder identificar un producto, en los cuales se detalla el material con el que se compone el producto, los precios, etc.

Recomendación

Es necesario tener en cuenta las notas explicativas de la partida  y subpartida para conocer claramente la clasificación de las etiquetas según su material y para que productos se los utiliza.

Fuentes

Equipo de Marketing. (23 de abril del 2018). Tipos de materiales para etiquetas. https://tec-mex.com.mx/tipos-de-materiales-para-etiquetas/#:~:text=Los%20materiales%20que%20utilizan%20las,gramajes%20para%20garantizar%20su%20resistencia.

Reglas de Interpretación Arancelaria NANDINA. 6 de Enero de 2023. Importaciones Ecuador. https://www.importacionesecuador.com.ec/merceologia/reglas-deinterpretacion-arancelaria-nandina/

Resolución – Comex – 020 – 2017 Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado. CAN. http://intranet.comunidadandina.org/documentos/dinformativos/sgdi860_2.pdf

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