CLASIFICACIÓN ARANCELARIA – ESTROPAJO DE ALUMINIO

El estropajo de aluminio surgió a parir de la necesidad de las amas de casa al ser las encargadas de la limpieza d los utensilios de la concina y la limpieza de la vajilla y para brindarles mayores facilidades se ideó una especie de trapo con virutas de acero. Su uso es adecuado para la limpieza y pulido de varios materiales como madera, por eso es muy apreciada por carpinteros y artesanos en su ámbito laboral, para un mejor resultado final de sus trabajos logrando con ellas un resultado más pulido y natural sin dañar la materia prima, la madera. Por otra parte, es un material muy habitual en el entorno de la fontanería y es aprovechada y usada por estos profesionales para limpiar y alisar las tuberías antes de poder soldarlas y colocarlas.

10652520292?profile=originalREGLA GENERAL INTERPRETATIVA

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NOTAS DE SECCIÓN

En la Sección XV, la cual comprende a: “Metales comunes y manufacturas de estos metales”, el Capítulo 76 incluye al “Aluminio y sus manufacturas”

NOTAS DE CAPÍTULO

Este Capítulo trata del aluminio y sus aleaciones. El aluminio se obtiene principalmente a partir de la bauxita, alúmina hidratada impura (véase la Nota Explicativa de la partida 26.06). La bauxita se transforma primero en alúmina pura (óxido de aluminio, generalmente por los tratamientos siguientes: molido y calcinación del mineral; acción de la sosa cáustica en autoclave; filtrado del líquido obtenido (disolución de aluminato de sodio), para eliminar las impurezas no disueltas (por ejemplo, óxido de hierro o sílice); disociación del aluminato de sodio para que se deposite la alúmina hidratada; filtrado y después calcinación del hidrato de alúmina para obtener alúmina pura en forma de polvo blanco. Sin embargo, el óxido y el hidróxido de aluminio se clasifican en el Capítulo 28.

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota explicativa de la partida 76.15

Esta partida se refiere a los mismos artículos que los de metales férreos de las partidas 73.23 y 73.24 (véanse las Notas Explicativas correspondientes) y en particular a los utensilios de cocina y a los artículos de higiene o de tocador. Además, se clasifican aquí los hornillos y demás aparatos de cocción o calentamiento de los tipos descritos en la Nota Explicativa de la partida 74.18.

Se excluyen de esta partida:

a) Los bidones, cajas y recipientes similares de la partida 76.12.

b) Los artículos de economía doméstica que tengan el carácter de herramientas (Capítulo 82) (véase la Nota Explicativa de la partida 73.23).

c) Las cucharas, cucharones, tenedores y demás artículos de las partidas 82.11 a 82.15, inclusive.

d) Los artículos que tengan el carácter de objetos de adorno (partida 83.06).

e) Los calienta baños, calentadores de agua y demás aparatos de la partida 84.19

POSICIÓN ARANCELARIA

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 INFORMACIÓN ARANCELARIAS

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 FUENTE: SENAE (2017)

INFORMACIÓN PARARANCELARIAS

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 FUENTE: SENAE (2018)

CONCLUSIÓN

Finalmente, después de realizar el informe de clasificación arancelaria se concluye que el estropajo de aluminio se clasifica en la subpartida 7615.10.90.00, así también podemos observar que este producto paga un 30% por el arancel Ad- Valorem y tiene una medida pararancelaria de prohibición y con código de requisito de DCP para REPUBLICA DE COREA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, y para la correcta clasificación del producto se empleó las notas explicativas de la VUENESA de la partida 76.15.

RECOMENDACIÓN

Se recomienda considerar la una base legal para la adecuada clasificación arancelaria de cualquier producto, de esa manera podremos sacar mayor ventaja de los productos que nos interese importar y que nos podemos acoger a las preferencias arancelarias para una reducción de valores de tributos a pagar, en el caso de los envases de plomo tenemos un porcentaje de arancel Ad Valorem del 30%.

 

FUENTES

Autor/a: Verónica Fernanda Rosero

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