DESCRIPCIÓN
La deforestación o desforestación es un proceso provocado por la acción de los humanos, en el que se destruye o agota la superficie forestal, generalmente con el objetivo de destinar el suelo a otra actividad. Al referirnos a la escoria de la deforestación, hacemos referencia a todo deshecho producido por la misma actividad, que pueden ser restos de árboles o tierra.
REGLAS DE CLASIFICACIÓN
REGLAS INTERPRETATIVAS DE CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS
Para poder realizar una correcta clasificación arancelaria, y que de esta manera el producto pueda ser sujeto a su correspondiente aplicación de aranceles e impuestos, el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías establece algunas reglas generales para poder llevar a cabo tales efectos. En este caso, para la clasificación de la cinta de raso, se hace uso de las siguientes reglas interpretativas:
Regla 1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
Regla 6
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
NOTAS EXPLICATIVAS
Se sustenta en las Notas Explicativas del Capítulo 31:
Este Capítulo no comprende:
a) la sangre animal de la partida 05.11;
b) los productos de constitución química definida presentados aisladamente, excepto los descritos en las Notas 2 a), 3 a), 4 a) ó 5
siguientes;
c) los cristales cultivados de cloruro de potasio (excepto los elementos de óptica), de peso unitario superior o igual a 2,5 g, de la partida
38.24; los elementos de óptica de cloruro de potasio (partida 90.01)
Las notas explicativas de la partida 31.03 comprende únicamente:
a) los productos siguientes:
1) las escorias de desfosforación;
2) los fosfatos naturales de la partida 25.10, tostados, calcinados o tratados térmicamente más de lo necesario para eliminar las
impurezas;
3) los superfosfatos (simples, dobles o triples);
4) el hidrogenoortofosfato de calcio con un contenido de flúor, calculado sobre producto anhidro seco, superior o igual al 0,2 %;
b) los abonos que consistan en mezclas entre sí de los productos del apartado a) precedente, pero haciendo abstracción del contenido límite
de flúor;
c) los abonos que consistan en mezclas de productos de los apartados a) y b) precedentes, con creta, yeso natural u otras materias inorgánicas
sin poder fertilizante, pero haciendo abstracción del contenido límite de flúor.
Sección | VI | Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas |
Capítulo | 31 | Abonos |
Partida | 31.03 | Abonos minerales o químicos fosfatados. |
Subpartida Nacional | 3103.90.00.10 | Escorias de deforestación |
Subpartida | 3103.90.00.10 | Escorias de deforestación |
Arancel Advalorem | Base Imponible | 0 |
FODINFA | Base Imponible | 0,5 |
IVA | Base Imponible | 12 |
CONCLUSIÓN
A las Escorias de deforestación se le ha clasificado con la supartida 3103.90.00.10, la misma que tienen un Advalorem del 0%, Fodinfa e IVA.
Además tiene una medida de restricción y prohibición con requisito de DCP para Corea del Norte. Se utilizaron las Reglas generales interpretativas 1 y 6.
FUENTES
- (2022). ECUAPASS. ECUAPASS. Recuperado 29 de mayo de 2022, de https://ecuapass.aduana.gob.ec/ç
- Ministerio de Comercio Exterior. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.
Recuperado 29 de mayo de 2022, de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
Autor: Christopher Cueva
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