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DESCRIPCIÓN

Es también conocido como white spirit, también denominado gasolina blanca, aguarrás mineral, mineral spirits, esencias minerales, trementina mineral o solvente Stoddard, es un disolvente extraído del petróleo, con olor a queroseno, muy poco soluble en agua. Sus valores típicos van entre 80%-85% de una mezcla de hidrocarburos alifáticos e hidrocarburos alicíclicos C7-C12 y 15%-20% de una mezcla de hidrocarburos aromáticos C7-C12.Es de composición líquida y su presentación incoloro o muy levemente amarillento, olor a gasolina. Se usa como diluyente en la pintura artística y en procesos textiles ya que es menos inflamable y menos tóxico. El white spirit se puede emplear también junto con aceite de corte como lubricante para herramientas de rosca de tornillo y escariado. En serigrafía, se usa a menudo para limpiar y quitar obstrucciones tras imprimir en textiles grasos con plastisol.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para empezar a realizar la correcta clasificación arancelaria del espíritu de petróleo se regirá y definirá a las siguientes Reglas Generales del Interpretativas del Sistema Armonizado:

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NOTAS EXPLICATIVAS

Partida 27.10

I.– PRODUCTOS PRIMARIOS La primera parte de esta partida comprende aquellos productos que han sufrido un tratamiento distinto de los mencionados en la Nota Explicativa de la partida 27.09. Esta partida comprende:

  1. A) El aceite de petróleo o de mineral bituminoso del que se han eliminado algunas fracciones ligeras por una primera destilación más o menos avanzada (topping), así como los aceites ligeros, medios o pesados, que procedan de la destilación de fracciones más o menos amplias o del refinado de aceites brutos de petróleo o de mineral bituminoso. Estos aceites, más o menos líquidos o semisólidos, según los casos, están constituidos principalmente por hidrocarburos no aromáticos, tales como los parafínicos o ciclánicos (nafténicos). Entre los que proceden de la destilación fraccionada, se pueden citar:

1) Los eteres de petróleo y la gasolina.

2) El white spirit.

3) El petróleo lampante (queroseno).

4) Los gasóleos.

5) El fuel.

6) El aceite para husillos (sprindle oil) y los aceites de engrase.

7) Los aceites blancos llamados de vaselina o de parafina.

Los aceites considerados anteriormente siguen comprendidos aquí, aunque se hayan purificado por cualquier procedimiento (por la acción de disoluciones básicas o ácidas, por la acción de disolventes selectivos, por el procedimiento del cloruro de zinc o los procedimientos con tierras absorbentes, por redestilación, etc.), siempre que no se transformen en productos de constitución química definida, aislados, puros o comercialmente puros, del Capítulo 29.

  1. B) Los aceites análogos a los precedentes en los que los constituyentes no aromáticos predominen en peso sobre los aromáticos y que se obtengan por destilación de hulla a baja temperatura, por hidrogenación o por cualquier otro procedimiento (craqueo, reformado, etc.).

 Están comprendidos aquí principalmente las mezclas de alquilenos, denominados tripropileno, tetrapropileno, diisobutileno y triisobutileno, etc. Consisten en mezclas de hidrocarburos acíclicos no saturados (principalmente, octilenos, nonilenos, sus homólogos y sus isómeros) e hidrocarburos acíclicos saturados.

 Se obtienen, bien por polimerización (en muy bajo grado) de propileno, isobutileno u otros hidrocarburos etilénicos, bien por separación (principalmente, por destilación fraccionada) a partir de ciertos productos del craqueo de aceites minerales. Las mezclas de alquilenos se utilizan frecuentemente para ciertas síntesis químicas, como disolventes o como diluyentes. Por su índice de octano elevado, pueden también mezclarse con gasolina, previa incorporación de aditivos apropiados. Sin embargo, la partida no comprende las poliolefinas líquidas que destilen menos del 60% en volumen a 300 °C,

referidos a 1,013 milibares (101.3 kPa) de mercurio, por aplicación de un método de destilación a baja presión (Capitulo 39).

Además, no están comprendidos en esta partida los aceites en los que los constituyentes aromáticos predominen en peso sobre los no aromáticos, se obtengan por ciclación del petróleo o de otro modo (partida 27.07).

  1. C) Los aceites contemplados en los apartados A) y B) anteriores, mejorados por adición de muy pequeñas cantidades de diversas sustancias, así como las preparaciones que consistan en mezclas más elaboradas que contengan aceites de los apartados A) y B) en proporción superior o igual al 70% en peso y en las que estos aceites constituyan el elementos básico; sin embargo, tales preparaciones sólo están clasificadas aquí cuando no estén expresadas ni comprendidas en otras partidas más específicas de la Nomenclatura.

A esta categoría de productos pertenecen:

1) La gasolina con adición de pequeñas cantidades de antidetonantes (en especial, tetraetilo de plomo y dibromoetano) y antioxidantes (por ejemplo, butilparaaminofenol).

2) Los lubricantes formados por mezclas de aceites de engrase con cantidades muy variables de otros productos (productos mejoradores de la untuosidad, tales como aceites o grasas vegetales, antioxidantes, antiherrumbre, antiespuma, tales como las siliconas). Estos lubricantes comprenden los aceites compuestos, los aceites para condiciones duras, los aceites grafitados (grafito en suspensión en aceites de petróleo o de mineral bituminoso), los lubricantes para cabezas de cilindros, los aceites de ensimado, así como los lubricantes compuestos por aceites de engrase (por ejemplo, este último en una proporción del orden del 10% al 15%) y de jabón de calcio, de aluminio, de litio, etc.

3) Los aceites para transformadores o disyuntores, en los que las propiedades lubricantes no intervienen y que son aceites estables especialmente refinados, a los que se han añadido inhibidores de oxidación, tales como el p–cresol dibutil terciario.

4) Los aceites de corte o taladrinas (cuya función principal es enfriar durante el trabajo el útil y la pieza que se mecaniza) que son aceites pesados a los que se ha añadido, por ejemplo, de un 10% a un 15% de emulsionante (sulforricinato alcalino, etc.) y que se emplean emulsionados con agua.

5) Los aceites de limpieza (utilizados, en particular, para la limpieza de motores u otros aparatos). Son aceites pesados con pequeñas cantidades de productos peptizantes añadidos que permiten eliminar lodo, gomas, depósitos carbonosos, etc., formados durante el funcionamiento.

6) Los aceites de desmoldeo (usados para desmoldear artículos de cerámica, pilares y vígas de hormigón, etc.). Se pueden citar entre ellos, los aceites pesados con grasas vegetales en una proporción del 10%, por ejemplo.

7) Los líquidos para transmisiones hidráulicas (para frenos hidráulicos, etc.), que se obtienen añadiendo a los aceites pesados mejoradores de las propiedades lubricantes, antioxidantes, antiherrumbre y antiespumas, etc.

POSICIÓN ARANCELARIA

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TRIBUTOS

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RESTRICCIONES

Esta mercancía no posee ningún tipo de restricción para el régimen 10 Importación al consumo.

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CONCLUSIONES

  • Se trata de un derivado del petróleo cuyo olor y poder de disolución dependen directamente del número de hidrocarburos aromáticos que contenga este líquido como son por ejemplo el tolueno y el xileno entre otros. El White Spirit es un disolvente que se suele usar como sustituto del aguarrás. Es muy poco soluble en agua y posee un gran poder desengrasante. Entre sus usos también destacan como diluyente de pinturas sintéticas, barnices o pinturas al óleo, fluidificante para ajuste de viscosidad, limpieza de utensilios y herramientas de pinturas.
  • El proceso de clasificación debe seguir las reglas generales interpretativas 1 y 6 con las cuales finalmente se determina que según el Sistema Armonizado la clasificación está en la Sección V de Productos Minerales, capítulo 27, partida 27.10 Aceites de petróleo o de mineral bituminoso, excepto los aceites crudos; preparaciones no expresadas ni comprendidas en otra parte, con un contenido de aceites de petróleo o de mineral bituminoso superior o igual al 70% en peso, en las que estos aceites constituyan el elemento base; desechos de aceites. Esta clasificación arancelaria grava FODINFA 0,5% e IVA de 12% y requiere no requiere ningún DCP.

RECOMENDACIONES

  • La exposición repetida puede provocar sequedad o formación de grietas en la piel. La inhalación de vapores puede provocar somnolencia y vértigo, irritaciones, dolores de cabeza, mareos, narcosis, afecciones sobre el sistema nervioso central.

 

FUENTES

Comunidad Andina de Naciones. (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta.

Kawazoe, T. (2019, 3 septiembre). What is “General Rules of Interpretation (GRIs)”. Image Search for HS Classification by Taichi Kawazoe. https://www.customslegaloffice.com/global/what-is-general-rules-of-interpretation-gris/#Rule_3_2_or_more_headings

Resolución No. 020-2017. (2017). Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

WHITE SPIRIT – Grupo Español IIC. (s. f.). Grupo Español de Conservación. https://www.ge-iic.com/fichas-tecnicas/disolventes/white-spirit/

White Spirit. (s. f.). Quimica.es. https://www.quimica.es/enciclopedia/White_spirit.html

 

AUTOR:

MILENA COJITAMBO
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