Descripción
es un pequeño vehículo originalmente diseñado para llevar a dos golfistas y sus palos de golf a través de un campo de golf o en los senderos del desierto con menos esfuerzo que caminar.
Los carros de golf vienen en una amplia gama de formatos y suelen utilizarse para transportar pequeñas cantidades de pasajeros cortas distancias a velocidades de menos de 24 km/h. En un principio los carritos de golf eran accionados eléctricamente, pero con el tiempo comenzaron a fabricarse variantes con motor de gasolina.
Reglas de clasificación
Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efecto de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Notas de capitulo
- Este Capítulo no comprende los vehículos concebidos para circular solamente sobre carriles (rieles).
- En este Capítulo, se entiende por tractores los vehículos con motor esencialmente concebidos para tirar o empujar otros aparatos, vehículos o cargas, incluso si tienen ciertos acondicionamientos accesorios en relación con su utilización principal, que permitan el transporte de herramientas, semillas, abonos, etc.
Las máquinas e instrumentos de trabajo concebidos para equipar los tractores de la partida 87.01 como material intercambiable siguen su propio régimen, aunque se presenten con el tractor, incluso si están montados sobre éste.
- Los chasis con cabina incorporada para vehículos automóviles se clasifican en las partidas 87.02 a 87.04 y no en la partida 87.06.
- La partida 87.12 comprende todas las bicicletas para niños. Los demás velocípedos para niños se clasifican en la partida 95.03.
Notas complementarias
- Los vehículos desarmados en CKD, se clasificarán en el presente Capítulo.
- Se entiende por CKD el conjunto formado por componentes, partes y piezas importados por las industrias ensambladoras de vehículos debidamente autorizadas, que se importen desarmados, de uno o más orígenes, siempre que formen parte del mismo conjunto CKD y estén destinados al ensamblaje de vehículos y siempre que cumplan como mínimo, con el siguiente grado de desensamble: E
- structura de la cabina sin pintura ni acabado, desarmada en los siguientes componentes piso, laterales de cabina y techo cuando lo tenga;
- Chasis desensamblados
- Bastidor desensambado o ensamblado en rieles o travesaños
- Tren motriz desensamblado en los siguientes conjuntos: motor, trasmisión, embrague, frenos, suspensión y ejes delanteros y traseros
Descripción arancelaria
Sección: XVII
MATERIAL DE TRANSPORTE
Capítulo: 87
Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios
Partida: 87.03
Automóviles de turismo y demás vehículos automóviles concebidos principalmente para transporte de personas (excepto los de la partida 87.02), incluidos los del tipo familiar («break» o «station wagon») y los de carreras.
Subpartida: 8703.10.00
- Vehículos especialmente concebidos para desplazarse sobre nieve; vehículos especiales para transporte de personas en campos de golf y vehículos similares:
Gravámenes vigentes
INCREMENTO ICE | 0% |
PORCENTAJE TECHO CONSOLIDADO | 0% |
IVA | 12% |
ICE ADVALOREM | 0% |
AEC | 0% |
SALVAGUARDIA | 0% |
FODINFA | 0.5% |
ANTIDUMPING | 0% |
ARANCEL ADVALOREM | 0% |
Conclusión
Con las reglas generales 1 y 6 se puede clasificar los vehículos para transporte de personas en campos de golf en el capítulo 87 partida 87.03 y subpartida 8703.10.00 del Arancel de Aduanas aprobado por Decreto Supremo, tiene un 12% de Iva y el Fodinfa del 0.5%.
Recomendación
Para clasificar adecuadamente cualquier producto o mercancía, es necesario conocer aspectos como la composición, la naturaleza, uso o función del producto, así también aplicando las notas explicativas, preferencias y reglas de clasificación arancelaria.
Bibliografía
ADUANA . (s.f.). Obtenido de https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
REGLAS PARA LA CLASIFICACIÓN DE MERCANCÍAS. (s.f.). Obtenido de https://www.e-comex.com/reglas-para-clasificacion-mercancias/
RESOLUCIÓN No. 020-2017. (s.f.). Obtenido de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
WIKIPEDIA. (s.f.). Obtenido de https://es.wikipedia.org/wiki/Carro_de_golf
Autor: Vega Aracely
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