Vehículos con autobomba para suministro de cemento

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Descripción del producto

Los vehículos con autobomba para suministro de cemento son equipos especializados utilizados en la industria de la construcción para transportar y suministrar concreto fresco directamente al lugar de trabajo, como en obras de construcción de edificios, carreteras, puentes y otras estructuras. Estos vehículos combinan un camión mezclador de concreto con una bomba de concreto montada en el mismo chasis del camión, lo que permite la distribución eficiente y precisa del concreto en áreas de difícil acceso o en alturas elevadas.

Características de los vehículos con autobomba para suministro de cemento:

  1. Camión mezclador de concreto: El camión está equipado con un tambor giratorio que mezcla los ingredientes del concreto, como cemento, agregados, agua y aditivos, para producir una mezcla homogénea y fresca durante el transporte.
  2. Bomba de concreto: La bomba de concreto montada en el camión utiliza un sistema hidráulico para bombear el concreto desde el tambor del camión hasta el lugar de trabajo a través de mangueras flexibles. Estas bombas pueden ser de diferentes tipos, como bombas de pistón, bombas de émbolo o bombas de rotores.
  3. Alcance y altura de bombeo: algunas unidades pueden alcanzar alturas significativas y pueden ser articuladas para llegar a áreas de difícil acceso.
  4. Control remoto: Muchos vehículos están equipados con sistemas de control remoto que permiten al operador controlar la bomba y la dirección del flujo de concreto de manera precisa desde una distancia segura, lo que mejora la eficiencia y la seguridad en el lugar de trabajo.
  5. Estabilidad: Los vehículos están diseñados con sistemas de estabilización, como patas de apoyo o estabilizadores desplegables, para garantizar la estabilidad durante la operación de bombeo, especialmente en terrenos irregulares o pendientes.

Reglas generales interpretativas, notas explicativas y clasificación arancelaria

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Notas Explicativas

Esta partida comprende un conjunto de vehículos automóviles, especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos que les hacen adecuados para realizar ciertas funciones, distintas del transporte propiamente dicho. Se trata pues de vehículos que no están esencialmente diseñados para el transporte de personas o de mercancías.

Se pueden citar como pertenecientes a esta partida:

1) Los vehículos para reparaciones constituidos por un chasis de camión o de camioneta, incluso con plataforma, equipados con aparatos de elevación, tales como grúas que no sean rotativas, cabrias, polipastos o tornos, diseñados para elevar y remolcar los vehículos averiados.

2) Los coches bomba, en los que la bomba la acciona generalmente el motor del coche, como, por ejemplo, los coches para la lucha contra incendios.

3) Los coches con escalera y los coches con plataforma elevadora para la conservación de las líneas eléctricas, del alumbrado público, etc., así como los vehículos con plataforma y brazos articulados ( travelines ) para tomas cinematográficas o de televisión.

4) Los vehículos utilizados para la limpieza de las calles, plazas públicas, alcantarillas, pistas de aeropuertos, etc., tales como barredoras, regadoras, regadoras barredoras y vehículos para aspirar el fango.

5) Las quitanieves automóviles con equipo inamovibleSe trata de vehículos automóviles exclusivamente diseñados para este uso, equipados generalmente con turbinas, aspas giratorias, etc., accionados por el motor del vehículo, o bien, por un motor distinto.

Los equipos quitanieve amovibles de cualquier tipo se clasifican siempre en la partida 84.30, aunque se presenten montados en un vehículo automóvil.

6) Los coches esparcidores con calentamiento o sin él, de cualquier tipo y para cualquier uso (incluso agrícolas), con dispositivos para esparcir hormigón, grava, etc.

7) Los camiones grúa que no se destinen al transporte de mercancías, constituidos por un chasis de vehículo automóvil con cabina en el que se ha montado permanentemente una grúa rotativa. Sin embargo, se excluyen los vehículos automóviles de la partida 87.04 que se cargan ellos mismos.

8) Los camiones para sondeos y perforaciones, constituidos por un camión en el que hay montada una estructura metálica vertical con un torno y demás mecanismos necesarios para el sondeo o perforación.

9) Los coches con dispositivo elevador, excepto las carretillas elevadoras de manipulación de la partida 84.27, constituidos por una horquilla o una plataforma de carga elevadoras, movidas generalmente por el motor de vehículo, que se deslizan por un soporte vertical. Los vehículos automóviles que se cargan ellos mismos por medio de tornos, dispositivos elevadores, etc., se clasifican por el contrario en la partida 87.04, siempre que estén especialmente diseñados para el transporte de mercancías y no para la manipulación.

10) Los camiones hormigonera constituidos por un chasis de vehículo automóvil con cabina en el que está montada permanentemente una hormigonera, que pueden hacer a la vez la preparación y el transporte del hormigón.

11) Los grupos electrógenos automóviles, constituidos por un vehículo automóvil con cabina en el que está montado un generador eléctrico movido por el motor del vehículo o por un motor distinto.

12) Los camiones radiológicos con una sala para examen, laboratorio de revelado y los aparatos de radiología.

13) Los vehículos clínica, incluidas las odontológicas, con sala de operaciones, equipos de anestesia y demás aparatos quirúrgicos.

14) Los automóviles proyectores que llevan un proyector luminoso montado en un vehículo y cuyo funcionamiento está generalmente garantizado por un generador eléctrico accionado por el motor del coche.

15) Los coches de radiorreportajes.

16) Los vehículos automóviles con equipos telegráficos, radiotelegráficos o radiotelefónicos para la emisión y recepción; los coches radar.

17) Los coches equipados con calculadoras que determinan automáticamente en los hipódromos las relaciones y cotizaciones de las apuestas.

18) Los coches laboratorio, por ejemplo, para el control del trabajo de las máquinas agrícolas.

19) Los camiones equipados con aparatos de registro que permitan determinar la potencia de tracción de los vehículos automóviles que los remolcan.

20) Los camiones panadería con su equipo completo (amasadoras, horno, etc.) y los vehículos cocina.

21) Los camiones taller equipados con máquinas y herramientas diversas, dispositivos de soldadura, etcétera.

22) Los coches banco, los coches biblioteca y los coches preparados para la exposición o la presentación de mercancías.

Se excluyen igualmente de esta partida:

  1. Los rodillos compresores autopropulsados (partida 84.29).
  2. Los rodillos allanadores agrícolas accionados por un motor (partida 84.32).
  3. Los pequeños aparatos móviles con motor auxiliar, conducidos por un peatón, tales como las barredoras para parques, jardines públicos, etc., y los aparatos utilizados para el trazado de las bandas de las carreteras o de las calles (partida 84.79).
  4. Los minibuses de acampada (partida 87.03).

Sección

Sección XVII MATERIAL DE TRANSPORTE

Capítulo 87

Vehículos automóviles, tractores, velocípedos y demás vehículos terrestres, sus partes y accesorios

Partida

87.05: Vehículos automóviles para usos especiales, excepto los concebidos principalmente para transporte de personas o mercancías (por ejemplo: coches para reparaciones [auxilio mecánico], camiones grúa, camiones de bomberos, camiones hormigonera, coches barredera, coches esparcidores, coches taller, coches radiológicos).

Subpartida

8705.90.90.10: Vehículos con autobomba para suministro de cemento

Tributos Aduaneros

Los principales tributos aduaneros que se aplican a la importación de vagones cisterna en Ecuador son:

- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Es el 12%

- Fondo de Desarrollo para la Infancia (FODINFA): Es el 0.5%

-ADVALOREM: 0%

El importador debe considerar estos costos adicionales al valor del producto.

Restricción: Presentación de requisito, Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Documento de Control Previo (Licencia de Importación Previa al Embarque)

Código de régimen: Admisión temporal para reexportación en el mismo estado

Prohibición: Corea del Norte.

Conclusión:

En resumen, los vehículos con autobomba para suministro de cemento son una herramienta esencial en la construcción moderna, que combina la capacidad de mezclar, transportar y bombear concreto de manera eficiente, segura y precisa en el lugar de trabajo. El importador debe asegurarse que cumpla con todas estas prohibiciones y restricciones impuestas por la Aduana del Ecuador antes de proceder con una importación. La correcta clasificación arancelaria en las subpartidas 8705.90.90.10.

Recomendación:

Es esencial contratar una agencia de aduanas o un despachante de confianza para gestionar permisos, licencias, inspecciones y el proceso de nacionalización ante las autoridades competentes.

Referencias

 

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