Clasificación arancelaria de una Pistola con cañón

Clasificación arancelaria de una Pistola con cañón

 

Descripción del producto

Armas de proyectil único: son aquellas que expulsan una sola bala en cada disparo y comúnmente son de ánima rayada. Armas de proyectiles múltiples: son aquellas que expulsan varias balas en un solo disparo y, por lo tanto, no requieren de rayado en su ánima (típicamente son de ánima lisa).

Reglas generales interpretativas y clasificación arancelaria:

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

De acuerdo a esta regla una lanza granada, se clasificaría en:

La Sección XIX: ARMAS, MUNISIONES, Y SUS PARTES Y ACCESORIOS

Capítulo 93: Armas, municiones, y sus partes y accesorios.

Partida 93.02: Revolveres y pistolas, excepto las de las partidas 93.03

En este punto se debe revisar las notas explicativas, con el fin de obtener detalles más pormenorizados que aseguren una clasificación adecuada.

Las notas explicativas dicen lo siguiente:

REVOLVERES Y PISTOLAS, EXCEPTO LOS DE LAS PARTIDAS 93.03 O 93.04. Esta partida comprende los revólveres y pistolas de cualquier calibre susceptibles de propulsar un proyectil (excepto los cohetes de señales) por deflagración de una carga explosiva y diseñados para sostenerlos y dispararlos con la mano. Los revólveres son armas de fuego de cañón único, provistas de un tambor cilíndrico rotativo. Las pistolas tienen uno o más cañones que pueden ser intercambiables. Las pistolas se llaman semiautomáticas cuando llevan un cargador para varios cartuchos y debe accionarse el gatillo en cada disparo. Esta partida comprende también las pistolas y revólveres miniatura que tengan la forma de otros objetos, por ejemplo, lápices, cortaplumas, pitilleras, con la condición de que se trate realmente de armas de fuego. No se consideran pistolas, y se clasifican con las pistolas ametralladoras (metralletas) en la partida 93.01, las armas que, aun utilizando las municiones de ciertas pistolas, aseguran un tiro continuo desde que se acciona el gatillo hasta que se vacía el cargador o se suelta aquél. Estas armas pueden utilizarse sin necesidad de apoyarlas en el hombro, pero poseen generalmente una alargadera que les sirve de culatín. Se excluyen además de esta partida: a) Las pistolas de matarife con clavija, las pistolas lanzacohetes (para señales, etc.), las pistolas y revólveres detonadores (de cañón macizo o taponado, o con tambor de alvéolos cónicos) para carreras, teatro, etc., y las pistolas para pólvora negra de avancarga: no están diseñadas para tirar cartuchos ni son capaces de hacerlo (partida 93.03). b) Las pistolas de muelles, de aire comprimido o de

En la investigación del arma dice claramente las características por lo que la clasificación es:

Subpartida: 93.02.00.21.00

Tributos fijos para la mercancía

INCREMENTO ICE: 30%

FODINFA: 0.5%

IVA: 12%

AD VALOREM: 30%

Restricciones y prohibiciones:

Presentación de licencia de importación al comando conjunto de las Fuerzas Armadas.

Prohibiciones en la república de Corea del Norte.

Conclusiones:

Una vez que realice la respectiva consulta en todos los medios eh llegado a la conclusión que esta mercancía, una pistola se clasifica en el capítulo 93, en la partida 93.02 y por consiguiente su subpartida es 93.02.00.21.00.

Recomendaciones:

Si usted que se encuentra leyendo esta clasificación desea importar este tipo de productos se recomienda que haga el trámite de la obtención de licencias de importación, para que realices de manera más rápida tu importación

Referencias bibliográficas

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Pistola https://armeriadelpozo.cl/producto/beretta-92-fs-calibre-9-mm/

https://fdra.blogspot.com/2014/06/lanzagranadas-milkor-mgl-mk1-40mm.html

RESOLUCIÓN-COMEX-020.2017 (ANEXO1: NOMENCLATURA DE DESIGNACION Y COODIFICACION DE MERCANCIAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (20017) recuperado de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

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