Clasificación arancelaria de un piano de cola

Clasificación arancelaria de un piano de cola

Descripción del producto:

Un piano de cola, que también a veces llamado piano horizontal, es un tipo de piano en el que las cuerdas y la caja de resonancia se encuentran en posición horizontal. Los pianos de cola tienen una tapa superior que se puede abrir, de manera que los sonidos producidos por las cuerdas salen al exterior sin barreras de ningún tipo.

Reglas Generales Interpretativas y Clasificación Arancelaria:

Las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado son principios esenciales que orientan la clasificación de productos en la nomenclatura arancelaria, con el propósito de determinar la categoría arancelaria a nivel de partida.

Regla General Interpretativa 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas.

De acuerdo a esta regla, el Piano de cola se clasificará en:

La Sección XVIII: INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA O FOTOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRÚRGICOS; APARATOS DE RELOJERÍA; INSTRUMENTOS MUSICALES; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS.

Capítulo 92: Instrumentos musicales; sus partes y accesorios.

Partida 92.01: Pianos, incluso automáticos; clavecines y demás instrumentos de cuerda con teclado.

En este punto se debe revisar las notas explicativas, con el fin de obtener detalles más pormenorizados que aseguren una clasificación adecuada.

Las notas explicativas dicen lo siguiente:

1) Los pianos, con teclado y cuerdas golpeadas por macillos, incluso equipados con simples dispositivos eléctricos de toma de sonido y de amplificación, entre los que se distinguen:

  1. a) Los pianos verticales, es decir, los pianos que poseen una caja armónica y cuerdas dispuestas verticalmente o, en el caso de los pianos con cuerdas cruzadas, cuerdas dispuestas más o menos oblicuamente;
  2. b) Los pianos de cola (de gran cola, de pequeña cola, de media cola y de cuarto de cola), en los que las cuerdas están tendidas horizontalmente en toda su longitud en una caja que forma una especie de cola.

Estos pianos comprenden los llamados automáticos (o pianolas), incluso sin teclado, que son instrumentos provistos de tiras perforadas de papel o cartón y se accionan mecánica, neumática o eléctricamente.

En la investigación sobre el producto dice claramente que se trata de un piano con características que contiene la siguiente subpartida

Ahora bien, para establecer la subpartida se hace uso de la regla general interpretativa 6 que establece lo siguiente: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.

Por lo que la clasificación seria:

Subpartida: 9201.20.00.00 Pianos de cola

Tributos fijos para la mercancía:

IVA: 12%

FODINFA: 0,5%

AD VALOREM: 20%

Restricciones y prohibiciones:

No tiene restricciones.

Prohibiciones en la república de Corea del Norte.

Conclusiones:

Según las Reglas generales Interpretativas y las Notas Explicativas, es posible determinar que efectivamente el Piano en cuestión se clasifica en la partida 92.01: Pianos incluso automáticos; clavecines y demás instrumentos de cuerdas con teclado.

Recomendaciones:

Se aconseja realizar una investigación sobre el producto que desean clasificar, además la manera de uso o función para que se pueda realizar bien este proceso.

Para lograr una clasificación adecuada se debe tener presente las Notas explicativas, las notas de capitulo, las notas, las reglas interpretativas.

Referencias bibliográficas:

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Pianos: https://es.yamaha.com/es/products/musical_instruments/pianos/grand_pianos/index.html

RESOLUCIÓN-COMEX-020.2017 (ANEXO1: NOMENCLATURA DE DESIGNACION Y COODIFICACION DE MERCANCIAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (20017) recuperado de https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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