Clasificación arancelaria de tela de pana sintética, tejida

Clasificación arancelaria de tela de pana sintética, tejida

DESCRIPCIÓN DE PRODUCTO

La pana o corderoy, es un tipo de tela gruesa de algodón, de textura similar al terciopelo, que por su cara derecha presenta un dibujo en relieve de cordones dispuestos paralelamente; se utiliza para confeccionar prendas de vestir, especialmente pantalones y chaquetas de invierno.

El artículo consta de una tela de pana cortada tejida unida a una tela de respaldo de tejido liso. El tejido frontal se caracteriza por columnas paralelas de anchura variable que recorren la longitud del tejido, con aproximadamente 5 columnas por centímetro. El contenido de fibra del pelo se describe como 90 % poliéster y 10 % nailon, con una base tejida de 100 % poliéster. El peso indicado es de aproximadamente 325 g/m2. Su correspondencia indica que este producto se importará en anchos de 55 pulgadas (139,7 centímetros) y se utilizará para tapicería.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS DE CLASIFICACIÓN

Para poder realizar una correcta clasificación arancelaria, y que de esta manera el producto pueda ser sujeto a su correspondiente aplicación de aranceles e impuestos, el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías establece algunas reglas generales para poder llevar a cabo tales efectos.  En este caso, para la clasificación de la tela de pana cortada tejida, se hace uso de las siguientes reglas interpretativas:

Regla 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de sección o de capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes (las otras reglas). 

Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

NOTAS EXPLICATIVAS

Nota Explicativa 1 del Sistema Armonizado al capítulo 59:

Salvo disposición en contrario, cuando se utilice en este Capítulo el término tela(s), se refiere a los tejidos de los Capítulos 50 a 55 y de las partidas 58.03 y 58.06, a las trenzas, artículos de pasamanería y artículos ornamentales análogos, en pieza, de la partida 58.08 y a los tejidos de punto de las partidas 60.02 a 60.06.

Para los efectos de este capítulo, la expresión "tejidos textiles" se aplica únicamente a los tejidos de los capítulos 50 a 55 y las partidas 5803 y 5806, las trenzas y los adornos en la pieza de la partida 5808 y los tejidos de punto. o tejidos de ganchillo de las partidas 6002 a 6006.

Dado que el tejido en cuestión, se clasifica como tejido de pelo de la partida 5801, si no está unido, la Nota 1 del Capítulo 59 excluye este tejido de la clasificación en el Capítulo 59. La subpartida aplicable para la tela de pana cortada tejida será 5801.32.0000.

POSICIÓN ARANCELARIA

 

Sección XI MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS

Capítulo 58 Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado;

encajes; tapicería; pasamanería; bordados

Partida 58.01 Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla,

excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

Subpartida 5801.32.00.00 - - Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, «corduroy»)

 

Tabla 1. Clasificación arancelaria de envoltura de red para pacas

Sección

XI

Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo

58

Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado;encajes; tapicería; pasamanería; bordados

Partida

58.01

Terciopelo y felpa, excepto los de punto, y tejidos de chenilla, excepto los productos de las partidas 58.02 ó 58.06.

Subpartida

5801.32.00.00

- - Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, «corduroy»)

INFORMACIÓN ARANCELARIA E IMPUESTOS

AD VALOREM

20%

IVA

12%

FODINFA

0.5%

INFORMACIÓN PARARANCELARIA

Requisitos

VICEMINISTERIO DE PRODUCCION E INDUSTRIAS

(REGISTRO DE IMPORTADOR)

Elaboración Propia – Fuente: SENAE

 

CONCLUSIÓN

La tela de pana sintética, tejida se clasifica en la subpartida 5801.32.00.00 - - Terciopelo y felpa por trama, cortados, rayados (pana rayada, «corduroy») de acuerdo a aplicación de Reglas Generales Interpretativas 1 y 6; Notas explicativas del Sistema Armonizado (Versión Única en español de las notas explicativas del Sistema Armonizado – VUENESA), a la partida 59.01 y 58.01.

RECOMENDACIONES

El uso de la Regla Interpretativa N° 6 permite designar la correspondiente subpartida en orden de acuerdo al texto de las subpartidas, lo cual ayuda a establecer el grado de elaboración del producto. Además, el uso de notas explicativas de sección y de otros capítulos puede ser de gran soporte para el producto que se quiere clasificar.

Bibliografía

SENAE, 2017

Autor: Josué Lucero

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