Introducción
Los rollos fotográficos funcionan cuando son introducidos en las cámaras. Al recibir luz a través del obturador de la máquina, graban las escenas sobre una membrana o tira también llamada negativo por la inversión de su color- que se compone de materiales químicos. Luego son procesados mediante líquidos que terminan por revelar las imágenes capturadas.
Reglas Generales Interpretativas
RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo”.
RGI N°6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”.
Posición arancelaria
Sección: VI PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS
- Capítulo: 37. Productos fotográficos o cinematográficos
- Partida: 37.02
Películas fotográficas en rollos, sensibilizadas, sin impresionar, excepto las de papel, cartón o textiles; películas fotográficas autorrevelables en rollos, sensibilizadas, sin impresionar.
- Subpartida: 3702.31.00.00
Para fotografía en colores (policroma)
Información arancelaria – para arancelaria
- IVA: 12%
- Ad Valorem: 10%
- Fodinfa: 0,5%
- Restriccion: Prohibida importación desde la Republica del Corea del Norte
- Tipo de restricción: Prohibición
- Codigo de restriccion: Documento de Control Previo
Notas Explicativas
CONSIDERACIONES GENERALES
Este Capítulo comprende las placas, películas, filmes, papel, cartulina, cartón y textiles destinados a la reproducción fotográfica o cinematográfica, monocroma o en colores y recubiertos con una o varias capas de una emulsión, sensible a la luz o a otras diversas radiaciones que posean energía suficiente para hacer reaccionar las superficies sensibles a los fotones.
Esta partida comprende:
- Las películas fotográficas en rollos, de cualquier materia, excepto las de papel, cartón o textiles. Estas superficies sensibles se presentan enrolladas (es decir en forma diferente a la plana).
- Estas superficies sensibles pueden estar perforadas o no y protegidas de la luz por una caja o por una hoja de papel enrollado en espiral juntamente con la película o mediante otros embalajes.
Conclusión
El capítulo 37 se podrá clasificar todas las mercancías referente a productos fotográficos o cinematográficos e incluso las placas, películas, filmes, papel, cartulina, cartón y textiles destinados a la reproducción fotográfica o cinematográfica, monocroma o en colores, sin embargo, tiene excepciones ya que este capitulo no comprende los desperdicios ni los materiales de desecho fotográficos o cinematográficos que contengan metal precioso o compuestos de metal y tampoco el papel, cartón y textiles fotográficos (negativos o positivos) cuando están revelados ya que pertenecen al Capítulo 49 o a la Sección XI.
Recomendaciones
Es importante a la hora de clasificar las mercancías aplicar las Reglas Generales Interpretativas para que se tenga un lenguaje común al momento de realizar la clasificación arancelaria y también se debe leer las notas explicativas del arancel para evitar confusiones y acertar con las partidas y subpartidas.
Referencias
RESOLUCIÓN – COMEX – 020 – 2017 VERSIÓN ÚNICA EN ESPAÑOL DE LAS
NOTAS EXPLICATIVAS DEL SISTEMA ARMONIZADO (VUENESA). Recuperado de:
http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf
CONSULTA DE ARANCEL NACIONAL DEL ECUADOR . Recuperado de: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
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