CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE PRODUCTO DENOMINADO BOTAS DE VESTIR

DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO

  • Parte superior: 100% poliuretano
  • Suela: caucho
  • Plantilla: caucho

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Primera Regla General: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

El Producto es una bota de vestir, con suela de caucho y parte superior de poliuretano (100%), por lo que se encuentra en la partida 64.02 en aplicación de la RGI 1.

Sexta Regla General: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

En consideración a la RGI 6, se determina la subpartida que le corresponde a El Producto. La partida 64.02 se desagrega en la subpartida de primer nivel 6402 (90) que comprende a los demás calzados; la misma que se desdobla en las siguientes subpartidas. El Producto es una bota de vestir (cubre el tobillo), le corresponde clasificarse en la subpartida NANDINA 6402.91.00, subpartida nacional 6402.91.00.00 en aplicación de la RGI 1 y 6 de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas

NOTAS DE SUBPARTIDA

Nota 4 Capítulo 64 - Sin perjuicio de lo dispuesto en la Nota 3 de este Capítulo:

a) la materia de la parte superior será la que constituya la superficie mayor de recubrimiento exterior, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como ribetes, protectores de tobillos, adornos, hebillas, orejas, anillos para ojetes o dispositivos análogos;

b) la materia constitutiva de la suela será aquella cuya superficie en contacto con el suelo sea la mayor, despreciando los accesorios o refuerzos, tales como puntas, tiras, clavos, protectores o dispositivos análogos.

NOTAS EXPLICATIVAS

Salvo lo dispuesto en las Notas 1 a 4 de este Capítulo, esta partida engloba todo el calzado que tenga la suela y la parte superior de una materia o de una combinación de materias no citadas en las partidas precedentes de este Capítulo.

 Entre el calzado clasificado aquí, se puede citar el siguiente:

1) con suela de caucho o de plástico y parte superior de materias distintas del caucho, plástico, cuero natural o materias textiles;

2) con suela de cuero natural, artificial o regenerado y parte superior de materias distintas del cuero natural o materias textiles;

3) con suela de madera, corcho, cordeles o cuerdas, cartón, peletería, tejido, fieltro, telas sin tejer, linóleo, rafia, paja, lufa, etc. La parte superior de este calzado puede ser de cualquier materia.

Se excluyen de esta partida los acoplamientos de partes (por ejemplo, los formados por la parte superior o pala incluso fija a la palmilla) que no constituyen todavía calzados o que no tengan todavía el carácter esencial de calzados descritos en las partidas 64.01 a 64.05 (partida 64.06).

CRITERIO ARANCELARIO

SECCIÓN XII - Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello.

CAPITULO 64 -  Calzados, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos

PARTIDA 64.02 - Paraguas, sombrillas y quitasoles (incluidos los paraguas bastón, los quitasoles toldo y artículos similares).

SUBPARTIDA 6402.91.00.00–  Que cubran el tobillo

INFORMACIÓN ARANCELARIA

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INFORMACIÓN PARA-ARANCELARIA

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CONCLUSIONES

En consecuencia, como El Producto es una bota de vestir (cubre el tobillo), le corresponde clasificarse en la subpartida NANDINA 6402.91.00, subpartida nacional 6402.91.00.00 en aplicación de la RGI 1 y 6 de la Nomenclatura del Arancel de Aduanas.

RECOMENDACIONES

Para una buena clasificación se debe tomar en cuenta el material con el cual es realizado el producto y las notas explicativas en este caso las botas de vestir son de suela de caucho y se encuentra en la partida 64.02 de no ser así se debe revisar bien todas las partes y materiales con las que fue realizado el producto.

Fuente:

DESCRIPCION DE PRODUCTO BOTAS DE VESTIR https://www.deprati.com.ec/bota-flat-con-hebilla-exs/p/433250248702210012

NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR, (2017): http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

ECUAPASS ADUANA DEL ECUADOR http://ecuapass.aduana.gob.ec/ipt_server/ipt_flex/ipt_arancel.jsp

CONSULTA DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

AUTOR/A: YAEL NOGUERA

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