DESCRIPCION DEL PRODUCTO
Las pelucas de cabello natural están confeccionadas con cabello humano el cual es mucho más resistente que la fibra sintética. Al igual que tu propio pelo, podrás aplicarle herramientas de calor como el secador o la plancha sin preocuparte de que la puedas dañar.
REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS
La clasificación arancelaria de las pelucas de cabello natural en el presente informe se fundamenta en las siguientes Reglas Generales para la Interpretación del Sistema Armonizado primera y sexta, tomadas en cuenta por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), Reglas Generales que respectivamente dicen:
RG 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.
RG 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel.
NOTAS EXPLICATIVAS
Esta partida comprende:
- Los postizos de cualquier clase, de cabello, pelo o materias textiles, que constituyan artículos listos para el uso y principalmente las pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones, trenzas, coletas, moños, bigotes, tupés, diademas, patillas y artículos análogos. Todos estos artículos, de elaboración relativamente cuidada, pueden utilizarse tanto en la calle como en el teatro
Se excluyen de aquí:
- a) Las pelucas de cualquier clase para muñecas (partida 95.03).
- b) Los artículos de carnaval hechos, por ejemplo, con hilachas o crin groseramente pegadas en un soporte (partida 95.05).
- Las manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte, especialmente los tejidos ligeros del tipo tul. Se excluyen de aquí:
- a) Los capachos de cabello de la partida 59.11.
- b) Las redecillas y redes para cabello, de cabello (partida 65.05).
- c) Los cedazos de mano, de cabello (partida 96.04).
CLASIFICACION ARANCELARIA
SECCION XII: CALZADO, SOMBREROS Y DEMÁS TOCADOS, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LÁTIGOS, FUSTAS, Y SUS PARTES; PLUMAS PREPARADAS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLO
CAPITULO 67: Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello
PARTIDA6704: Pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte.
SUBPARTIDA 6704.20.00.00: De cabello
INFORMACION ARANCELARIA
ARANCEL ADVALOREM 30%
FODINFA 0.5%
IVA 12%
INFORMACION NO ARANCELARIA
- Importación a consumo
- Reposición de mercancias con franquicia arancelaria
- Exportación temporal para reimportación en el mismo estado
CONCLUSION
En conclusión, podemos decir que la partida de esta mercadería es el 67.04 y su subpartida en el cual va el producto es el 6704.20.00.00 el mismo que paga un IVA del 12%, fodinfa del 0.5%, un advalorem del 30%, Además, se necesita de la presentación de importación a consumo, reposición de mercancias con franquicia arancelaria y la exportación temporal para reimportación en el mismo estado.
RECOMENDACIÓN
Se recomienda ver y analizar cada una de las características del producto para clasificar de una manera correcta con la ayuda de las notas explicativas, reglas interpretativas para que así sea clasificado de una mejor manera con todos los documentos correspondientes.
BIBLIOGRAFIA
RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017.pdf
https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
NOTAS EXPLICATIVAS QUE INCORPORAN LA CUARTA ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO
https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf
SERVICIO DE ADUANA
https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comentarios